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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de julio de 2010 422252 DISPOSICIONES FINALES Primera.- Incorpórese en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA vigente, los requisitos y procedimientos aprobados en la presente Ordenanza, debiendo la Gerencia de Planifi cación proceder a la elaboración de su estructura de costos. Segunda.- En los aspectos no previstos en la presente norma, se aplicará supletoriamente la Ordenanza Nº 272- MM, modifi cada por la Ordenanza Nº 317-MM. Tercera.- Encárguese a la Gerencia de Autorización y Control y a la Subgerencia de Comercialización el cumplimiento, difusión e implementación de la presente Ordenanza. Cuarta.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 518724-1 Disponen el embanderado general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2010/MM EL ALCALDE DE MIRAFLORES; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 195º de la Constitución del Estado, concordante con la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las municipalidades son órganos de gobierno local con personería jurídica y gozan de autonomía administrativa, económica y política en los asuntos de su competencia; Que, la actual administración considera de vital importancia fomentar y preservar los valores cívicos que acentúen el amor a la patria a través de sus símbolos más representativos como es la bandera nacional; Que, el 28 y 29 de julio del presente año se conmemora el Centésimo Octogésimo Noveno (189°) aniversario de la Independencia Nacional, ocasión propicia para embanderar el distrito como símbolo de especial signifi cado, respeto y evocación de los valores que nos legaron nuestros próceres y precursores de la independencia nacional; En uso de las facultades conferidas por el artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderado general del distrito de Mirafl ores, con ocasión de conmemorarse el Centésimo Octogésimo Noveno (189°) aniversario de la Independencia Nacional por el período comprendido entre el 15 y 31 de julio del presente año. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia de Participación Vecinal. Dado en el Palacio Consistorial de Mirafl ores a los cinco días del mes de julio de dos mil diez. MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 518722-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2010/MDP-A Pachacámac, 9 de julio del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Constitución Política del Perú modifi cada en su Artículo 194º por la Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional” y la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, defi nen que las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular, con personería jurídica de derecho público y autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el 28 de julio próximo se celebrará el Centésimo Octogésimo Noveno Aniversario de la Independencia del Perú; que en este magno acontecimiento Cívico Patriótico, es función del Gobierno Local impulsar una cultura cívica de respecto a los valores y símbolos e incentivar la participación del vecindario, con el propósito de fortalecer y reafi rmar nuestra conciencia cívica, así como el mantenimiento, limpieza, conservación y mejorar el ornato local, conforme lo establece el numeral 16) del Artículo 82º en concordancia con el numeral 6) del Artículo 93º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, en señal de identidad con nuestros símbolos patrios corresponde en estas fechas conmemorativas disponer el embanderamiento general en el distrito, así como el arreglo de las fachadas de los inmuebles públicos y privados; Estando al mérito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º en concordancia con el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general de todos los inmuebles del Distrito de Pachacámac desde el día 12 al 31 de Julio del 2010, con ocasión de conmemorarse el 28 de Julio del presente año el Centésimo Octogésimo Noveno Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- DISPONER la limpieza, pintado y embellecimiento de las fachadas de sus predios, para un mejor ornato del Distrito y como muestra de respeto a nuestro aniversario patrio. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaria General, Ofi cina de Informática y Estadística y la Unidad de Imagen Institucional la difusión y publicación del presente y a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios a la Ciudad y demás Unidades Orgánicas el estricto cumplimiento del presente Decreto, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO RAMOS LESCANO Alcalde 519207-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municípalidad DECRETO DE ALCALDIA N° 000007 Callao, 9 de julio de 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO