Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2010 (06/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

410477

Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. JEISTER MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA En MORDAZA, a los veintiun dias del mes de diciembre del dos mil nueve POR TANTO:

Articulo Segundo.- APROBAR que los Acuerdos del Consejo Regional, correspondiente al ano 2010, es firmado por el Consejero Delegado electo. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase.

Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 29 dias del mes de diciembre del dos mil nueve MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 441438-1 MORDAZA ZELIO MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional MORDAZA 441086-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD CP MORDAZA MORDAZA DE HUACHIPA
Disponen la celebracion de Matrimonio Civil Comunitario
DECRETO DE ALCALDIA N° 09-2009-MCPSMH C.P. MORDAZA MORDAZA de Huachipa, 21 de diciembre del 2009 EL MORDAZA DEL CENTRO POBLADO DE MORDAZA MORDAZA DE HUACHIPA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, se reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, acorde a las funciones de caracter social y comunal que ejercen los gobiernos locales, es politica de la actual gestion promover la union familiar a traves de un matrimonio civil comunitario en el C.P. MORDAZA MORDAZA de Huachipa, que permita fomentar y promover la formalizacion o regularizacion de las uniones de hecho de las parejas, contribuyendo asi a fortalecer y consolidar la unidad familiar como celula basica de la sociedad; Estando a lo dispuesto por el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- DISPONER LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, en forma general para la Jurisdiccion del C.P. MORDAZA MORDAZA de Huachipa, a realizarse el dia 16 de enero del 2010 en la Plaza Mayor del C.P MORDAZA MORDAZA de Huachipa, a horas 14:00 p.m. Articulo 2º.- DISPONER que para la realizacion de esta ceremonia, los contrayentes cumplan con presentar los requisitos legales y efectuar el pago unico de S/. 70.00 nuevos soles. Articulo 3º.- DISPENSAR de la publicacion de los Edictos matrimoniales de conformidad con el articulo 252 del Codigo Civil; a los futuros contrayentes que hayan cumplido con la MORDAZA de la documentacion completa establecida como requisito previo. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Secretaria General, Registros Civiles y demas miembros de la Corporacion Municipal el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MALAGA CUADRO MORDAZA 441394-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Eligen Consejero Delegado del Consejo Regional para el periodo 2010
ACUERDO REGIONAL Nº 087-2009-CR MORDAZA MORDAZA, 21 de diciembre de 2009 VISTO: El Acta de Sesion Extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, de fecha 18 de diciembre del 2009, ha tratado, debatido, y aprobado por mayoria el Acuerdo Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais; con ese proposito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad al articulo 13º de la Ley Nº 27867, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; articulo 15º literal a) de la MORDAZA senalada, es atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; articulo 37º literal a) indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos del Consejo Regional; Que, de conformidad a la Ley N° 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por Ley Nº 29053, en su articulo 13º establece que "El Consejo Regional esta integrado por los Consejeros Regionales. Anualmente los Consejeros Regionales eligen, entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones del Consejo Regional, lo representa y tramita sus acuerdos"; concordante con Undecima de Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, que senala que el Consejero Delegado es elegido por mayoria simple; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley No. 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; ACUERDA: Articulo Primero.- SE ELIGE al Consejero por la provincia de Azangaro Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, para el periodo del ano 2010, quien convoca y preside las Sesiones del Consejo Regional; lo representa y tramita sus acuerdos.

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