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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (27/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de febrero de 2010 414750 VISTO, el Acuerdo de la Sesión de Directorio N°252 del 23 de febrero de 2010; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 26366 se creó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, cuyo objetivo principal es dictar las políticas y normas técnico – administrativas de los Registros Públicos; Que, la Zona Registral N°IX – Sede Lima, Organo Desconcentrado de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, tiene ámbito geográfi co y competencia registral en el Departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao; Que, de acuerdo con la política de descentralización impulsada por el Gobierno Central, esta Superintendencia ha considerado prioritario facilitar el acceso a los servicios registrales de la creciente población de Lima Metropolitana; de tal manera que se descentralice, aún más, los servicios que presta la Sede de la Zona Registral N°IX – Sede Lima, a fi n de que el ciudadano pueda acceder a una atención más oportuna y efi ciente; Que, de acuerdo al Ofi cio Nº1507-2009-SUNARP- ZRN°IX/JEF, la Zona Registral N°IX – Sede Lima, solicita se declare la apertura de dos Ofi cinas Receptoras en los distritos de San Miguel y San Luis, respectivamente; Que, las Ofi cinas Receptoras contarán con las condiciones materiales y personales necesarias para que los usuarios de los distritos en los que se ubican las Ofi cinas Receptoras y, además, de los distritos aledaños a los mismos puedan solicitar servicios registrales; Que, conforme al Acuerdo adoptado en Sesión del Directorio N° 252 del 23 de febrero de 2010, en uso de la facultad conferida por el literal c) del artículo 12° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema N° 135-2002-JUS, y del v) del artículo 7° del mismo texto normativo; SE RESUELVE: Artículo Unico.- AUTORIZAR, la creación, apertura y funcionamiento de las Ofi cinas Receptoras de San Miguel y San Luis, ubicadas en Lima Metropolitana, bajo la circunscripción de la Zona Registral N°IX – Sede Lima. Las Ofi cinas Receptoras, como unidades de ejecución de la Zona Registral, se encargarán de prestar los servicios de recepción y traslado para su atención de títulos y de solicitudes de servicios de publicidad registral, además de los servicios que la Zona Registral considere oportuno implementar. El detalle de los servicios a prestar será determinado por Resolución emitida por el Jefe Zonal. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Públicos 462437-1 Oficializan el evento “Primer Diplomado en Derecho Privado, Registral y Notarial” que se realizará en la ciudad de Piura RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 037-2010-SUNARP/SN Lima, 26 de febrero de 2010 VISTO, el Ofi cio N°037-2010/Z.R.N°I-JEF mediante el cual el Jefe (e) de la Zona Registral N°I – Sede Piura, solicita se ofi cialice el “Primer Diplomado en Derecho Privado, Registral y Notarial”, el mismo que es co-organizado por el Comité de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo- CAFAE de dicha Sede Registral y la Universidad de Piura (UDEP) y que se llevará a cabo entre los meses de marzo a julio en las instalaciones de la universidad en mención; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al documento del visto, el evento denominado “Primer Diplomado en Derecho Privado, Registral y Notarial” tiene la fi nalidad fundamental de capacitar a los integrantes del Sistema Nacional de Los Registros Públicos (Vocales del Tribunal Registral, Registradores Públicos, Asistentes Registrales y Abogados) y a miembros de la comunidad jurídica de la Región Norte; Que, de conformidad al artículo 16º literal e) de la Ley N° 26366, Ley que crea el Sistema Nacional y la Superintendencia de los Registros Públicos, es atribución y obligación del Superintendente “Promover la capacitación de los registradores públicos y demás personal de los registros del sistema”; Que, en tal sentido es de importancia institucional la organización de eventos que permitan la capacitación y actualización de la comunidad jurídica y del personal del Sistema Nacional de los Registros Públicos en temas que tienen incidencia en la labor registral; Estando a lo establecido en el literal v) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS, y con la visación de la Escuela de Capacitación Registral; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Otorgar carácter ofi cial al evento académico “Primer Diplomado en Derecho Privado, Registral y Notarial”, el mismo que es co-organizado por el CAFAE de la Zona Registral N°I – Sede Piura y la Universidad de Piura (UDEP) y que se llevará a cabo entre los meses de marzo a julio en las instalaciones de la universidad en mención en la ciudad de Piura. Artículo Segundo.- Disponer que al término del mencionado evento académico se remitan las conclusiones, así como las ponencias presentadas en el mismo, a esta Superintendencia y a la Escuela de Capacitación Registral para su conocimiento y difusión respectiva. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Públicos 462436-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen el Rol correspondiente al mes de marzo de 2010 para el Juzgado Penal de Turno Permanente CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 06-2010-CED-CSJLI/PJ Lima, 26 de febrero de 2010 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 05-2010-CED- CSJLI/PJ, de fecha primero de febrero del año en curso; la Resolución Administrativa Nº 152-2009-CE-PJ, de fecha siete de mayo de dos mil nueve; la Resolución Administrativa Nº 388-2009-CE-PJ de fecha treinta de noviembre de dos mil nueve; la Resolución Administrativa N° 116-2010-P- CSJLI/PJ de fecha veintinueve de enero de dos mil diez; el Ofi cio Nº 317-2010-P-CSJLI/PJ (CVM), de fecha veinticinco de febrero del año en curso; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante Resolución Administrativa Nº 05-2010-CED-CSJLI/PJ, se programó el rol del Juzgado Penal de Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima correspondiente al mes de febrero del presente año, de conformidad con el numeral 6) del artículo 96° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.