Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2010 (27/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

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en la MORDAZA de referencia conforme a los procedimientos establecidos por OSINERGMIN." Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de enero del ano dos mil diez MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

450904-1

Aprueban modificacion de autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termica Independencia Egesur de la que es titular EGESUR S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL N° 032-2010-MEM/DM
MORDAZA, 20 de enero de 2010 VISTO: El Expediente N° 33057395, organizado por la EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA DEL SUR S.A. ­ EGESUR S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 11000475 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Tacna, sobre solicitud de modificacion de autorizacion para la generacion de energia electrica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 323-96EM/VME, publicada el 20 de MORDAZA de 1996, se otorgo la transferencia de autorizacion de ELECTROPERU S.A. a favor de EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA DEL SUR S.A. ­ EGESUR S.A. Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 5542007-MEM/DM, publicada el 15 de diciembre de 2007, se aprobo la modificacion de la referida autorizacion a favor de EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA DEL SUR S.A., consistente en la reubicacion geografica de los grupos y equipos electricos, y el cambio de denominacion de la "Central Termica Calana" a "Central Termica Independencia-Egesur", en aplicacion del Decreto Supremo N° 041-2004-EM, publicado el 24 de noviembre de 2004, con una capacidad instalada de 25,6 MW, ubicada en el distrito de Independencia, provincia de MORDAZA y departamento de Ica; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 388-2008MEM/DM, publicada el 06 de setiembre de 2008, se aprobo la modificacion de autorizacion, donde se amplio el plazo de ejecucion de las obras de la Central Termica Independencia-Egesur por cuatro (04) meses contados a partir del termino del plazo establecido en el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 554-2007-MEM/DM; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 226-2009-MEM/ DM, publicada el 15 de MORDAZA de 2009, se aprobo la modificacion de autorizacion, donde se amplio el plazo de ejecucion de las obras de la Central Termica Independencia-Egesur por seis (06) meses contados a partir del termino del plazo establecido en el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 388-2008-MEM/ DM, el cual concluiria el 16 de junio de 2009; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 408-2009MEM/DM, publicada el 28 de setiembre de 2009, se aprobo la modificacion de autorizacion, donde se amplio el plazo de ejecucion de las obras de la Central Termica Independencia-Egesur por cuatro meses y medio (4,5) contados a partir del termino del plazo establecido en el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 226-2009-MEM/ DM, el cual concluiria el 31 de octubre de 2009; Que, la EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA DEL SUR S.A., mediante los documento, con registros de ingreso Nº 1934855 y Nº 1942222, de fecha 30 de octubre de 2009 y 26 de noviembre de 2009 respectivamente, ha solicitado nuevamente la modificacion de la autorizacion a fin de obtener un plazo adicional de siete (07) meses para la culminacion de las obras del gasoducto a traves del cual se abastecera de gas natural a la Central Termica Independencia-Egesur para su puesta en servicio; Que, mediante el Informe Legal Nº 030-2009-EM-DGE

se califico las razones expuestas por la titular como caso fortuito o fuerza mayor; Que, dichas circunstancias corresponden a la figura de fuerza mayor prevista en el articulo 1315° del Codigo Civil, por lo que constituyen eventos imprevisibles, extraordinarios e irresistibles, y tienen una vinculacion directa con el incumplimiento de las obligaciones contempladas en la Resolucion Ministerial N° 408-2009-MEM/DM, por lo que justifica que la mencionada empresa quede eximida de la responsabilidad generada por dicho incumplimiento; Que, la peticion se ampara en las disposiciones contenidas en el articulo 38° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en el articulo 67° de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento, ha emitido el Informe N° 3382009-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el articulo 38° de la Ley de Concesiones Electricas, y el item AE02 del Anexo N° 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Apruebese las razones de caso fortuito o fuerza mayor sustentadas por EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA DEL SUR S.A., al MORDAZA del literal e) del Articulo 69° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM. Articulo 2º.- Aprobar la modificacion de autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termica Independencia-Egesur de la que es titular la EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA DEL SUR S.A., y que debera efectuar las obras de instalacion para el abastecimiento del gas dentro del plazo adicional de siete (07) meses contados a partir del termino del plazo establecido en el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 408-2009-MEM/DM, el cual concluira el 31 de MORDAZA de 2010. Ante la falta de ejecucion de las obras correspondientes a la referida central termica de acuerdo con el plazo adicional previsto, quedara sin efecto la modificacion a que hace referencia el presente articulo. Articulo 3°.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

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MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Autorizan a la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA la venta de dos inmuebles de su propiedad
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 049-2010-MIMDES
MORDAZA, 25 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, regula el ambito, organizacion, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales, estableciendo que las normas contenidas en la misma, sus normas reglamentarias y aquellas que emita la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN son de estricto cumplimiento para las entidades que

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