Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2010 (10/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de MORDAZA de 2010

de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de las celebraciones del aniversario de la Independencia del Peru, se realizaran diversas actividades, dentro de las cuales en la MORDAZA de Tacna se llevara a cabo el encuentro de Bandas Militares denominado "Contrapunto", donde participaran los ejercitos de la Republica de MORDAZA y del Peru, el 27 de MORDAZA de 2010; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable del Ejercito del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar sin MORDAZA de la Republica de MORDAZA, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente resolucion, el 27 de MORDAZA de 2010, para participar en el encuentro de Bandas Militares denominado " Contrapunto", en la MORDAZA de Tacna. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 517111-4 RESOLUCION MINISTERIAL N° 707-2010-DE/SG MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 709 de fecha 25 de junio de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la XVII Ronda de Conversaciones entre los altos Mandos de las Fuerzas Armadas de la Republica de MORDAZA y del Peru, con el proposito de suscribir el Acta Final de Trabajo CAEN-ANEPE, acordaron formular una propuesta para un MORDAZA Modelo de Seguridad SubRegional; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa

mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la Direccion General de Educacion y Doctrina del Ministerio de Defensa, y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica al siguiente Oficial de las Fuerzas Armadas de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de MORDAZA, para participar en la suscripcion del Acta Final de Trabajo CAEN ­ANEPE (Centro de Altos Estudios Nacionales) y (Academia Nacional de Estudios Politicos y Estrategicos), respectivamente, del 13 al 16 de MORDAZA de 2010: 1.- General de Brigada Werther Araya Menghini

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 517111-5 RESOLUCION MINISTERIAL N° 708-2010-DE/SG MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) NRO. 740 de fecha 06 de MORDAZA de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, en el Centro del Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos de las Fuerzas Armadas del Ministerio de Defensa, se realizara el MORDAZA "Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos", disenado para instructores en Derechos Humanos, entre el 19 al 23 de MORDAZA de 2010; Que, el Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de MORDAZA conjuntamente con el Instituto de Cooperacion para la Seguridad Hemisferica del Ejercito Sur (WHINSEC), auspiciaran dicho evento; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la Direccion General de Educacion y Doctrina del Ministerio de Defensa y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899;

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