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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de enero de 2010 410588 Cuenca del Pacífi co, África y Medio Oriente, de 06 de enero de 2010; y (FIN) Nº FIN0002/2010, de la Dirección de Finanzas, de 06 de enero de 2010, que otorga disponibilidad presupuestaria al presente viaje; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso g) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619 y su modifi catoria la Ley Nº 28807 y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; y el artículo 10º de la Ley Nº 29465; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Néstor Francisco Popolizio Bardales, Viceministro de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Tokio, Japón, del 14 al 18 de enero de 2010, a fi n que participe en la Cuarta Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores del Foro de Cooperación Económica para América Latina y Asia del Este (FOCALAE). Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 01281 : Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Néstor Francisco Popolizio Bardales 3,265.00 260.00 5+2 1,820.00 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión, el mencionado funcionario diplomático deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 443172-2 SALUD Aprueban el inicio del proceso de Aseguramiento Universal en Salud a través de la implementación del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) en la Ciudadela Pachacútec RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 012-2010/MINSA Lima, 7 de enero de 2010 Visto el Expediente N° 10-001681-001, que contiene el Informe N° 001-2010/SIS, del Seguro Integral de Salud, la Nota Informativa N° 018-2010-DGSP/MINSA de la Dirección General de Salud de las Personas y el Informe N° 014-2010- OGAJ/MINSA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Ley Nº 29344, Marco de Aseguramiento Universal en Salud, señala que el aseguramiento universal en salud es un proceso orientado a lograr que toda la población residente en el territorio nacional disponga de un seguro de salud que le permita acceder a un conjunto de prestaciones de salud de carácter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitación, en condiciones adecuadas de eficiencia, equidad, oportunidad, calidad y dignidad sobre la base del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), dentro de un criterio de gradualidad y progresividad; Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 29344, establece que el Ministerio de Salud queda autorizado a iniciar el proceso de aseguramiento universal en salud a través de la implementación del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) en regiones piloto, priorizando las zonas de pobreza y extrema pobreza; Que, por Decreto Supremo Nº 016-2009-SA se aprobó el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS); Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2009-SA se creó el Comité Técnico Implementador Nacional responsable de la conducción del proceso de Aseguramiento Universal en Salud, el cual dentro de sus funciones se encuentra el de diseñar, coordinar, dirigir y evaluar los lineamientos generales de la implementación del aseguramiento universal en el nivel nacional; Que, según el Mapa de Pobreza en Zonas Urbanas de Lima, desarrollado por el Fondo de Cooperación para el Desarrollo (FONCODES), que tomó en cuenta los datos de los Censos Nacionales del 2007 y la Encuesta Nacional de Hogares, la Ciudadela de Pachacútec, en Distrito Ventanilla, en la Provincia Constitucional del Callao, es identifi cada como “bolsón de pobreza” con altos índices de desnutrición crónica infantil; Que, conforme a lo informado por la Gerencia Regional de Salud de la Región Callao, el perfi l epidemiológico de la Ciudadela Pachacútec, se caracteriza por presentar como principales causas de morbilidad a las infecciones agudas de las vías, enfermedades infecciosas intestinales, tuberculosis, VIH-SIDA, enfermedades diarreicas e infección de vías urinarias, siendo las principales causas de mortalidad la hipertensión arterial, tumores malignos del estómago y de los pulmones, neumonías. Dicho perfi l epidemiológico puede ser abordado a través de una intervención efi caz con el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS); Que, asimismo el Gobierno Regional Callao, está desarrollando una capacidad organizativa intergubernamental de conducción del proceso de descentralización local, que al implementarse el PEAS en la mencionada Ciudadela, permitirá tener una respuesta sanitaria integrada de manera conjunta entre el nivel nacional, regional y local, que indudablemente potenciará la reforma del aseguramiento universal en salud, garantizando continuidad y sostenibilidad y el compromiso de un conjunto de instituciones públicas, privadas y mixtas; Que, el fi nanciamiento de la afi liación para la implementación del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), se hará con cargo a los recursos asignados al Seguro Integral de Salud en el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2010, así como los que para el efecto asigne el Gobierno Regional del Callao; Que, en la 10º Sesión del Comité Técnico Implementador Nacional responsable de la conducción del proceso de Aseguramiento Universal en salud, llevada a cabo el 04 de enero del año en curso, se aprobó el inicio del proceso de Aseguramiento Universal en Salud, a través de la implementación del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), en la Ciudadela Pachacútec, en el Distrito de Ventanilla, en la Provincia Constitucional del Callao; haciéndose necesaria su formalización respectiva: Con el visado del Jefe del Seguro Integral de Salud, del Director General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el inicio del proceso de Aseguramiento Universal en Salud, a través de la