Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2010 (06/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de enero de 2010

a) Restricciones de la inversion en los Puertos y Aeropuertos Publicos. No pueden participar en los procesos de inversion en la infraestructura y administracion de los Puertos Publicos de la Nacion, las empresas publicas y privadas de paises vecinos con los que existan diferendos pendientes en asuntos de delimitacion maritima. Esta limitacion se extiende a los aeropuertos fronterizos. b) Restricciones de la inversion en Gas y Petroquimica. Los proyectos del MORDAZA Petroquimico Surperuano y del Gasoducto MORDAZA, no incluiran la exportacion de Gas al MORDAZA vecino, sino exclusivamente de productos transformados a partir del gas por la petroquimica, y, en caso de electricidad, de energia generada principalmente por centrales hidroelectricas.

TITULO V.- DISPOSICIONES FINALES ARTICULO 20.Deroguense todas las leyes, normas y disposiciones de todo nivel que se opongan a la presente ley. ARTICULO 21.La presente Ley entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Esta iniciativa legislativa ha sido presentada al Congreso de la Republica conforme a ley. MORDAZA MORDAZA VALDIVIESO Oficial Mayor 441736-1

Proyecto de Ley de Reforma Constitucional que regula la renovacion parcial del Congreso de la Republica e instaura el MORDAZA facultativo
Conforme con lo establecido por el articulo 11º de la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos cumple con publicar la siguiente iniciativa Legislativa: PROYECTO DE LEY N° 3771-2009-IC REFORMA CONSTITUCIONAL QUE REGULA LA RENOVACION PARCIAL DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA E INSTAURA EL MORDAZA FACULTATIVO Los ciudadanos que suscriben, en uso de la facultad de iniciativa legislativa consagrada en los articulos 107° y 206° de la Constitucion Politica del Peru, en los articulos 74 y 76, ordinal 3, del Reglamento del Congreso de la Republica, asi como los articulos 17 y 18 de la Ley N°26300-Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos, proponen el proyecto de Ley de Reforma Constitucional siguiente: Articulo 1°.- Modificase el articulo 90° de la Constitucion Politica del Peru, con el siguiente texto: "Articulo 90°.- El Poder Legislativo reside en el Congreso, el cual consta de Camara Unica. El numero de congresistas es de ciento treinta. El Congreso se elige por un periodo de cinco anos mediante un MORDAZA electoral organizado conforme a ley. Se renueva por mitades cada dos anos y medio de acuerdo a ley. Dicha ley establece la forma de renovacion por mitades del congreso de la republica. Los candidatos a la presidencia no pueden integrar las listas de candidatos a congresistas. Los candidatos a vicepresidentes pueden ser simultaneamente candidatos a una representacion a Congreso. Para ser elegido congresista se requiere ser peruano de nacimiento, haber cumplido veinticinco anos y gozar de derecho de sufragio". Articulo 2º.- Modificase el articulo 31º de la Constitucion Politica del Peru en los terminos siguientes: "Articulo 31º.- Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos publicos mediante referendum; iniciativa legislativa; remocion o revocacion de autoridades y demanda de rendicion de cuentas. Tienen tambien el derecho de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes, de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por la ley organica Es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdiccion. La ley MORDAZA y promueve mecanismos directos e indirectos de su participacion. Tienen derecho al MORDAZA los ciudadanos en goce su capacidad civil. El MORDAZA es personal, igual, libre, secreto y facultativo. Es nulo y punible todo acto que prohiba o limite al ciudadano el ejercicio de sus derechos". Esta iniciativa legislativa ha sido presentada al Congreso de la Republica conforme a ley MORDAZA MORDAZA VALDIVIESO Oficial Mayor del Congreso de la Republica 441734-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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