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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de enero de 2010 411785 Visto el Memorándum Nº 0019-2010-GM/MDSJL de fecha 16/01/2010 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 0005-2010-GP/MSJL de fecha 13/01/2010 de la Gerencia de Planifi cación, el Informe Nº 002-2010- GAJ/MDSJL de fecha 04/01/2010 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 199-2009-GDE/MSJL de fecha 09/12/2009 de la Gerencia de Desarrollo Económico, el Informe Nº 433-2009-SGFYPE-GDE- MDSJL de fecha 07/12/2009 de la Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial y el Informe Nº 114-2009-FSCHA-SGFPE-GDE/MDSJL de fecha 023/12/2009, en relación a la modifi cación de derecho de trámite del procedimiento denominado Constatación de Características del Vehículo Menor, correspondiente a la Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 436 de fecha 17/11/2009 el Concejo Metropolitano de Lima ratifi có los 139 derechos correspondientes a un total de 108 procedimientos y servicios administrativos que han sido aprobados y adecuados a la normatividad vigente, contenidos en la Ordenanza Nº 176 que modifi ca las Ordenanzas Nºs. 145, 146, 157 y 170 de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, que aparecen detallados en el Anexo Nº 01 del Informe Nº 004-181-00000034 del Servicio de Administración Tributaria; Que, mediante Decreto Supremo Nº 079- 2007-PCM se aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; Que, el derecho de trámite consiste en el monto que debe pagar el administrado por el procedimiento que lleve al pronunciamiento de la entidad o por los servicios que ésta presta; Que, conforme a las disposiciones para la elaboración de la estructura de costos se ha determinado el derecho de trámite del procedimiento denominado constatación de características del vehículo menor correspondiente a la Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial, el mismo que se ve refl ejado en la estructura de costo que forma parte de la Ordenanza Nº 176; Que, el Artículo 38º, Numeral 38.5 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establece el procedimiento para la reducción de costos una vez aprobado el TUPA señalando que toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo; Que, mediante los Informes Nºs. 114-2009-FSCHA- SGFPE-GDE/MDSJL, 433-2009-SGFYPE-GDE-MDSJL y 199-2009-GDE/MSJL la Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial y la Gerencia de Desarrollo Económico establecen la necesidad de reducir el derecho de trámite del Procedimiento Nº 22 de la Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial, denominado constatación de características del vehículo menor, indicando que el costo debe ser de S/. 9.90 (Nueve y 90/100 Nuevos Soles) por unidad vehicular y que la citada tasa permitirá cubrir los gastos por la citada constatación, toda vez que se ha redefi nido el proceso en la prestación del servicio; Que, mediante Informe Nº 0005-2010-GP/MSJL la Gerencia de Planifi cación señala que la proyección de ingresos del citado procedimiento, el mismo que se incluyó en el Presupuesto del presente ejercicio fi scal se efectuó con el costo establecido en la Ordenanza Nº 029-2004-MDSJL, toda vez que a la elaboración del anteproyecto y del proyecto el nuevo TUPA aún no había sido ratifi cado, en tal contexto y teniendo en cuenta que el nuevo costo sugerido se encuentra dentro de los parámetros de la proyección de ingresos para el presente ejercicio señala que resulta factible la reducción del derecho de trámite; Estando a lo expuesto, a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 002-2010- GAJ/MDSJL y lo dispuesto en el Art. 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar la reducción del costo del derecho de trámite del Procedimiento Nº 22 de la Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial, denominado “Constatación de Características del Vehículo Menor” en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, aprobada mediante Ordenanza Nº 176 de fecha 27/09/2009, a la suma de S/. 9.90 (Nueve y 90/100 Nuevos Soles) por cada unidad vehicular, según lo expuesto en la parte considerativa del presente decreto. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Planifi cación y a la Gerencia de Desarrollo Económico a través de la Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 449147-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Aprueban marco legal de beneficios tributarios para las tasas de arbitrios de barrido de vías, recolección de residuos sólidos, parques y jardines públicos y serenazgo del año fiscal 2010 ORDENANZA Nº 191-MDSM San Miguel, 19 de enero de 2010 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que asimismo el artículo 74º del mandato constitucional en concordancia con el artículo 40º de la Ley Nº 27972 y la norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, dispone que mediante ordenanzas los gobiernos locales pueden crear, modifi car, suprimir o exonerar arbitrios, tasas, licencias y derechos dentro de los límites establecidos por la ley; Que, mediante Ordenanza Nº 182-MDSM se aprueba el régimen tributario de las tasas de arbitrios municipales de barrido de vías, recolección de residuos sólidos, parques y jardines públicos y serenazgo para el año fi scal 2010, ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 515 de la Municipalidad Metropolitana de Lima publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 25 de diciembre de 2009; Que, es política de la administración tributaria incentivar el pago voluntario y oportuno de los tributos que administra, por lo que es necesario adoptar medidas que benefi cien a los vecinos pensionistas propietarios y a los contribuyentes que cancelen en forma adelantada