Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2010 (23/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

422671

CONSIDERANDO: Que, es politica del Ministerio de Agricultura promover, fomentar e incentivar la organizacion de Ferias y Eventos Agropecuarios con la participacion activa de los agentes productivos, MORDAZA personas naturales o juridicas, vinculadas a la produccion agraria a nivel nacional, regional y local; asi como promover la inversion privada en el desarrollo del Sector Agrario; Que, mediante el Oficio Nº 463-2010-GRCAJ-DR.AG/DPA de fecha 23 de junio de 2010, el Director Regional de Agricultura MORDAZA, solicita la oficializacion de la "XII Feria Internacional Peru ­ Ecuador, y la XVIII Feria Agropecuaria, Agroindustrial, Artesanal, Turistica, Expo-Cafe y de la Miel de Abeja ­ San MORDAZA 2010", a realizarse del 28 de MORDAZA al 01 de agosto del ano en curso, en el MORDAZA Ferial "Recreo Turistico CASAN" de la MORDAZA de San MORDAZA del departamento de Cajamarca; Que, el mencionado evento tiene por objetivo promover la participacion activa de los productores agropecuarios, agroindustriales, apicolas, forestales y artesanales en la oferta directa de sus productos en el MORDAZA, asi como el intercambio de conocimientos tecnicos y avances en la investigacion, transferencia de tecnologia y extension agraria ejecutadas por instituciones publicas y privadas que han incidido en el aumento de la produccion y productividad; promover la libre comercializacion de productos e insumos agrarios en forma directa entre productores, consumidores y agentes economicos incentivando la competencia y la seguridad alimentaria a traves del consumo de productos locales de alto valor nutritivo; identificar oportunidades de inversion y difundir las bondades turisticas de cada uno de los distritos que conforman la provincia de San MORDAZA, MORDAZA, Cutervo, Chota y localidades comprendidas dentro de la Ley de Amazonia; difundir los Acuerdos Binacionales suscritos entre Peru ­ Ecuador; Que, dicha feria se encuentra programada en el Calendario Nacional de Ferias y Eventos Agropecuarios Ano 2010, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 02472010-AG; Que, la Direccion General de Competitividad Agraria mediante el documento del visto, adjunta el Informe Nº 0052010-AG-DGCA-DPC, que recomienda la oficializacion de dicha feria; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997 que aprobo la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG y la Resolucion Ministerial Nº 0650-2006-AG, Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar la "XII Feria Internacional Peru Ecuador, XVIII Feria Agropecuaria, Agroindustrial, Artesanal, Turistica, Expo-Cafe y de la Miel de Abeja San MORDAZA 2010", a realizarse del 28 de MORDAZA al 01 de agosto del ano en curso, en el MORDAZA Ferial "Recreo Turistico CASAN" de la MORDAZA de San MORDAZA, Cajamarca. Articulo 2º.- El Comite Organizador de la feria a que se refiere el articulo precedente, presentara ante el Ministerio de Agricultura un informe acerca de los resultados de su gestion, dentro de los treinta (30) dias calendario despues de finalizado dicho evento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 522435-2

Que, el articulo 188º de la Constitucion Politica del Peru dispone que la descentralizacion es una politica permanente de Estado de caracter obligatorio, a cuyo efecto el MORDAZA de descentralizacion se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, establece como finalidad del MORDAZA de descentralizacion el desarrollo integral, armonico y sostenible del MORDAZA, mediante la separacion de competencias y funciones y el ejercicio equilibrado del poder por los tres niveles de gobierno, en beneficio de la poblacion; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria de la referida Ley; senala que la transferencia de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos; Que, en cumplimiento del procedimiento establecido en el articulo 83º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales, y el articulo 6º de la Ley 28273 - Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales; las Comisiones Sectoriales de Transferencia del Gobierno Nacional deben presentar al Consejo Nacional de Descentralizacion, hoy Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, sus planes anuales de transferencia; Que, el literal b. del numeral 11.3 de la parte 11. de la Directiva Nº 005-CND-P-2005, denominado Procedimiento para la formulacion de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, aprobado mediante Resolucion Presidencial Nº 081-CND-P-2005; dispone que el Plan Anual de Transferencia Sectorial debera ser aprobado por Resolucion Ministerial y ser presentado al Consejo Nacional de Descentralizacion, actualmente Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de ministros, a mas tardar el ultimo dia util del mes de febrero de cada ano; Que, de conformidad con el articulo 38º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 057-2008-PCM, que determina que la Secretaria de Descentralizacion es el organo encargado de dirigir y conducir el MORDAZA de descentralizacion, actuando como organismo de enlace entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales; Que, en consecuencia resulta necesario aprobar el Plan Anual de Transferencia 2010; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Transferencia Sectorial 2010 del Ministerio de Agricultura, que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- El Plan Anual de Transferencia Sectorial 2010 del Ministerio de Agricultura, aprobado en el articulo 1º, sera publicado en el MORDAZA Web del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob.pe). Articulo 3º.- Remitir a la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia de Consejo de Ministros - PCM, MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial y el Plan Anual de Transferencia Sectorial 2010 del Ministerio de Agricultura que se aprueba. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 522435-3

Aprueban el Plan Anual de Transferencia Sectorial 2010 del Ministerio de Agricultura
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0474-2010-AG MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2010

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