Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2010 (15/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- No incorporar al Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores al senor Ing. Msc. MORDAZA Quinteros Garcia. Articulo 2º.- Otorgar un plazo de treinta (30) dias para que de cumplimiento a la medida cautelar expedida por el Juzgado Mixto de Tarapoto, bajo apercibimiento del retiro de las firmas de las autoridades universitarias de la Universidad Nacional de San MORDAZA, Tarapoto, en resguardo de la legalidad del Registro Nacional de MORDAZA y Titulos de la Asamblea Nacional de Rectores, asi como hacer de conocimiento de de la presente al Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 3º.- Publiquese la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 518425-1

3. El articulo 191 de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones, preve que la publicacion o difusion de encuestas y proyecciones de cualquier naturaleza sobre los resultados de las elecciones a traves de los medios de comunicacion pueden efectuarse hasta el MORDAZA anterior al dia de las elecciones. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante la Resolucion Nº 130-2008-JNE. Por tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- INSCRIBIR en el Registro Electoral de Encuestadoras a la empresa SISTEMAS Y COMUNICACIONES ESTRATEGICAS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA "SICOES E.I.R.L.", la que debera sujetar su actividad a las atribuciones y prohibiciones establecidas en las normas electorales respectivas. Articulo Segundo.- Abrir la partida correspondiente a dicha encuestadora, asignandole como codigo de identificacion el Registro Nº 179-REE/JNE. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALBERTI MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 510422-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Disponen inscripcion de la empresa Sistemas y Comunicaciones Estrategicas Empresa Individual de Responsabilidad Limitada "SICOES E.I.R.L." en el Registro Electoral de Encuestadoras
RESOLUCION Nº 317-2010-JNE Expediente Nº J-2010-0352 MORDAZA, veinte de MORDAZA de dos mil diez VISTO el pedido de inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras formulado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Representante Legal de la empresa SISTEMAS Y COMUNICACIONES ESTRATEGICAS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA "SICOES E.I.R.L.". CONSIDERANDO 1. En virtud de lo prescrito por la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones, y por la Ley Nº 27369, que la modifica, el MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante la Resolucion Nº 390-2005-JNE, modificada por la Resolucion Nº 355-2006-JNE, aprobo el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, cuyo articulo 4 establece los requisitos para la inscripcion en el citado registro. 2. Con los documentos adjuntados, indicacion del domicilio y acreditacion del profesional calificado, la empresa satisface los requisitos previstos en el articulo 4 del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, por lo que debe disponerse la inscripcion de la empresa SISTEMAS Y COMUNICACIONES ESTRATEGICAS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA "SICOES E.I.R.L.", asignandosele un numero de registro y procediendose a la apertura de la partida correspondiente.

Declaran la conformacion de los concejos municipales involucrados en el MORDAZA de Nuevas Elecciones Municipales del ano 2010 hasta culminar el periodo de gobierno municipal 2007- 2010
RESOLUCION Nº 534-2010-JNE MORDAZA, doce de MORDAZA de dos mil diez I. ANTECEDENTES Por Decreto Supremo Nº 020-2010-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 021-2010-PCM, publicados en el Diario Oficial El Peruano el 30 de enero y 6 de febrero de 2010, respectivamente, se convoco a Nuevas Elecciones Municipales para el 6 de junio de 2010 en 29 distritos electorales ubicados en distintos departamentos de la Republica, de los cuales, en algunos distritos, se revoco a mas de un MORDAZA del numero del respectivo concejo municipal como resultado de la consulta popular de revocatoria realizada el 29 de noviembre de 2009, y en otros no se llego a proclamar autoridades electas en las Nuevas Elecciones Municipales realizadas el ano 2009. Por Resolucion Nº 055-2010-JNE, de fecha 3 de febrero de 2010, se definio una circunscripcion administrativoelectoral a cargo del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro, con sede en la MORDAZA de MORDAZA y con subsedes en las ciudades de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Abancay, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, Ica, Pucallpa, Puerto MORDAZA y Puno. Mediante las Resoluciones Nºs. 167-2010-JNE y 2212010-JNE, de fechas 16 de marzo y 8 de MORDAZA de 2010, se declaro que en 10 distritos electorales no se llevarian a cabo las nuevas elecciones municipales convocadas para el MORDAZA 6 de junio de 2010, por no haberse inscrito lista de candidatos.

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