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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2010 (15/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de julio de 2010 422245 REGIDOR GERARDO ADALBERTO CALIZAYA ZABALAGA REGIDOR FLAVIA MAMANI COAGUILA REGIDOR PASTORA VANESA TOLA CON REGIDOR LUIS MAMANI TICONA REGIDOR HILDEFONSA BUSTIOS CURI DE ZABALAGA PUNO PUNO AMANTANI ALCALDE BENITA SUAÑA CALSIN REGIDOR GABRIEL HUATTA HUATTA REGIDOR WANIZA JULI QUISPE REGIDOR RUFINO QUISPE PACOMPIA REGIDOR ANGELA MAMANI YANARICO REGIDOR SERAPIO QUISPE QUISPE PUNO SANDIA LIMBANI ALCALDE ANGELA LARICO PACORI REGIDOR GREGORIA CHURA SONCCO REGIDOR WILFREDO JULIAN YAPO MACHACA REGIDOR GILMER ALVARES VALENCIA REGIDOR SABINA SONCCO YUCRA REGIDOR JUAN CANCIO CAYTE TURPO PUNO SANDIA PATAMBUCO ALCALDE TROADIO CCALLO GARATE REGIDOR FIDEL CESPEDES CCALLO REGIDOR ADELAIDA LAYA MAMANI REGIDOR DELIA VIL ARAUJO OCHOA REGIDOR AGRIPINA OLGA APAZA CCALLO REGIDOR HONORIO CHOQUEHUANCA BANDA PIURA TALARA EL ALTO ALCALDE SIGIFREDO JUAN ZARATE VITE REGIDOR JUAN FRANCISCO CHAVEZ RONDOY REGIDOR CARMEN AMELIA CRUZ PERICHE REGIDOR JUAN ECCA JACINTO REGIDOR TERESA LOURDES RISCO ARISMENDIZ REGIDOR SUSANA ISABEL JIMENEZ BENITES UCAYALI CORONEL PORTILLO MASISEA ALCALDE DELIS BARDALES BARDALES REGIDOR ABEL ESCOBAR BARBARAN REGIDOR ABNER ANCON RODRIGUEZ REGIDOR JULIO ISAAC ABENSUR RIOS REGIDOR ANGELA KATIUSCA RODRIGUEZ CHUJUTALLI REGIDOR ELMER VASQUEZ FIGUEROA Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros, al Ministerio de Economía y Finanzas, al Ministerio de Interior, a la Contraloría General de la República, al Banco de la Nación, a la Oficina Nacional de Procesos Electorales y al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SIVINA HURTADO PEREIRA RIVAROLA MINAYA CALLE MONTOYA ALBERTI VELARDE URDANIVIA BRAVO BASALDÚA Secretario General 519260-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Aprueban cambio del artículo 1º del Estatuto Social de empresa, según el cual su nueva denominación social será Fiduperú S.A. Sociedad Fiduciaria RESOLUCIÓN SBS Nº 6886-2010 Lima, 2 de julio de 2010 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: VISTAS: Las comunicaciones presentadas por Fiduciaria GBC S.A., a efectos de solicitar la autorización para la modifi cación parcial de su Estatuto Social, el mismo que incluye la modifi cación de su denominación social; y, CONSIDERANDO: Que, en Junta General de Accionistas celebrada el 25 de febrero de 2010, se acordó la modifi cación del artículo 1º del Estatuto Social de la empresa, referido al cambio de denominación social de Fiduciaria GBC S.A. a Fiduperú S.A. Sociedad Fiduciaria y su nombre abreviado Fiduperú. Que, en la mencionada Junta se acordó la modifi cación de los artículos 43º, 61º, 69º, 75º (en los numerales 15 y 21), 77º, 78º, 80º (en el numeral 3) y 81º del Estatuto Social de la empresa de acuerdo al texto que en dicha acta se indica, a fi n de mejorar la administración de la empresa; Que, de la revisión efectuada a la documentación presentada, se evidencia que Fiduciaria GBC S.A. ha cumplido con los requisitos señalados en el procedimiento Nº 44 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (TUPA); Estando a lo opinado por el Departamento Legal y por el Departamento de Supervisión Bancaria “B”; y con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 14º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley 26702 y del procedimiento Nº 44 del TUPA de esta Institución. RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar en los términos propuestos el cambio del artículo 1º del Estatuto Social de la empresa, según el cual la nueva denominación social será Fiduperú S.A. Sociedad Fiduciaria y su nombre abreviado Fiduperú. Artículo Segundo.- Aprobar en los términos propuestos la modifi cación de los artículos 43º, 61º, 69º, 75º (en los numerales 15 y 21), 77º, 78º, 80º (en el numeral 3) y 81º del Estatuto Social de la empresa, cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este organismo de control; y devuélvase la minuta que lo formaliza con el sello ofi cial de esta Superintendencia, para su elevación a escritura pública, en la que se insertará el texto de la presente Resolución, para su correspondiente inscripción en el Registro Público respectivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 518322-1