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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2010 (06/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de enero de 2010 410481 Establecen fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2010 ORDENANZA Nº 420-MDMM Magdalena del Mar, 21 de diciembre de 2009. ORDENANZA QUE ESTABLECE FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2010 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 23 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF señala que el Impuesto Predial podrá cancelarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el último día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre. Que, el artículo 2º de la Ordenanza Nº 414-MDMM, que aprueba los costos y tasa aplicadas por los servicios de barrido de calles, recojo domiciliario de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo, establecidos en la Ordenanza Nº 380-MDMM, que aprueba el Marco Legal del Régimen Tributario de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, para el Ejercicio 2009, ratifi cada con Acuerdo de Concejo Nº 593 del Concejo Metropolitano de Lima, reajustada con el índice de Precios al Consumidor de conformidad al artículo 69-B del Decreto Legislativo Nº 776, y su Texto Único Ordenado vigente por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; y que por otro lado, el artículo 7º de la Ordenanza Nº 380-MDMM, establece que éstos son de periodicidad y recaudación mensual; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99/EF, modifi cado mediante Decreto Legislativo Nº 953, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2010; Estando a lo informado por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas a través del Informe Nº 444-2009-GATR-MDMM y contando con la opinión legal favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 1750-2009-GAJ-MDMM, y en uso de las atribuciones conferidas en los Incisos 8) y 9) del artículo 9º, así como en los artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2010 Artículo 1º.- De conformidad con el Artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, la obligación de pago del Impuesto Predial para el Ejercicio 2010 vence: 1. Pago al contado : 26 de Febrero 2. Pago fraccionado 2.1. Primera cuota : 26 de febrero 2.2. Segunda cuota : 31 de Mayo 2.3. Tercera cuota : 31 de Agosto 2.4. Cuarta cuota : 30 de Noviembre Estas cuotas serán reajustadas con la variación acumulada del Índice de Precios al Por Mayor que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática, por el período comprendido entre el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente a la fecha de pago. Artículo 2º.- La obligación de pago de las cuotas mensuales de los arbitrios correspondiente al ejercicio 2010, vence: Enero : 26 de Febrero Febrero : 26 de Febrero Marzo : 31 de Marzo Abril : 30 de Abril Mayo : 31 de Mayo Junio : 30 de Junio Julio : 30 de Julio Agosto : 31 de Agosto Setiembre : 30 de Septiembre Octubre : 29 de Octubre Noviembre : 30 de Noviembre Diciembre : 31 de Diciembre Artículo 3º.- Encárguese a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y al Departamento de Informática el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Única.- Facúltese a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ROSA ELVIRA QUARTARA CARRIÓN DE RUAS Alcaldesa 441367-1 Fijan montos que deben abonar contribuyentes por concepto de derechos de emisión mecanizada del Impuesto Predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2010 ORDENANZA Nº 421-MDMM Magdalena del Mar, 21 de diciembre de 2009. ORDENANZA QUE FIJA MONTOS QUE DEBERAN ABONAR CONTRIBUYENTES POR CONCEPTO DE DERECHOS DE EMISION MECANIZADA DEL IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2010 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 23 de la fecha; y,