Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2010 (06/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES
Contenido del Temario:

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de enero de 2010

Que, asimismo, la Ley Organica acotada, senala en su articulo 20° inciso 6, que es atribucion del MORDAZA, dictar decretos y resoluciones de Alcaldia, con sujecion a las leyes y ordenanzas; Que, la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre Nº 27181, en su articulo 17° senala que las municipalidades provinciales tienen competencia normativa, de gestion y fiscalizacion en materia de transporte y MORDAZA terrestre dentro de su jurisdiccion; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Administracion de Transporte, el cual en su articulo 11º senala que las municipalidades provinciales en materia de transporte terrestre cuentan con las competencias previstas en dicho reglamento, encontrandose facultadas para dictar normas complementarias aplicables a su jurisdiccion, sujetandose a los criterios previstos en la ley, al Reglamento y a los demas reglamentos nacionales; Que, el citado reglamento establece en los articulos 31º numeral 31.6, Nº 41 numeral 41.2.2, Nº 71 numeral 71.4, como obligacion de todo conductor del servicio de transporte publico actualizarse anualmente mediante los cursos de capacitacion establecidos por la autoridad competente, asi como la obligacion de todo transportista verificar que sus conductores reciban la capacitacion establecida en el citado reglamento y normas especiales de la materia; Que, por Decreto Supremo Nº 038-2009-MTC, se establecio el Regimen de infracciones y sanciones aplicable a las entidades de capacitacion y de aquellas que brinden el curso de seguridad vial y sensibilizacion del infractor; Que, por Ordenanza Municipal Nº 000040, de fecha 14 de agosto del 2009, se aprobo el Reglamento del servicio de transporte publico regular de pasajeros en la Provincia Constitucional del Callao, estableciendo en sus articulos 12º, 15º, 19º, 34º, 39º y 53º, la obligacion del conductor y cobrador de actualizarse anualmente en los cursos capacitacion de educacion y seguridad vial, asi como la obligacion de todo transportista, verificar que sus conductores y cobradores reciban la capacitacion anual respectiva, para su habilitacion ante la autoridad competente; Que, el Informe Nº 720-2009-MPC/GGTU/SGCA, emitido por la Sub Gerencia de Coordinacion y Apoyo de Transporte MORDAZA, expresa la necesidad de expedir las disposiciones necesarias con la finalidad de establecer la estructura y el contenido del temario del Curso de Educacion y Seguridad Vial, que debera ser dictado por las instituciones autorizadas por la Gerencia General de Transporte MORDAZA, para la capacitacion de los conductores y cobradores prestadores del servicio de transporte publico regular de pasajeros, conforme al Reglamento del servicio de transporte publico regular de pasajeros en la Provincia Constitucional del Callao, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000040-2009, y el Reglamento Nacional de Administracion de Transporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, asimismo, estando a los principios de economia, celeridad y simplicidad procedimental se ha elaborado un "Manual de usuario para el acceso al registro de participantes al curso de educacion y seguridad vial", que permitira a dichas instituciones registrar via Internet la informacion correspondiente a los conductores y cobradores que capacitan, a efectos de brindar de mayor dinamicidad y eficiencia a los tramites para la expedicion del Carne de Educacion y Seguridad Vial; Estando a las consideraciones expuestas, con la visacion de la Gerencia General de Transporte MORDAZA y Gerencia General de Asuntos Juridicos y Conciliacion, y en ejercicio de las facultades que confiere al senor MORDAZA el articulo 20° inciso 6º de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Establecer el contenido del temario del Curso de Educacion y Seguridad Vial y Primeros Auxilios, que sera dictado por las instituciones o personas juridicas autorizadas por la Gerencia General de Transporte MORDAZA, asi como establecer su estructura y desarrollo en modulos, horarios, dias y turnos, conforme se detalla a continuacion:

MODULO I ­ Actualizacion en las normas de transito: Duracion del Modulo: 02 horas efectivas (120 minutos). - Legislacion sobre las obligaciones del conductor y legislacion sobre las obligaciones y derechos del peaton. - Dispositivos de control de MORDAZA terrestre. - Caracteristicas, condiciones tecnicas y equipamiento de los vehiculos durante la prestacion del servicio de transporte publico. - Regimen de infracciones y sanciones al transito. MODULO II ­ Actualizacion de las normas que regulan el servicio de transporte terrestre: Duracion del Modulo: 02 horas efectivas (120 minutos). - Legislacion Nacional y Municipal - Clasificacion de los servicios de transporte terrestre. - Obligaciones y derechos de los conductores del servicio y de los pasajeros. - Regimen de infracciones y sanciones del servicio de transporte publico. MODULO III ­ Curso sobre el procedimiento que debe seguir el conductor en caso de ocurrencia de accidentes de MORDAZA, prevencion, responsabilidades, tecnicas de primeros auxilios: Duracion del Modulo: 01 hora efectiva (60 minutos). - Prevencion de accidentes de MORDAZA, mantenimiento MORDAZA y adecuado de las unidades vehiculares dedicadas a la prestacion del servicio. MODULO IV ­ Curso de tecnicas de conduccion a la defensiva: Duracion del Modulo: 01 hora efectiva (60 minutos). - El desplazamiento del vehiculo en la via, las de mantenimiento de distancias de seguimiento, las de frenado y conduccion en curva, las de giro a la derecha, izquierda y en "U", las de adelantamiento y las de procedimiento en intersecciones. MODULO V ­ Curso de Urbanidad ­ Relaciones Interpersonales: Duracion del Modulo: 02 horas efectivas (120 minutos). - Personalidad, cortesia, respeto, tratamiento a los usuarios del servicio, a las autoridades dedicadas al control del servicio, tratamiento diferenciado para discapacitados, gestantes, adultos mayores y ninos. MODULO VI ­ Mantenimiento vehicular, higiene y aseo personal: Duracion del Modulo: 01 hora efectiva (60 minutos). Articulo Segundo.- El tiempo de duracion total de la capacitacion sera de nueve (9) horas efectivas (540 minutos) y sera desarrollado por las personas juridicas autorizadas por la Gerencia General de Transporte MORDAZA, segun anexo 01 del presente Decreto de Alcaldia, de la siguiente forma: Dias obligatorios de capacitacion: Sera realizado solo los dias jueves y viernes o seran realizados los dias sabados y domingos de cada semana. Turnos de ensenanza: El contenido del temario sera desarrollado en 2 dias consecutivos, en la siguiente forma: 1.- Jueves y viernes en horario de manana ­ GRUPO "A" 2.- Jueves y viernes en horario de tarde ­ GRUPO "B" 3.- Sabado y MORDAZA en horario de manana ­ GRUPO "C" 4.- Sabado y MORDAZA en horario de tarde ­ GRUPO "D"

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