Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2010 (27/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de enero de 2010

Articulo 10°.- Incorporar al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE MORDAZA Norte-Centro, aprobado por Resolucion Directoral N° 8722009-PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion pesquera "PACHACUTEC 7" de matricula CE-2415-PM, con un LMCE de 3 950,80 TM. Articulo 11°.- Incorporar al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE MORDAZA Sur, aprobado por Resolucion Directoral N° 3762009-PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion pesquera "PACHACUTEC 7" de matricula CE-2415-PM, con un PMCE de 0,031179% para la MORDAZA Sur. Articulo 12°.- Incorporar al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE MORDAZA Sur, aprobado por Resolucion Directoral Nº 451-2009PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion "PACHACUTEC 7" de matricula CE-2415-PM, con un LMCE de 155,895 TM. Articulo 13°.- Incorporar al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE MORDAZA Norte -Centro, aprobado por Resolucion Directoral N° 843-2008PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion pesquera "NAZCA" de matricula SE-6332-PM, con un PMCE de 0,10879% para la MORDAZA Norte -Centro. Articulo 14°.- Incorporar al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE MORDAZA NorteCentro, aprobado por Resolucion Directoral N° 872-2009PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion pesquera "NAZCA" de matricula SE-6332-PM, con un LMCE de 2 176,26 TM. Articulo 15°.- Incorporar al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE MORDAZA Sur, aprobado por Resolucion Directoral N° 376-2009PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion pesquera "NAZCA" de matricula SE-6332-PM, con un PMCE de 0,088115% para la MORDAZA Sur. Articulo 16°.- Incorporar al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE MORDAZA Sur, aprobado por Resolucion Directoral Nº 451-2009PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion "NAZCA" de matricula SE-6332-PM, con un LMCE de 440,575 TM. Articulo 17°.- La incorporacion de las embarcaciones pesqueras "PACHACUTEC 21" de matricula CE-13246-PM, "TIBER" de matricula CE-12514-PM, "PACHACUTEC 7" de matricula CE-2415-PM y "NAZCA" de matricula SE-6332PM, al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE MORDAZA Norte Centro, aprobado por Resolucion Directoral N° 843-2008-PRODUCE/DGEPP, y al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE MORDAZA Norte -Centro, aprobado por Resolucion Directoral N° 872-2009-PRODUCE/DGEPP, referidas en los Articulos precedentes, no modifica los PMCE y LMCE asignados a las embarcaciones pesqueras en las citadas Resoluciones. Articulo 18°.- La incorporacion de las embarcaciones pesqueras "PACHACUTEC 21" de matricula CE-13246-PM, "TIBER" de matricula CE-12514-PM, "PACHACUTEC 7" de matricula CE-2415-PM y "NAZCA" de matricula SE-6332PM la embarcacion pesquera COMANCHE I de matricula Nº CE-4051-PM, al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE MORDAZA Sur, aprobado por Resolucion Directoral N° 376-2009-PRODUCE/DGEPP, y al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE MORDAZA Sur, aprobado por Resolucion Directoral Nº 451-2009-PRODUCE/DGEPP, referidas en los Articulos precedentes, no modifica los PMCE y LMCE asignados a las embarcaciones pesqueras en las citadas Resoluciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

Visto los escritos de registro N° 00031952-2009 y 00031952-2009-1 de fechas 24 de MORDAZA y 19 de noviembre de 2009, respectivamente, presentados por la empresa EPESCA MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 51° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que durante la vigencia de la licencia para la operacion de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 437-96-PE de fecha 20 de agosto de 1996, se otorgo a EPESCA S.A. licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos a traves de su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, en su establecimiento industrial ubicado en el Km. 15,5 de la Carretera Pisco-Paracas, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, con la siguiente capacidad instalada: Harina de Pescado de Alto Contenido Proteinico: 110 t/h de materia prima; Que, a traves de los escritos del visto, la empresa EPESCA MORDAZA S.A.C. solicita el cambio del titular de la licencia de operacion otorgada mediante la Resolucion Ministerial citada en el considerando precedente en los mismos terminos y condiciones que le fueron otorgadas, para cuyo efecto mediante MORDAZA de la Partida N° 02000985 (Asiento C00003) del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA, EPESCA MORDAZA S.A.C. acredita la propiedad del inmueble ubicado en Mz. G, Lote 4 y Sub Lote 1, de la Lotizacion Industrial de MORDAZA MORDAZA, Paracas (inscrita el 13 de enero de 2009); Que, mediante el Certificado de Numeracion Nº 0012009-MDP/GDU, de fecha 16 de noviembre de 2009, se informa que el predio ubicado en la Mz. G, Lote 4 y Sub Lote 1, de la Lotizacion Industrial de MORDAZA MORDAZA corresponde a la Carretera Pisco-Paracas Km. 15.5.; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado que la empresa EPESCA MORDAZA S.A.C., ha cumplido con presentar los requisitos exigidos por la normatividad pesquera vigente y asi mismo mediante la inspeccion tecnica de verificacion de operatividad y capacidad instalada, efectuada en la planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, ubicada en la localidad de Paracas, se ha corroborado que la misma se encuentra en estado operativo y la capacidad resulta conforme con la consignada en la resolucion administrativa mencionada en el MORDAZA considerando, por lo que deviene procedente atender el cambio de titular solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe N° 910-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el articulo 51° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el procedimiento N° 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE y la Resolucion Ministerial N° 0412002-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el cambio del titular de la licencia de operacion otorgada a la empresa EPESCA S.A. mediante la Resolucion Ministerial N° 437-96-PE, a favor de la empresa EPESCA MORDAZA S.A.C., para que se dedique a la actividad de procesamiento pesquero, a traves de su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, con una capacidad instalada de 110 t/h de procesamiento de materia prima, en el establecimiento industrial pesquero ubicado en la Mz. G, Lote 4 y Sub Lote 1, de la Lotizacion Industrial de MORDAZA MORDAZA, la misma que corresponde a la Carretera MORDAZA ­ Paracas Km 15.5, distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada.

450106-5

Aprueban a favor de Epesca MORDAZA S.A.C. el cambio de titular de licencia de operacion otorgada por R.M. Nº 43796-PE
RESOLUCION DIRECTORAL N° 024-2010-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 15 de enero del 2010

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