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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de julio de 2010 421985 Unidos de América, del 19 al 21 de julio de 2010, para realizar una visita ofi cial e intercambiar experiencias de interés con el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú: 1. Tte Gral. USA, (Director de la Agencia de Inteligencia de Defensa) Ronald L. Burgess Jr. 2. Mayor USA, (Ayudante del General) Alan Throop. 3. Civil (Asesor de Seguridad) Bryan Weber. 4. Civil (Director Ofi cial Enlace Internacional) Stewart Barnett. 5. Civil (Ofi cial de Enlace Internacional) Brandon Porter. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 517111-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 704-2010-DE/SG Lima, 8 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nro. 741 de fecha 06 de julio de 2010 el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República del Ecuador sin armas de guerra; Que, el Perú es el país anfi trión del ejercicio multinacional UNITAS PACIFICO 2010; Que, personal militar de las Fuerzas Armadas de la República del Ecuador participará en el referido ejercicio multinacional; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, a los siguientes efectivos de la Marina de la República del Ecuador, sin armas de guerra, para que participen en el Staff del Ejercicio UNITAS PACIFICO 2010, del 12 al 25 de julio de 2010: 1. Capitán de Fragata ( CPFG-EM) Freddy Endara Saavedra 2. Capitán de Corbeta (CPCB-SU) Àngel Moreno Larco Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 517111-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 705-2010-DE/SG Lima, 8 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 703 de fecha 24 de junio de 2010 el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, el Perú es el país anfi trión del ejercicio multinacional UNITAS PACIFICO 2010; Que, personal militar de las Fuerzas Armadas de la República de Chile participará en el Staff del Estado Mayor durante el referido ejercicio multinacional; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, a los siguientes efectivos de la Marina de la República de Chile, sin armas de guerra, para que participen en el Staff del Estado Mayor durante el Ejercicio UNITAS PACIFICO 2010, del 12 al 20 de julio de 2010: 1. Capitán de Fragata Leopoldo Diaz Fadic 2. Capitán de Fragata Andrés Fernández Biggs Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 517111-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 706-2010-DE/SG Lima, 8 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 701 de fecha 24 de junio de 2010 el Director General para Asuntos