Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2010 (31/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 31 de diciembre de 2010

De conformidad con el inciso 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga de la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 049-2009 Prorrogase hasta el 31 de diciembre de 2011, la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 049-2009 que declara de necesidad publica la ejecucion de las obras de irrigacion y la intangibilidad de los terrenos que conforman el Proyecto Especial de Irrigacion e Hidroenergetico Olmos. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia Encargada del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 584593-1

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Aprueban "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2010"
DECRETO SUPREMO Nº 115-2010-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 188º de la Constitucion Politica del Peru establece que la descentralizacion es una politica permanente del Estado de caracter obligatorio, a cuyo efecto el MORDAZA de descentralizacion se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, de acuerdo a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencias de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales e inclusive de los Gobiernos Regionales a los Gobiernos Locales; Que, mediante Ley Nº 27658, se aprobo la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, cuya finalidad fundamental es la de obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 027-2007PCM, establece que una de las Politicas Nacionales en materia de Descentralizacion, de obligatorio cumplimiento, es la de asegurar la pronta y adecuada transferencia de las competencias, funciones y recursos a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, desde los anos 2003 al 2009, en cumplimiento de las Leyes N° 27783, Ley de Bases de Descentralizacion, N° 28273, Ley del Sistema de Acreditacion de los

Gobiernos Regionales y Locales, N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; N° 27972, Ley Organica de Municipalidades y demas normas complementarias y reglamentarias, se han venido elaborando, aprobando y ejecutando los Planes Anuales de Transferencia de Competencias a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM se aprobo el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2009" bajo un MORDAZA enfoque para la continuacion de la descentralizacion administrativa, consistente en el "Desarrollo de la Gestion Descentralizada"; Que, dicho enfoque se ha desarrollado y precisado en la Directiva Nº 007-2009-PCM/SD "Directiva para la Formulacion de los Planes Sectoriales de Transferencia de Mediano Plazo de las Competencias y Funciones Sectoriales, Fondos, Programas, Proyectos, Empresas, Activos y otros instrumentos asociados a los Gobiernos Regionales y Locales, aprobada con la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 105-2009-PCM/SD; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM y en la Directiva Nº 007-2009-PCM/SD, las Comisiones Sectoriales de Transferencia del Gobierno Nacional presentaron a la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros sus respectivos "Planes Anuales Sectoriales de Transferencia para el ano 2010", en cuya virtud, luego de la sistematizacion efectuada por la Secretaria de Descentralizacion a dichos Planes, dicho organo ha elaborado la propuesta de "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2010", el mismo que requiere el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-2010-PCM, se dispuso que los Sectores del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales, involucrados en el MORDAZA de transferencia de competencias, funciones, atribuciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos, comprendidos en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2007, continuen realizando, hasta el 31 de diciembre de 2010, las acciones necesarias para culminar dichas transferencias, a traves de las Comisiones de Cierre y Comisiones Intergubernamentales conformadas segun lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 083-2008-PCM y Nº 047-2009-PCM, de acuerdo a los procedimientos establecidos en las directivas especificas emitidas por la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, de otro lado, luego de haberse efectuado un balance de la etapa de efectivizacion de la transferencia de la funcion n) del articulo 51º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispuesta por el Decreto Supremo Nº 056-2010-PCM, y segun lo informado por el Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, a traves del Oficio Nº 042-2010-COFOPRI/ CIT modificado por el Oficio Nº 576-2010-COFOPRI/DE, si bien se ha cumplido con la transferencia a 12 Gobiernos Regionales, no han sido transferidas las competencias y procedimientos relativos a la formalizacion y titulacion de predios rusticos de tierras eriazas habilitadas al 31 de Diciembre de 2004 y la reversion de predios rusticos adjudicados a titulo oneroso por el Estado ocupados por asentamientos humanos, lo cuales forman tambien parte de la citada funcion n), por lo que debe procederse a suscribir las actas complementarias con los citados Gobiernos Regionales; Que, asimismo, el balance de la etapa de efectivizacion de la transferencia de la funcion n) del articulo 51º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales determina ademas que aun se encuentra pendiente la suscripcion de Actas de Entrega y Recepcion, Actas Sustentatorias e Informes Finales por parte de la mayoria de Gobiernos Regionales; por lo que, resulta necesario dictar medidas a fin de culminar con la mencionada transferencia; Que, teniendo en cuenta lo expuesto, es necesario seguir fortaleciendo el MORDAZA de descentralizacion que el Gobierno Nacional viene ejecutando, lo cual se condice con el interes de los Gobiernos Regionales y Locales por continuar asumiendo el ejercicio de competencias sectoriales bajo el MORDAZA normativo descrito;

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