Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2010 (01/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 1 de febrero de 2010

Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de enero del 2010. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 452532-2

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Declaran no ha lugar la imposicion de sancion contra el Consorcio Integrado por las empresas La Favorita Peruana S.R.Ltda., Distribuciones Geminis SJT E.I.R.L. y MORDAZA & Sons's International Poli Service S.R.L.
RESOLUCION Nº 115-2010-TC-S4 Sumilla : "[...] este Tribunal considera que no existen suficientes indicios para determinar que el documento cuestionado sea falso, por lo que no corresponde imponer sancion al Consorcio respecto de la infraccion imputada" MORDAZA, 25 de enero de 2010 Visto en sesion de fecha 25 de enero de 2010 la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado el Expediente Nº 1909.2009-TC; sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra el Consorcio integrado por las empresas La Favorita Peruana S.R.Ltda., Distribuciones Geminis SJT E.I.R.L. y MORDAZA & Sons´s International Poli Service S.R.L. por su supuesta responsabilidad en la MORDAZA de documento falso ante el Instituto Nacional Penitenciario ­ Oficina Regional Norte. I. ANTECEDENTES: 1. El 25 de marzo de 2009, el Instituto Nacional Penitenciario ­ Oficina Regional Norte, en adelante la Entidad, convoco la Licitacion Publica Nº 001-2009-INPE/17 (Primera Convocatoria), para el "Suministro de alimentos preparados para internos (as), ninos y personal INPE que labora 24x48 horas del Establecimiento Penitenciario de Chiclayo", por un valor referencial total ascendente a S/. 2´508,280.00 (Dos millones quinientos ocho mil doscientos ochenta con 00/100 Nuevos Soles), incluidos los tributos de ley. 2. El 19 de MORDAZA de 2009, se llevo a cabo la MORDAZA de propuestas, habiendose presentado, entre otros, el Consorcio integrado por las empresas La Favorita Peruana S.R.Ltda., Distribuciones Geminis SJT E.I.R.L. y MORDAZA & Sons´s International Poli Service S.R.L., en adelante el Consorcio. 3. El 20 de MORDAZA del 2009, el Comite Especial, luego de la evaluacion tecnica y economica correspondiente, otorgo la buena pro al Consorcio. 4. El 10 de agosto de 2009, la Entidad presento el Oficio Nº 488-2009-INPE/17, adjuntando el Informe Nº 017-2009INPE/17.04-J.LOG, mediante el cual denuncio al Consorcio por su supuesta responsabilidad en la MORDAZA, como parte de su propuesta tecnica, de la MORDAZA emitida por la Universidad Agraria la MORDAZA otorgada al Sr. MORDAZA Roig MORDAZA, documento supuestamente falso, por los siguientes fundamentos: a) La Jefatura de Logistica de la Entidad, solicito al Ing. MORDAZA Yslas Chee, Jefe de la Oficina de Bienestar Universitario y Asuntos Estudiantiles (OBUAE), de la Universidad Agraria la MORDAZA, que confirme la autenticidad de la MORDAZA otorgada al Sr. MORDAZA Roig MORDAZA, por haber participado en el Taller de Capacitacion "Higiene Manipulacion y Preparacion de Alimentos", debido a que

como jefe de dicha area era la persona indicada para firmar o refrendar la referida constancia; sin embargo, el documento fue firmado por la Ing. MORDAZA MORDAZA Zedano, administradora del Comedor de la Universidad Agraria la Molina. b) Mediante Carta de fecha 27 de MORDAZA de 2009, el Ing. MORDAZA Yslas Chee, manifesto que el senor MORDAZA Roig MORDAZA asistio a la Capacitacion "Buenas Practicas en la Manipulacion de Alimentos", asimismo hizo llegar la relacion de participantes al Taller de Capacitacion, donde se puede observar que el referido senor aparece como ultimo inscrito al taller en mencion. Asi tambien se puede apreciar un error de escritura de los apellidos "ROIG" y "ROING y, finalmente, se puede verificar que la fecha de registro son los dias 17 y 18 de marzo de 2009 mientras que, segun la MORDAZA presentada por el Consorcio, el taller se realizo el dia 16 y 17 de marzo de 2009. c) En tal sentido, se puede apreciar que hay indicios de adulteracion en la MORDAZA otorgada al Sr. MORDAZA Roig MORDAZA, tal como se ha demostrado mediante la carta de fecha 27 de MORDAZA de 2009. 5. Mediante decreto del 11 de agosto de 2009, se dispuso el inicio del procedimiento administrativo sancionador contra el Consorcio por su supuesta responsabilidad en la MORDAZA de documento falso ante la Entidad, otorgandole el plazo de diez (10) dias para presentar los descargos, bajo apercibimiento de resolver con la documentacion obrante en autos. 6. Mediante escritos del 31 de agosto de 2009 y 2 de setiembre de 2009, la empresa MORDAZA & Sons´s International Poli Service S.R.L., integrante del Consorcio, presento sus descargos, respecto a los hechos imputados, manifestando lo siguiente: a) La Universidad Agraria de la MORDAZA, ha comunicado la participacion del senor MORDAZA Roig MORDAZA en el taller de Capacitacion "Higiene, Manipulacion y Preparacion de Alimentos", aclarando que ha MORDAZA una confusion en las fechas del evento y en la consignacion de los apellidos "ROIG" y "ROING". b) No puede considerarse que hay errores en el otorgamiento de la MORDAZA que invaliden el referido documento, toda vez que el error de escritura de los apellidos "ROIG" y "ROING fue generado por un auxiliar que se encargaba del control de asistencia. c) En tal sentido, la confusion en las fechas del evento y la mala anotacion de un apellido, no invalida que el senor MORDAZA Roig MORDAZA si acudio al evento, mas aun teniendo en consideracion que mediante carta de fecha 27 de MORDAZA de 2009, emitida por la Universidad Agraria de la MORDAZA, se ha confirmado la participacion del referido senor en el evento. 7. Mediante proveido del 8 de setiembre de 2009, se tuvo por apersonada a la empresa MORDAZA & Sons´s International Poli Service S.R.L., y por senalado su domicilio procesal sito en MORDAZA MORDAZA Nº 152-Pueblo Libre ­ Lima; asimismo, se hizo efectivo el apercibimiento a la empresa la Favorita Peruana S.R.LTDA., integrante del Consorcio, por no cumplir con presentar sus descargos. 8. Mediante proveido de fecha 01 de octubre de 2009, se hizo efectivo el apercibimiento a la empresa Distribuciones Geminis SJT E.I.R.L., integrante del Consorcio, y se remitio el expediente a la Cuarta Sala del Tribunal para que resuelva. 9. Mediante proveido de fecha 28 de diciembre de 2009, se requirio a la Universidad Nacional Agraria de la MORDAZA, que dentro de un plazo de tres dias, informe si la MORDAZA otorgada al senor MORDAZA Roig MORDAZA, por haber participado en el taller de capacitacion "HIGIENE, MANIPULACION Y PREPARACION DE ALIMENTOS", es verdadera o contiene informacion inexacta. 10. Mediante proveido de fecha 07 de enero de 2010, se reitero a la Universidad Nacional Agraria de la MORDAZA, que en un plazo de tres dias remita la informacion requerida mediante proveido de fecha 28 de diciembre de 2009, teniendo en consideracion que no cumplio con remitirla dentro del plazo otorgado. II. FUNDAMENTACION 1. El presente caso tiene como objetivo determinar la responsabilidad del Consorcio por la inclusion, en su propuesta tecnica, de la MORDAZA emitida por la

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