TEXTO PAGINA: 6
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 1 de febrero de 2010 412540 concesión única solicitada para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa CABLE STAR PERÚ S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modifi catoria Ley Nº 28737, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC, actualizado por Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias; Con la opinión favorable de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa CABLE STAR PERÚ S.A.C., concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú; estableciéndose como primer servicio a prestar, el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarsecon la empresa CABLE STAR PERÚ S.A.C. para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo 2° de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 452268-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR Aprueban Clasificador de Cargos del IPEN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 302-09-IPEN/PRES Lima, 30 de diciembre de 2009 VISTO: El Memorándum Nº 408-09-PLPR, de fecha 11 de diciembre de 2009, del Director de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto sobre adecuación y actualización del Clasifi cador de Cargos de la Institución; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Presidencia Nº 056-08-IPEN/ PRES, de fecha 20 de febrero de 2008, se aprobó el Clasifi cador de Cargos del Instituto Peruano de Energía Nuclear el mismo que establece los requisitos para ocupar los cargos disponibles en el Cuadro para Asignación de Personal, aplicable al personal que ingrese a trabajar en la Institución; Que, el documento de gestión antes indicado debe incluir los requisitos mínimos y complementarios de tal forma que facilite la evaluación de candidaturas en los procesos de selección de personal que convoque la Institución; Que, mediante el documento de vistos, el Director de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, informa que el Clasifi cador de Cargos vigente requiere adecuación y actualización en los requisitos mínimos, motivo por el cual se propone consignar adecuadamente estos requisitos para el ejercicio de un cargo en la Institución, lo que cuenta con la aprobación de la Dirección Ejecutiva mediante Proveído Nº 3819-09-EJEC; Con el visto de la Directora Ejecutiva, de la Directora de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, del Director de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora de la Ofi cina de Administración y de la Jefa de la Unidad de Recursos Humanos; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Clasifi cador de Cargos del Instituto Peruano de Energía Nuclear, IPEN, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El Clasifi cador de Cargos aprobado por la presente Resolución se aplicará a todo el personal que ingrese a laborar al IPEN. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Nº 056-08-IPEN/PRES, de fecha 20 de febrero de 2008. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. El clasifi cador de cargos que se aprueba deberá publicarse en el portal institucional: www.ipen.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano, de conformidad con lo previsto en el artículo 3º de la Ley Nº 29091. Regístrese, comuníquese y archívese. CARLOS BARREDA TAMAYO Presidente 452032-1 Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del IPEN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 303-09-IPEN/PRES Lima, 30 de diciembre 2009 VISTO: El Memorándum Nº 409-09-PLPR, del Director de Planeamiento y Presupuesto sobre reordenamiento del Cuadro Analítico de Personal - CAP; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establecen los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización de la gestión del Estado, que tiene por fi nalidad fundamental, la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM se aprueban los lineamientos generales para la elaboración del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las entidades de la Administración Pública, con la fi nalidad