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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2010 (06/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de enero de 2010 410486 Que, asimismo, la Ley Orgánica acotada, señala en su artículo 20° inciso 6, que es atribución del Alcalde, dictar decretos y resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; Que, la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre Nº 27181, en su artículo 17° señala que las municipalidades provinciales tienen competencia normativa, de gestión y fi scalización en materia de transporte y tránsito terrestre dentro de su jurisdicción; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, el cual en su artículo 11º señala que las municipalidades provinciales en materia de transporte terrestre cuentan con las competencias previstas en dicho reglamento, encontrándose facultadas para dictar normas complementarias aplicables a su jurisdicción, sujetándose a los criterios previstos en la ley, al Reglamento y a los demás reglamentos nacionales; Que, el citado reglamento establece en los artículos 31º numeral 31.6, Nº 41 numeral 41.2.2, Nº 71 numeral 71.4, como obligación de todo conductor del servicio de transporte público actualizarse anualmente mediante los cursos de capacitación establecidos por la autoridad competente, así como la obligación de todo transportista verifi car que sus conductores reciban la capacitación establecida en el citado reglamento y normas especiales de la materia; Que, por Decreto Supremo Nº 038-2009-MTC, se estableció el Régimen de infracciones y sanciones aplicable a las entidades de capacitación y de aquellas que brinden el curso de seguridad vial y sensibilización del infractor; Que, por Ordenanza Municipal Nº 000040, de fecha 14 de agosto del 2009, se aprobó el Reglamento del servicio de transporte público regular de pasajeros en la Provincia Constitucional del Callao, estableciendo en sus artículos 12º, 15º, 19º, 34º, 39º y 53º, la obligación del conductor y cobrador de actualizarse anualmente en los cursos capacitación de educación y seguridad vial, así como la obligación de todo transportista, verifi car que sus conductores y cobradores reciban la capacitación anual respectiva, para su habilitación ante la autoridad competente; Que, el Informe Nº 720-2009-MPC/GGTU/SGCA, emitido por la Sub Gerencia de Coordinación y Apoyo de Transporte Urbano, expresa la necesidad de expedir las disposiciones necesarias con la fi nalidad de establecer la estructura y el contenido del temario del Curso de Educación y Seguridad Vial, que deberá ser dictado por las instituciones autorizadas por la Gerencia General de Transporte Urbano, para la capacitación de los conductores y cobradores prestadores del servicio de transporte público regular de pasajeros, conforme al Reglamento del servicio de transporte público regular de pasajeros en la Provincia Constitucional del Callao, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000040-2009, y el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, asimismo, estando a los principios de economía, celeridad y simplicidad procedimental se ha elaborado un “Manual de usuario para el acceso al registro de participantes al curso de educación y seguridad vial”, que permitirá a dichas instituciones registrar vía Internet la información correspondiente a los conductores y cobradores que capacitan, a efectos de brindar de mayor dinamicidad y efi ciencia a los trámites para la expedición del Carné de Educación y Seguridad Vial; Estando a las consideraciones expuestas, con la visación de la Gerencia General de Transporte Urbano y Gerencia General de Asuntos Jurídicos y Conciliación, y en ejercicio de las facultades que confi ere al señor Alcalde el artículo 20° inciso 6º de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Establecer el contenido del temario del Curso de Educación y Seguridad Vial y Primeros Auxilios, que será dictado por las instituciones o personas jurídicas autorizadas por la Gerencia General de Transporte Urbano, así como establecer su estructura y desarrollo en módulos, horarios, días y turnos, conforme se detalla a continuación: Contenido del Temario: MÓDULO I – Actualización en las normas de tránsito: Duración del Módulo: 02 horas efectivas (120 minutos). - Legislación sobre las obligaciones del conductor y legislación sobre las obligaciones y derechos del peatón. - Dispositivos de control de tránsito terrestre. - Características, condiciones técnicas y equipamiento de los vehículos durante la prestación del servicio de transporte público. - Régimen de infracciones y sanciones al tránsito. MÓDULO II – Actualización de las normas que regulan el servicio de transporte terrestre: Duración del Módulo: 02 horas efectivas (120 minutos). - Legislación Nacional y Municipal - Clasifi cación de los servicios de transporte terrestre. - Obligaciones y derechos de los conductores del servicio y de los pasajeros. - Régimen de infracciones y sanciones del servicio de transporte público. MÓDULO III – Curso sobre el procedimiento que debe seguir el conductor en caso de ocurrencia de accidentes de tránsito, prevención, responsabilidades, técnicas de primeros auxilios: Duración del Módulo: 01 hora efectiva (60 minutos). - Prevención de accidentes de tránsito, mantenimiento constante y adecuado de las unidades vehiculares dedicadas a la prestación del servicio. MÓDULO IV – Curso de técnicas de conducción a la defensiva: Duración del Módulo: 01 hora efectiva (60 minutos). - El desplazamiento del vehículo en la vía, las de mantenimiento de distancias de seguimiento, las de frenado y conducción en curva, las de giro a la derecha, izquierda y en “U”, las de adelantamiento y las de procedimiento en intersecciones. MÓDULO V – Curso de Urbanidad – Relaciones Interpersonales: Duración del Módulo: 02 horas efectivas (120 minutos). - Personalidad, cortesía, respeto, tratamiento a los usuarios del servicio, a las autoridades dedicadas al control del servicio, tratamiento diferenciado para discapacitados, gestantes, adultos mayores y niños. MÓDULO VI – Mantenimiento vehicular, higiene y aseo personal: Duración del Módulo: 01 hora efectiva (60 minutos). Artículo Segundo.- El tiempo de duración total de la capacitación será de nueve (9) horas efectivas (540 minutos) y será desarrollado por las personas jurídicas autorizadas por la Gerencia General de Transporte Urbano, según anexo 01 del presente Decreto de Alcaldía, de la siguiente forma: Días obligatorios de capacitación: Será realizado sólo los días jueves y viernes o serán realizados los días sábados y domingos de cada semana. Turnos de enseñanza: El contenido del temario será desarrollado en 2 días consecutivos, en la siguiente forma: 1.- Jueves y viernes en horario de mañana – GRUPO “A” 2.- Jueves y viernes en horario de tarde – GRUPO “B” 3.- Sábado y domingo en horario de mañana – GRUPO “C” 4.- Sábado y domingo en horario de tarde – GRUPO “D”