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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2010 (27/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de enero de 2010 412199 del permiso de pesca de la embarcación pesquera “MARY” de matrícula CE-20862-PM, acreditando su derecho a la citada embarcación a través del Certifi cado Compendioso de Dominio de fecha 13 de noviembre del 2009, expedido en la Ofi cina de Registral de Chimbote – Zona Registral Nº VII; Que, de la copia del Certifi cado de Matrícula de la embarcación pesquera “MARY” de matrícula CE-20862- PM, se advierte que la capacidad de bodega es de 435.54 m3, encontrándose dentro de los márgenes de tolerancia establecidos en el Decreto Supremo Nº 028-2003- PRODUCE; Que, de la evaluación efectuada al expediente de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “MARY” de matrícula CE-20862-PM, se ha determinado que la empresa PESQUERA CENTINELA S.A.C., ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción para el cambio de titular del permiso de pesca de embarcación de bandera nacional de mayor escala del ámbito, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; por lo que resulta procedente la aprobación del cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 1190-2009- PRODUCE/DGEPP-Dchi (Complementario del Informe Nº 996-2009-PRODUCE/DGEPP-Dchi), y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar a favor de la empresa PESQUERA CENTINELA S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “MARY” de matrícula CE-20862-PM, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 2°.- Condicionar la vigencia del cambio de titular de la embarcación pesquera “MARY” de matrícula CE- 20862-PM, al resultado del proceso judicial correspondiente, conforme lo señalado en el tercer párrafo del Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Artículo 3°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera “MARY” de matrícula CE-20862-PM otorgado a la empresa ISLA DE ONS S.A.C. consignado en la Resolución Directoral Nº 094-2002-PE/ DNEPP. Artículo 4°.- Incorporar a la empresa PESQUERA CENTINELA S.A.C. como el nuevo titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera “MARY” de matrícula CE-20862-PM, así como la presente Resolución en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 084-2007- PRODUCE y en el Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE excluyendo a la empresa ISLA DE ONS S.A.C. consignado en dichos anexos. Artículo 5°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es : www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese RAÚL FLORES ROMANÍ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 450106-9 Relación de embarcaciones cerqueras con permiso de pesca vigente para la extracción de anchoveta y que cuentan con Límite Máximo de Captura por Embarcación, seleccionadas para la Operación Eureka LXIV RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 040-2010-PRODUCE/DGEPP Lima, 25 de enero del 2010. Visto el Informe Nº 071-2010-PRODUCE/DGEPP- Dchi del 22 de enero del 2010 de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero y el Ofi cio Nº DE- 100-023-2010-PRODUCE/IMP del 22 de enero del 2010 del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, sobre la ejecución de la “Operación Eureka LXIV”. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 010- 2010-PRODUCE del 15 de enero del 2010, se autorizó al Instituto del Mar del Perú - IMARPE la ejecución de la Operación Eureka LXIV a partir de las 00:00 horas del día 27 de enero hasta las 24:00 horas del día 28 de enero del 2010, en el área marítima comprendida entre el puerto de San Juan (15º 30’ 00’’ Latitud Sur) y el extremo sur del dominio marítimo del Perú, con la participación de diez (10) embarcaciones cerqueras con permiso de pesca vigente para la extracción del recurso anchoveta y tengan asignado LMCE (Límite Máximo de Captura por Embarcación) para la zona sur; Que, asimismo en el artículo 2º de la norma legal a que se hace referencia en el considerando precedente se dispuso que la selección de las embarcaciones cerqueras estará a cargo del IMARPE, conforme al requerimiento de la citada Institución; debiendo además, remitir a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción la relación de embarcaciones pesqueras participantes, de manera que el citado órgano de línea publique la nómina de participantes previo al inicio de la Operación Eureka LXIV; Que el IMARPE mediante el Ofi cio Nº DE-100-023- 2010-PRODUCE/IMP del 22 de enero del 2010, remitió la relación de embarcaciones pesqueras que participarán en la Operación Eureka LXIV, la misma que contiene la nominación de diez (10) embarcaciones participantes y tres (3) embarcaciones en calidad de suplentes; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto mediante el Informe Nº 071-2010- PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinión favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE, el Decreto Legislativo Nº 1084 y sus normas reglamentarias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Publicar como Anexo I la relación de embarcaciones cerqueras con permiso de pesca vigente para la extracción del recurso anchoveta y que cuentan con LMCE (Límite Máximo de Captura por Embarcación) asignado para la zona sur que han sido seleccionadas a participar en la Operación Eureka LXIV autorizada por el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 010-2010- PRODUCE Artículo 2º.- Publicar como Anexo II la relación de embarcaciones cerqueras con permiso de pesca vigente para la extracción del recurso anchoveta y que cuentan con LMCE (Límite Máximo de Captura por Embarcación) asignado para la zona sur que han sido seleccionadas a participar en calidad de suplentes en la Operación Eureka LXIV. La embarcación pesquera que fue nominada como suplente, sólo podrá operar en reemplazo de alguna de las embarcaciones asignadas en el artículo 1º de la presente resolución, cuando por razones de fuerza mayor se encuentre impedida su participación en la presente actividad científica; y para cuyo efecto, debe