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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de julio de 2010 422422 designó a partir de la fecha, al señor economista FERNANDO AMEGHINO CABREJOS en el cargo de Director General de la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo del Jurado Nacional de Elecciones; Que, en el citado artículo segundo de la Resolución antes referida, se consignó por error material el nombre incompleto del funcionario designado como Director General de la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo del Jurado Nacional de Elecciones; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con el artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, procede la rectifi cación de ofi cio de los errores materiales, con efecto retroactivo, adoptando la misma forma que correspondió al acto original, por lo cual corresponde modifi car el artículo segundo de la Resolución Nº 064-2010-P/JNE, de fecha 03 de mayo de 2010 De conformidad con las facultades conferidas a la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones por su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Nº 130-2008-JNE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECTIFICAR el error material consignado en el artículo segundo de la Resolución Nº 064- 2010-P/JNE, de fecha 03 de mayo de 2010, modifi cándose el artículo segundo de la referida Resolución, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo Segundo.- Designar, a partir de la fecha, al señor economista FERNANDO GENARO AMEGHINO CABREJOS en el cargo de Director General de la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo del Jurado Nacional de Elecciones”. Artículo Segundo.- DECLARAR que quedan subsistentes los demás extremos de la Resolución Nº 064-2010-P/JNE, de fecha 03 de mayo de 2010. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO SIVINA HURTADO Presidente 519615-2 Aprueban reformulación del Plan Operativo Institucional (POI) 2010 del JNE para el año fiscal 2010 RESOLUCIÓN Nº 098-2010-P/JNE Lima, 14 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, el numeral 71.3 del artículo 71 de la Ley Nº 28411, precisa que los Planes Operativos Institucionales refl ejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fi scal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, el Decreto Supremo Nº 034-1982-PCM establece que los organismos de la Administración Pública de nivel central formulan, aplican, evalúan y actualizan políticas de gestión institucional y planes operativos institucionales para orientar su gestión administrativa; Que, mediante Ley Nº 29465, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 que entre otros incluye el del Pliego 031: Jurado Nacional de Elecciones; Que, mediante Resolución Nº 029-2010-P/JNE, de fecha 25 de febrero de 2010, se aprobó la modifi cación del Marco Estratégico Institucional y Objetivos Estratégicos Generales del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2007- 2011 del Jurado Nacional de Elecciones, el cual constituye el marco estratégico para la formulación del Plan Operativo Institucional; Que, mediante Resolución Nº 037-2010-P/JNE, de fecha 05 de marzo de 2010, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) para el año Fiscal 2010; Que, la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo en coordinación con los órganos y unidades orgánicas de la entidad, ha elaborado una propuesta de reformulación del Plan Operativo Institucional correspondiente al año 2010, a fi n de dotar al Jurado Nacional de Elecciones de la herramienta de gestión, que oriente el logro de sus objetivos y metas para el presente ejercicio fi scal, dentro del nuevo Marco Estratégico Institucional aprobado por Resolución Nº 029- 2010-P/JNE y la normatividad presupuestaria vigente. De conformidad a lo dispuesto en el numeral 13) del artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado con Resolución Nº 130-2008-JNE y modifi cado por Resoluciones Nºs. 347-2010-JNE y 410-2010-JNE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la reformulación del Plan Operativo Institucional (POI) 2010 del Jurado Nacional de Elecciones para el año fi scal 2010; cuyo texto forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Artículo Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe). Artículo Cuarto.- Transcribir la presente Resolución a todos los órganos y unidades orgánicas del Jurado Nacional de Elecciones. Artículo Quinto.- Encargar a la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, el seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) 2010. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO SIVINA HURTADO Presidente 519613-1 Disponen inscripción de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada “Radiocable E.I.R.L.” en el Registro Electoral de Encuestadoras RESOLUCIÓN Nº 442-A-2010-JNE Expediente Nº J-2010-0361 Lima, veintiocho de junio de dos mil diez.- VISTO el pedido de inscripción en el Registro Electoral de Encuestadoras, formulado por Iván Jesús Soria Egoavil, en calidad de Titular Gerente, de la EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “RADIOCABLE E.I.R.L.” CONSIDERANDOS 1. El artículo 18 de la Ley Nº 27369, modifi catoria de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece que toda persona o institución que realice encuestas electorales para su difusión debe inscribirse ante el Jurado Nacional de Elecciones. Asimismo, faculta al Jurado Nacional de Elecciones a establecer los requisitos que deberán contener las encuestas o sondeos a publicarse o difundirse, adicionales al nombre del encuestador y la fi cha técnica (fecha, sistema de muestreo, tamaño, nivel de representatividad y el margen de error). Finalmente, autoriza al Jurado Nacional de Elecciones a suspender del registro a la persona o institución que realice encuestas electorales para su difusión y que no se ajusten estrictamente a los procedimientos normados. 2. Mediante el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, aprobado por Resolución Nº 390- 2005-JNE y modifi cado por Resolución Nº 355-2006- JNE, se precisaron los requisitos para la inscripción de las encuestadoras y los referidos al contenido de las encuestas y fi cha técnica. 3. El solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en la norma reglamentaria antes precisada,