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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (27/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de febrero de 2010 414762 Que, la Gerencia de Rentas ha estimado necesario otorgar un plazo adicional para el cumplimiento de obligaciones tributarias del presente ejercicio fi scal, así como para la regularización de las deudas no tributarias y coactivas de años anteriores, toda vez que existe un número importante de vecinos que han demostrado su voluntad de acogimiento a los benefi cios brindados y que por diversos factores no pueden realizar sus pagos dentro de las fechas establecidas; Que, en tal virtud, resulta necesario también extender el plazo de los benefi ciados para el sorteo por pago del primer trimestre del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2010-MDJM, a fi n de que aquellos vecinos que cumplan oportunamente con sus obligaciones tributarias, puedan participar en el mismo; Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42 y el numeral 6 del Artículo 20 de La Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORRÓGUESE hasta el 31 de marzo del 2010, el vencimiento del plazo previsto para: a) El pago al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio gravable 2010. b) El pago de los Arbitrios Municipales de los meses de enero y febrero del 2010, así como el benefi cio de descuento por pronto pago de dichos tributos. c) La vigencia de la Ordenanza Nº 332-MDJM. Artículo Segundo.-. Amplíese la fecha prevista en el Artículo 2 del Decreto de Alcaldía Nº 001-2010-MDJM, a fi n de comprender en el sorteo a todos los contribuyentes que cumplan con el pago oportuno de sus obligaciones tributarias del Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio gravable 2010 hasta el 30 de marzo del 2010. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Informática, el cumplimiento de la presente norma, en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones, la difusión de la misma. Artículo Cuarto.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 462083-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Prorrogan plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual y pago de cuotas del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2010 La Molina, 26 de febrero del 2010 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA: CONSIDERANDO: Que, el artículo 29° del Texto Único Ordenado de Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135- 99-EF establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria, podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, de conformidad con la Ordenanza N° 43 del 31 de enero de 2002, el señor Alcalde está facultado para dictar las disposiciones correspondientes en cada ejercicio fi scal a efectos de ampliar el plazo de pago de los Tributos, facilitando así a los contribuyentes al cumplimiento oportuno de sus obligaciones de pago con la Municipalidad; Que, asimismo, mediante Ordenanza 186-MDLM, se aprobó el Marco Normativo e Importe de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2010, la misma que en su Segunda Disposición Final facultó al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la Ordenanza así como para disponer la prórroga correspondiente; tal como prescribe el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, a fi n de dar facilidades a los contribuyentes para que paguen de manera oportuna sus Tributos municipales, el Alcalde deberá dictar las disposiciones correspondientes para otorgar una prórroga del vencimiento del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas mediante el artículo 20° numeral 6 y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2010, el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual y pago al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial 2010, así como para el pago de los Arbitrios Municipales del mes de Enero y Febrero del presente ejercicio. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicaciones, Gerencia de Comunicaciones y Participación Vecinal y Gerencia de Rentas y el cumplimiento del presente Decreto en lo que fuere de su competencia. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde 462384-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Otorgan beneficio temporal y excepcional para la renovación del Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica ORDENANZA Nº 099-2010/MLV La Victoria, 5 de febrero del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA POR CUANTO: VISTO; en sesión ordinaria de la fecha el dictamen conjunto Nº 001-2010-CPDU-CPPPAL/MDLV emitido por las Comisiones Permanentes de Regidores de Desarrollo Urbano y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 –Ley Orgánica de Municipalidades– los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiendo al Concejo Municipal la función normativa a través de Ordenanzas, las cuales tienen