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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2010 (18/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 58

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de julio de 2010 422412 adjudicación en venta directa del predio de propiedad del Estado de 1,470.00 m², ubicado a la altura del km. 10.5 de la Panamericana Sur, cruce con la Av. Pachacutec, distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN es un organismo público, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración están a su cargo y tiene como fi nalidad buscar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 002-2009-VIVIENDA, así como el Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA; Que, el Estado es propietario del predio de 1470,00 m², ubicado a la altura del km. 10,5 de la carretera Panamericana Sur, cruce con la Avenida Pachacutec en el distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 07047062 del Registro de Predios de Lima y anotado en el Registro SINABIP Nº 2417 del Libro de Lima; Que, mediante escrito ingresado a la SBN con fecha 20 de julio de 2009, el Señor Napoleón Segundo Miranda Mendivil y señora María Luz Artica Pichu de Miranda, solicitan la adjudicación en venta directa del predio descrito en el párrafo precedente; Que, según el Informe Nº 0968-2009/SBN-GO- JAD de fecha 30 de noviembre de 2009, con la conformidad de la Jefatura de Adjudicaciones, se opina por la factibilidad al trámite de adjudicación en venta directa del inmueble anteriormente descrito a favor del señor Napoleón Segundo Miranda Mendivil y señora María Luz Artica Pichu de Miranda; toda vez que se ha determinado que la recurrente se encuentra en posesión plena sobre la totalidad del predio solicitado con fi nes de vivienda desde antes del 12 de abril de 2006, razón por la cual la solicitud se enmarca en el supuesto establecido en el literal c) del artículo 77 del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, el artículo 13º de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, señala que la SBN, es un organismo público descentralizado y constituye un pliego presupuestal; Que, el artículo 75.2 del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA, establece que la solicitud de venta directa deberá ser presentada ante la entidad propietaria del bien o el Gobierno Regional, según corresponda y será aprobada por Resolución del Titular del Pliego sustentada en el respectivo Informe Técnico – Legal, previa opinión técnica de la SBN; Que, siendo la SBN, titular de dominio del inmueble solicitado, corresponde al Superintendente Nacional de Bienes Estatales, en su condición de Titular del Pliego, aprobar las adjudicaciones en venta directa; Que, mediante Ofi cio Nº 002-2010-CNT de fecha 5 de enero de 2010, modifi cado por Ofi cio Nº 016- 2010-CNT de fecha 18 de enero de 2010, la empresa Corporación Nacional de Tasadores S.A.C., remitió el informe de valuación comercial del predio antes referido, cuyo valor ascendía a la suma de US$ 514,500.00 (Quinientos catorce mil quinientos y 00/100 Dólares Americanos); Que, en mérito a lo dispuesto por el artículo 78 del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y a lo señalado en la Directiva Nº 001-2007/SBN “Procedimientos para la aprobación de la venta de predios del dominio privado del Estado de libre disponibilidad” aprobada por Resolución Nº 018-2007/SBN de fecha 29 de marzo de 2007 y su modifi catoria, se publicó con fecha 27 de febrero de 2010, en el Diario “Expreso” y Diario Ofi cial El Peruano, así como en la página Web de la SBN, el aviso que publicita el valor de tasación comercial del inmueble descrito, con la fi nalidad que cualquier interesado pueda por única vez y dentro del plazo de diez (10) días útiles, presentar una mejor oferta para la compra; Que, con solicitud de ingreso Nº 04195-2010 de fecha 12 de marzo de 2010, don Anthony Atún León presenta una mejor oferta para la compra del inmueble, ofreciendo un monto ascendente a US$ 600,000.00 (Seiscientos Mil y 00/100 Dólares Americanos), adjuntando carta fianza de fiel cumplimiento otorgadas por el Banco de Crédito del Perú, equivalente al 10% del valor propuesto; Que, mediante Oficio Nº 3336-2010/SBN-GO-JAD de fecha 17 de marzo de 2010, se corre traslado de la mejor oferta presentada al señor Napoleón Segundo Miranda Mendivil y señora María Luz Artica Pichu de Miranda, con la finalidad que puedan igualarla o mejorarla; Que, mediante solicitud de ingreso Nº 04524-2010 de fecha 18 de marzo de 2010, el señor Napoleón Segundo Miranda Mendivil y señora María Luz Artica Pichu de Miranda, presentan una nueva oferta por el predio que es materia de venta, ofreciendo el monto de US$ 600,500.00 (Seiscientos mil quinientos y 00/100 dólares americanos), con lo cual se debe continuar el presente procedimiento de adjudicación en venta directa a su favor; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 0405-2010/ SBN-GO-JAD de fecha 2 de junio de 2010, la Jefatura de Adjudicaciones ha opinado favorablemente por la adjudicación en venta directa del citado inmueble a favor del señor Napoleón Segundo Miranda Mendivil y señora María Luz Artica Pichu de Miranda, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 78º del Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA y el artículo 3.3.5 de la Directiva Nº 001- 2007/SBN, aprobada por Resolución Nº 018-2007-SBN y sus modifi catorias; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29151 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y su modifi catoria aprobada por Decreto Supremo Nº 002-2009-VIVIENDA, así como por el Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA y Decreto de Urgencia Nº 071-2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la adjudicación en venta directa a favor del señor Napoleón Segundo Miranda Mendivil y señora María Luz Artica Pichu de Miranda, respecto del predio de 1470,00 m², ubicado a la altura del km. 10,5 de la carretera Panamericana Sur, cruce con la Avenida Pachacutec en el distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 07047062 del Registro de Predios de Lima y anotado en el Registro SINABIP Nº 2417 del Libro de Lima. Artículo 2º.- El valor comercial del inmueble cuya venta se aprueba asciende a la suma de US$ 600,500.00 (Seiscientos mil quinientos y 00/100 dólares americanos), conforme a la mejor oferta presentada por los adjudicatarios, precio que deber ser cancelado en un plazo de 30 días hábiles a partir de la fecha de publicación de la presente resolución. Artículo 3º.- Los ingresos que se obtengan de la venta del inmueble constituirán recursos del Tesoro Público y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Artículo 4º.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales otorgará la Escritura Pública de transferencia respectiva a favor de la adjudicataria, una vez que se cancele el precio de venta. Artículo 5º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, inscribirá la transferencia de propiedad a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, por el mérito de la correspondiente Escritura Pública. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VILLANUEVA CARBAJAL Superintendente 520053-1