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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (17/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de junio de 2010 420756 Régimen Facultativo, visto por el Pleno el reporte del estado del proceso seguido con expediente Nº 03451- 2006-0-1401-JR-CI-01 sobre indemnización por daños y perjuicios en el que aparece el escrito de desistimiento presentado por la universidad, el Pleno del CONAFU acuerda aprobar la solicitud de gracia por el pago de la tasa de adecuación al Régimen de Facultades respectiva, presentando la documentación completa para Adecuar al Régimen Facultativo las Carreras Profesionales de Educación en Informática y Computación, Obstetricia, Contabilidad y Administración, Ingeniería Informática y de Sistemas; y Derecho. B) Designación de Coordinadores de Facultad y/o Responsables de Carreras Profesionales: Mediante Resolución Nº 281-2010-CONAFU se reconoce como Coordinador de la Facultad y/o responsable de carrera de Ingeniería de la Universidad Privada de Ica S.A al Magíster Emilio Alberto Un Jan Lian Hig; Coordinador de la Facultad y/o responsable de carrera de Ciencias de la Salud al Doctor León Llacsa Soto; Coordinador de la Facultad y/o responsable de carrera de Ciencias Económicos al Doctor Domingo Jesús Cabel Moscoso; Coordinador de la Facultad y/o responsable de carrera de Derecho al Doctor Miguel Nicolás Peralta Rosario; Coordinador de la Facultad y/o responsable de carrera de Educación al Doctor Juan Eduardo Morón Orellana respectivamente; Que, en sesión de fecha 24 de mayo de 2010 continuada el 25 de mayo de 2010, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 221-2010-CONAFU acordó por UNANIMIDAD: 1) Aprobar la adecuación de las Carreras Profesionales al Régimen de Facultades de la Universidad Privada de Ica S.A, según el siguiente Detalle: 1.- Facultad de Ingeniería; 2.- Facultad de Ciencias de la Salud; 3.- Facultad de Ciencias Económicas; 4.- Facultad de Derecho; y 5.- Facultad de Educación 2) Reconocer al Magíster Emilio Alberto Un Jan Lian Hig, Coordinador de la Facultad de Ingeniería 3) Reconocer al Doctor León Llacsa Soto, Coordinador de la Facultad de Ciencias de la Salud 4) Reconocer al Doctor Domingo Jesús Cabel Moscoso, Coordinador de la Facultad de Ciencias Económicos 5) Reconocer al Doctor Miguel Nicolás Peralta Rosario Coordinador de la Facultad de Derecho 6) Reconocer al Doctor Juan Eduardo Morón Orellana, Coordinador de la Facultad de Educación de la Universidad Privada de Ica S.A En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del artículo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la adecuación de las Carreras Profesionales al Régimen de Facultades de la Universidad Privada de Ica S.A, según el siguiente detalle: 1.- Facultad de Ingeniería. 2.- Facultad de Ciencias de la Salud. 3.- Facultad de Ciencias Económicas. 4.- Facultad de Derecho. 5.- Facultad de Educación. Artículo Segundo.- RECONOCER al: Coordinador de la Facultad de Ingeniería: Magíster Emilio Alberto Un Jan Lian Hig Coordinador de la Facultad de Ciencias de la Salud: Doctor León Llacsa Soto Coordinador de la Facultad de Ciencias Económicas: Doctor Domingo Jesús Cabel Moscoso Coordinador de la Facultad de Derecho: Doctor Miguel Nicolás Peralta Rosario Coordinador de la Facultad de Educación: Doctor Juan Eduardo Morón Orellana Artículo Tercero.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA Presidente KARINA LUZ MIÑANO PAREDES Secretaria General 507300-1 Reconocen a integrantes de la Comisión de Gobierno de la Universidad Privada de Ica S.A. CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 281-2010-CONAFU Lima, 31 de mayo de 2010 VISTOS: La Resolución Nº 247-2005-CONAFU de fecha 21 de Diciembre de 2005, el Ofi cio Nº 037-2010- UPICA-PCO de fecha 10 de mayo de 2010, recibido el 13 de mayo del 2010, el Ofi cio Nº 051-2010-UPICA-PCO de fecha 19 de mayo de 2010, recibido el 21 de mayo del 2010, el Ofi cio Nº 0412-2010-CONAFU-CDAA recibido con fecha 25 de Mayo de 2010 y el Acuerdo Nº 222-2010- CONAFU de la sesión del Pleno del CONAFU de fecha 24 de mayo de 2010 y su continuación el 25 de Mayo de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verifi cación de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el artículo 3º inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006; Que, en el artículo 3º del Estatuto, se establece que: “Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades: f) Reconocer a las comisiones organizadoras de las Universidades Públicas y Privadas...”; en concordancia con el artículo 10º del mismo cuerpo normativo, que establece: “Son atribuciones del Pleno del CONAFU: o) Reconocer a las comisiones organizadoras propuestas por los promotores, previa verifi cación del cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley y demás normas; y designar a las comisiones organizadoras de las universidades públicas”; t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatutos o Reglamentos corresponda al Pleno del CONAFU”; Que, en el artículo 19º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, se establece que: “Para organizar la Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comisión Organizadora, conformada por tres miembros: a) Un Presidente, b) Un Vicepresidente Académico y c) El Gerente General o Director Ejecutivo de la universidad según corresponda, que asume las funciones y responsabilidades administrativas y fi nancieras; Que, en el artículo 20º del Reglamento, se establece que: “Para el reconocimiento por el CONAFU, los