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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (06/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de junio de 2010 420278 Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de la empresa CFG Investment S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 347-2010-PRODUCE/DGEPP Lima, 19 de mayo del 2010 Visto, el Escrito de Registro Nº 00024609-2010 de fecha 26 de marzo, 05 y 12 de mayo del 2010, presentado por la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 015-2007- PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron. Sólo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo, no procede la autorización de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verifi carse que los transferentes de la embarcación pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos fi rmes o que hayan agotado la vía administrativa o confi rmadas con sentencia judicial que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, mediante Resolución Directoral N° 236-2009- PRODUCE/DGEPP de fecha 02 de abril del 2009, se aprobó a favor de la empresa PESQUERA BARI S.A.C, el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 253-95-PE, para operar la embarcación pesquera ANDES 39 (Ex Tacna 7), de matrícula CE-1851.PM, cedida vía arrendamiento financiero por el Banco Internacional del Perú S.A.A- INTERBANK, en los mismos términos y condiciones que fue otorgado; Que, a la fecha la embarcación ANDES 39, de matrícula CE-1851-PM, de 377.64 m3 de capacidad de bodega, se encuentra inscrita en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción a nombre de la empresa Pesquera Bari S.A.C, con permiso de pesca para la extracción del recurso anchoveta (vigente), y sardina (suspendido), para consumo humano indirecto. Que, mediante el escrito del visto, la empresa CFG INVESTMENT S.A.C, solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 253-95-PE, modifi cada por la Resolución Directoral Nº 236-2009-PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcación pesquera ANDES 39 de matrícula CE-1851-PM; Que, de la evaluación efectuada a los documentos presentados, se determina que la empresa recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2009-PRODUCE, por lo que corresponde otorgar a la empresa CFG INVESTMENT S.A.C, el cambio de titular para operar la embarcación pesquera ANDES 39 de matrícula CE-1851-PM; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 251 -2010- PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinión favorable de la instancia legal a través del Informe Nº 605-2010- PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Literal d), del Artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de la empresa CFG INVESTMENT S.A.C, el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 253-95-PE, modifi cada por la Resolución Directoral Nº 236-2009- PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcación pesquera ANDES 39, de matrícula CE-1851-PM, en los mismos términos y condiciones que fue otorgado. Artículo 2º.- El permiso de pesca a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, deberá ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001- 2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservación a bordo RSW ó CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Ministerial Nº 253-95-PE, modificada por la Resolución Directoral Nº 236-2009-PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcación pesquera ANDES 39 de matrícula CE- 1851-PM. Artículo 4º.- Incorporar a la empresa CFG INVESTMENT S.A.C, como titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera ANDES 39, de matrícula CE-1851-PM, así como la presente Resolución, al Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y al Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE, y excluir a Pesquera BARI S.A.C. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral, y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www. produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL ERNESTO CAMOGLIANO PAZOS Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 503089-5 RELACIONES EXTERIORES FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0467-2010-RE Mediante Ofi cio RE (GAB) Nº 0-3-A/02, el Ministerio de Relaciones Exteriores solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 0467-2010-RE, publicada en nuestra edición del día 26 de mayo de 2010. - En el Artículo 1º; DICE: (...) PORTUGUÉS: TRADUCCIÓN DIRECTA CANO MORA, Liana Betsabé (...) DEBE DECIR: (...) PORTUGUÉS: TRADUCCIÓN DIRECTA CANO MORA, Liana Betzabé (...) 503264-1