Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (31/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 232

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 31 de diciembre de 2010 433106 e) Identifi car y priorizar los servicios públicos que permitan desarrollar el Modelo de Gestión Descentralizada en el marco de los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, con la fi nalidad de mejorar la prestación del servicio público. f) A través del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal fomentar el diálogo entre los tres niveles de gobierno respecto a la transferencia de funciones a los gobiernos locales. El desarrollo del modelo de Gestión Descentralizada identifi cará las acciones normativas y regulatorias, a ser implementadas por los Ministerios y Gobiernos Regionales. Las herramientas o espacios que se emplean para el desarrollo de la gestión descentralizada son las siguientes: Comisiones Intergubernamentales, Convenios de Gestión y Convenios de Delegación, desarrollados en el numeral 2.2 del Decreto Supremo N° 047-2009-PCM. Adecuación organizacional Luego de aprobadas las matrices de distribución de competencias y delimitación de funciones, así como la Ley de Organización y Funciones de cada ministerio, se elaborará el Reglamento de Organización y Funciones de cada ministerio. Asimismo, se promoverá que los Gobiernos Regionales y Locales, adecuen sus instrumentos de gestión de acuerdo a la nueva estructura organizacional de cada sector Adecuación de la normatividad sectorial en el marco de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley de Bases de la Descentralización Corresponde a los Ministerios, la revisión, análisis y adecuación del marco normativo sectorial vigente, según las funciones transferidas en el marco del proceso de descentralización. Matriz de gestión descentralizada Una vez aprobada la Matriz de Distribución de Competencias y Delimitación de Funciones, la Ley de Organización y Funciones y el Reglamento de Organización y Funciones de los ministerios, las Comisiones intergubernamentales a través de sus representantes desarrollarán las metodologías que permitan interrelacionar a los tres niveles de gobierno de tal forma que facilite la entrega de servicios públicos efi cientes y efi caces en benefi cio de los usuarios Para ello, en el marco de las funciones de la Comisión Intergubernamental se identifi carán y priorizarán los servicios públicos, los cuales se ejercen corresponsable y complementariamente entre los tres niveles de gobierno, para lo cual, se deben establecer mecanismos de coordinación para concretar el intercambio de información necesaria para defi nir los servicios públicos. Orientaciones para desarrollar y fortalecer el rol rector de los ministerios Los ministerios en ejercicio de su rol rector, formularán una Directiva especifi cando los procedimientos y estrategias que permitan el desarrollo del rol rector del Sector. La mencionada Directiva así como su correspondiente Plan de Trabajo, será aprobada por la Comisión Intergubernamental y refrendada por Resolución Ministerial. Capítulo II. Propuesta de Transferencia para el año 2010 Las transferencias programadas por los ministerios, deberán considerar los lineamientos establecidos en el Artículo 3º del Decreto Supremo N° 047-2009-PCM. 2.1 Transferencias programadas por los Ministerios para los Gobiernos Regionales y Locales Ministerio de la Educación Transferencia de Infraestructura deportiva De acuerdo a lo programado por el Instituto Peruano del Deporte, se ha identifi cado y programado la transferencia de ocho establecimientos deportivos en el presente año, asociados al Ítem 18 del Art. 82° de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, según se detalla a continuación. Establecimientos deportivos según Gobierno Local receptor de la transferencia N° Infraestructura Deportiva Gobierno Local 1 Estadio San Luis Bagua Grande. Municipalidad Provincial de Utcubamba. Amazonas. 2 Terreno Acopal. Municipalidad Provincial de Huari. Ancash, 3 Terreno para C.D. Viracochan. Municipalidad Distrital de Cachora. Apurímac, Abancay, Cachora. 4 Estadio Cocachacra- Benigno Pérez Málaga. Municipalidad Provincial de Islay. Arequipa. 5 Terreno Añaspata. Municipalidad Distrital de Arequipa. Fundo Añaspata/Arequipa/Arequipa, Arequipa. 6 Terreno Unión. Municipalidad Provincial de La Mar. Comunidad de la Unión/Ayacucho, La Mar, Sta. Rosa. 7 C.D. Conga de Allanga. Municipalidad Provincial de Cutervo. Centro Educativo10251/Cajamarca, Cutervo, Cutervo. 8 Terreno Caserío Monte Grande de Cochán. Municipalidad Provincial de San Miguel. Comité de Progreso y Desarrollo Integral/ Cajamarca, San Miguel, San Silvestre de Cochán. Plan Piloto de Municipalización de la gestión educativa De acuerdo al Plan de Municipalización de la Gestión Educativa y a su Etapa de Expansión, en el año 2010 se realizarán las siguientes acciones: a. Concluir con la etapa de efectivización de la transferencia de competencias, funciones y recursos a las Municipalidades incorporadas en el Plan Piloto 2007. b. Realizar la transferencia de competencias, funciones y recursos a las Municipalidades acreditadas del Plan Piloto 2008. c. Incorporar al Plan de Municipalización de la Gestión Educativa a otras municipalidades, así como a otras modalidades y niveles educativos, mediante Resolución Viceministerial. Los criterios para incorporar al Plan de Municipalización de la Gestión Educativa a otras Municipalidades son los siguientes: a) Incidencia de programas sociales; b) Proximidad geográfi ca a municipalidades que están participando en la gestión de la educación; c) Solicitud de incorporación voluntaria; d) Ubicación signifi cativa para la estrategia del Plan de Municipalización de la Gestión Educativa; e) Otros, determinados por coordinación entre el Ministerio de Educación y la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros. d. Las 35 (treintaicinco) Municipalidades que ya han recibido la transferencia presupuestal a nivel nacional, concluirán la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción y las Actas Sustentatorias en coordinación con el Ministerio de Educación y los Gobiernos Regionales, según corresponda. e. Para la transferencia a las Municipalidades del Plan de Municipalización de la Gestión Educativa, el Ministerio de Educación realiza visitas a cada una de ellas, en coordinación con los Gobiernos Regionales respectivos, a fi n de verifi car el cumplimiento de los Requisitos Específi cos Mínimos, luego de lo cual, se procede a la certifi cación y acreditación respectiva. Corresponde al Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas tramitar el Decreto Supremo de transferencia de recursos presupuestales según lo establecido en la Quinta Disposición Transitoria de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y en la Directiva N° 003- 2009-PCM/SD, aprobada por la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 050-2009-PCM/SD, con lo cual se cumplirá con las etapas de certifi cación, acreditación y efectivización de la transferencia de la gestión educativa a las Municipalidades del Plan. En tal sentido, el Ministerio de Economía y Finanzas considerará en las leyes anuales de Presupuesto del Sector Público u otras normas legales, las disposiciones que autoricen la transferencia de partidas presupuestales de los Pliegos de los gobiernos regionales