Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2010 (27/01/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

412195

Articulo 2°.- Dejar sin efecto la titularidad de la licencia de operacion otorgada por Resolucion Ministerial N° 43796-PE a la empresa EPESCA S.A. Articulo 3°.- EPESCA MORDAZA S.A.C., debera operar su planta de procesamiento de productos hidrobiologicos con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera implementar un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, debiendo poner en operacion los equipos y/o sistemas de mitigacion y prevencion de impactos ambientales negativos contenidas en el Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental, asi como las ampliaciones del mismo que tenga a bien disponer la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria. Articulo 4°.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo precedente, asi como el incremento de la capacidad instalada de la planta de procesamiento materia del presente cambio de titular sin la autorizacion debida, seran causales de caducidad del derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, segun corresponda. Articulo 5° .- Incorporar a la empresa EPESCA MORDAZA S.A.C., como titular de la licencia de operacion de la planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, ubicada en el establecimiento industrial pesquero citado en el primer articulo de la presente Resolucion, al anexo IVA de la Resolucion Ministerial N° 041-2002-PR0ODUCE, excluyendo a la empresa EPESCA S.A. de dicho anexo. Articulo 6°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional Sectorial de la Produccion de Ica y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

450106-6

Aprueban a favor de persona natural el cambio de titular de permiso de pesca otorgada por R.D. Nº 026-99-CTARPIURA-DIREPE-DR
RESOLUCION DIRECTORAL N° 025-2010-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 15 de enero del 2010 Visto los escritos de registro Nº 00086204 de fechas 2, 10 y 20 de noviembre del 2009, presentados por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ECA. CONSIDERANDO: Que, el articulo 24° del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que la construccion y/o adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesqueria (actualmente de la Produccion), en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos, asimismo, que dicha autorizacion para embarcaciones pesqueras para consumo humano indirecto, solo se otorgaran siempre que se sustituya igual capacidad de bodega de la flota existente; Que, el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que en el caso de recursos hidrobiologicos que se encuentren plenamente explotados, el Ministerio de Pesqueria (actualmente de la Produccion) no autorizara incrementos de flota ni otorgara permisos de pesca que concedan acceso a esas pesquerias, bajo responsabilidad; salvo que se sustituya igual capacidad de bodega de la flota existente en la pesqueria de los mismos recursos hidrobiologicos; Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-

PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, el primer parrafo del articulo 9º del Reglamento de la Ley Nº 26920, aprobado por Decreto Supremo Nº 00398-PE, modificado por el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 001-99-PE, por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 003-2000-PE, por el articulo 7º del Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE, y por el Decreto Supremo Nº 0042007-PRODUCE publicado con fecha 21 de febrero del 2007, establece que la sustitucion de embarcaciones pesqueras a que se refiere el articulo 24º de la Ley General de Pesca y los articulos 12º y 18º de su Reglamento, solo se autorizara a las embarcaciones comprendidas en el regimen establecido por la Ley Nº 26920, siempre que se sustituya por otras de MORDAZA, cuya capacidad de bodega estara sujeta al volumen de bodega a sustituir; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, establece que los saldos de capacidad de bodega, que se generen de las embarcaciones sustituidas en las autorizaciones de incremento de flota, asi como en las ampliaciones de permisos de pesca, bajo la modalidad de sustitucion de capacidad de bodega, podran utilizarse de conformidad con lo previsto por el articulo 38º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Asimismo que las autorizaciones de incremento de flota via sustitucion de bodega, no podran exceder de 110 m3 de capacidad de bodega, siendo en lo demas aplicable lo dispuesto en el articulo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Ademas establece que las embarcaciones pesqueras que MORDAZA materia de sustitucion, deberan ser desguazadas como requisito previo para el otorgamiento del permiso de pesca a la nueva embarcacion; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 026-99CTAR-PIURA-DIREPE-DR del 23 de marzo de 1999, se otorgo permiso de pesca al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2 de matricula CO-18169-CM con 34.55 m3 de capacidad de bodega, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de 1 ½ pulgadas (38 mm) de abertura minima de malla, para la extraccion de los recursos jurel, caballa, machete con destino al consumo humano directo, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 093-2000CTAR PIURA/DIREPE-DR, de fecha 13 de noviembre del 2000, se amplio el permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 026-99-CTAR-PIURA-DIREPEDR al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada MORDAZA MORDAZA 2 con matricula CO-18169-CM de 34.55 m3 de capacidad de bodega, equipada con redes de cerco de ½ y 1 ½ pulgadas (13 - 38 mm) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las 5 millas de la costa; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 169-2002PE/DNEPP, de fecha 10 de MORDAZA del 2002, se modifico el nombre de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA 2, la que en adelante se denomino MORDAZA MARIA; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 064-2004GRP-420020-100 del 15 de junio del 2004, se modifico la Resolucion Directoral Nº 026-99-CTAR-PIURA/DIREPEDR del 23 de marzo de 1999 y Resolucion Directoral Nº 093-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR del 13 de noviembre del 2000, en el extremo referido al volumen de bodega de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula CO18169-CM; consignandose el volumen de 52.10 m3; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 130-2008PRODUCE/DGEPP del 7 de marzo del 2008, se aprobo el cambio de nombre de la embarcacion MORDAZA MORDAZA de matricula CO-18169-CM, en adelante MORDAZA MARIA. Asimismo, se aprobo a favor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA ECA DE MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 026-99-CTAR-PIURA-DIREPE-DR de fecha 23 de marzo de 1999, modificada por Resolucion Directoral Nº 093-2000-CTAR-PIURA/DIREPE-DR de fecha 13 de noviembre del 2000 y Resolucion Directoral Nº 0642004-GRP-420020-100 de fecha 15 de junio del 2004; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 071-2000CTAR PIURA/DIREPE-DR de fecha 30 de octubre del 2000, se otorgo permiso de pesca al armador MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.