Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2010 (23/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de enero de 2010

el total de sus arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2010; Que, en ese sentido, se debe establecer el MORDAZA legal de los beneficios tributarios para las tasas de los arbitrios municipales de barrido de vias, recoleccion de residuos solidos, parques y jardines publicos y serenazgo, asi como la determinacion de los montos por dicho concepto aplicables al ano fiscal del ano 2010, para los contribuyentes de la jurisdiccion del distrito de San Miguel; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º y el articulo 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL MORDAZA LEGAL DE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS PARA LAS TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES DE BARRIDO DE VIAS, RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y SERENAZGO PARA EL ANO FISCAL 2010 Articulo Primero.- Otorguese a favor de los contribuyentes de la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA los siguientes beneficios tributarios para las tasas de arbitrios municipales para el ano fiscal 2010: 1.- Reduccion de pago para pensionistas: Reduccion del pago en los arbitrios municipales de barrido de vias, recoleccion de residuos solidos, parques y jardines publicos y serenazgo, equivalente al 50% del importe, siempre que reunan los requisitos siguientes: A) Ser pensionista propietario de un solo predio destinado a vivienda del contribuyente. Para los propietarios del inmueble, ya sea a titulo personal de la sociedad conyugal, el tramite es automatico, a la sola MORDAZA de los requisitos aqui exigidos. B) Los pensionistas propietarios de los predios destinados a MORDAZA habitacion, que ademas conduzcan a nombre propio un local comercial o de servicios cuya area no supere los 25 m2, pagara el monto de los arbitrios municipales correspondientes a MORDAZA habitacion. 2.- Incentivo por pago al contado: Los contribuyentes con predios cuyo uso sea MORDAZA habitacion que cancelen en forma adelantada el total de los arbitrios del ano 2010, tendran 5% (cinco por ciento) de descuento sobre el monto insoluto de los arbitrios municipales de los meses de enero a diciembre del 2010, siempre que el pago se realice hasta el 26 de febrero del 2010. Articulo Segundo.- La MORDAZA presupuestaria producto del beneficio concedido en el articulo precedente, se compensara con recursos de la municipalidad. Articulo Tercero.- Los beneficios tributarios que se conceden son excluyentes y no se podran aplicar de manera conjunta. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACULTADES Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza. Segunda.- ENCARGATURA Encarguese a la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria y a la Subgerencia de Informatica, el fiel cumplimiento de la presente ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 449023-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban ampliacion del Programa de Beneficios Tributarios en el Cercado del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000003 Callao, 19 de enero de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion de fecha 19 de enero de 2010; Aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, en el articulo 9 inciso 8 establece como atribucion del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos y en el inciso 9 senala que corresponde crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley. Asimismo, el articulo 40 senala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 0000042 del 14 de agosto de 2009, se otorga a los contribuyentes del Cercado del Callao, la aplicacion del descuento gradual de los intereses moratorios sobre las obligaciones que se encuentren pendiente de pago, en cualquier estado de cobranza, el mismo que esta dirigido a facilitar a los contribuyentes en cumplimiento de sus obligaciones pendientes de pago por concepto del Impuesto Predial, Patrimonio Vehicular, Alcabala y Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana comprendido entre los ejercicios 1998 al 2008; Que, en la sesion de la fecha se adopto el Acuerdo de Concejo N° 0004-2010, en virtud del cual se aprueba el Programa de Beneficios Tributarios en el Cercado del Callao, aprobado por Ordenanza Municipal N° 0000042 del 14 de agosto de 2009, el cual tiene como antecedentes el Informe N° 4957-2009-MPC-GGATR la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas hace MORDAZA el Informe N° 2554-2009-MPC-GGATR-GR de la Gerencia de Recaudacion, el Memorando Nº 005-2010MPC-GGAJC, la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, hace MORDAZA el Informe N° 003-2010-MPCGGAJC-SGCA de la Sub Gerencia de Coordinacion y Apoyo, todos favorables a la aprobacion de la presente Ordenanza; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente:

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