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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de junio de 2010 420860 una vinculación directa con el incumplimiento de las obligaciones contempladas en la Resolución Ministerial N° 287-2008-MEM/DM, justifi ca que la mencionada empresa quede eximida de la responsabilidad generada por dicho incumplimiento; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009- 93-EM, ha emitido el Informe N° 129-2010-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23° de la Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 35° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Renovar la concesión temporal otorgada a favor de EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA AMAZONAS SUR S.A.C., mediante la Resolución Ministerial N° 287-2008-MEM/DM, para que concluya los estudios relacionados con el proyecto de la Central Hidroeléctrica Inambari, hasta el 07 de octubre de 2010, conforme al nuevo Cronograma de Ejecución del Estudio presentado, por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Mantener todos los derechos y obligaciones a que se encuentra sujeta la titular, conforme a la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y la Resolución Ministerial N° 287-2008-MEM/DM. Artículo 3°.- La presente Resolución será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, por cuenta del interesado dentro de los cinco (05) días calendario siguientes a su expedición, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y MInas 509635-1 INTERIOR Autorizan viaje de Oficiales de la Policía Nacional del Perú a México para participar en la V Cumbre de la Comunidad Latinoamericana y del Caribe de Inteligencia Policial - CLACIP RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 062-2010-IN Lima, 18 de junio de 2010 VISTO, la carta de fecha 11 de mayo de 2010, en la cual el Comisario Jefe Maribel CERVANTES GUERRERO, Titular de la Sección II del Estado Mayor de la Policía Federal de México y Directora Ejecutiva de la Comunidad Latinoamericana y del Caribe de Inteligencia Policial - CLACIP, invita al señor General de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro, Abdul Yamil ABED ROSAS, en su condición de Director General de Inteligencia del Ministerio del Interior, y a su acompañante, para que participen en la V Cumbre de la Comunidad Latinoamericana y del Caribe de Inteligencia Policial - CLACIP, que se llevará a cabo los días 1 y 2 de julio de 2010 en la ciudad de México DF - Estados Unidos Mexicanos; asimismo, a través del Boletín Informativo Previo, se formula invitación para que el día 3 de julio, visiten las instalaciones del Centro de Mando Iztapalapa, de dicho Estado. CONSIDERANDO Que, mediante la Hoja de Recomendación Nº 003- 2010-DIGMIN/OFAD del 7 de junio de 2010, se solicita autorizar el viaje al General de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro, Abdul Yamil ABED ROSAS, en su condición de Director General de Inteligencia del Ministerio del Interior, y al Comandante de la Policía Nacional del Perú, Rolan JAUREGUI ECHEGARAY, perteneciente a dicha Dirección, a partir del 30 de junio al 4 de julio de 2010, para que participen en la V Cumbre de la Comunidad Latinoamericana y del Caribe de Inteligencia Policial - CLACIP, que se llevará a cabo en la ciudad de México DF - Estados Unidos Mexicanos, y para que visiten las instalaciones del Centro de Mando Iztapalapa, de dicho Estado; Que, en el Boletín Informativo Previo anexado a la carta de fecha 11 de mayo de 2010, se establece que la Policía Federal de México DF - Estados Unidos Mexicanos, otorgará el alojamiento, alimentación y desplazamientos internos a los miembros de la Comunidad Latinoamericana y del Caribe de Inteligencia Policial - CLACIP y a un acompañante, previamente registrados; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto, para los funcionarios de la Dirección General de Inteligencia del Ministerio del Interior, serán sufragados por el Estado Peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Ofi cina General de Administración para el Año Fiscal 2010 por la Fuente de Financiamiento 1-00 Recursos Ordinarios, mediante la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 462-2010-IN- 0503 del 9 de junio de 2010, el Director (e) de la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Administración del Ministerio del Interior, comunica que existe disponibilidad presupuestal que permite atender el requerimiento de los mencionados gastos; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, referido a las medidas en materia de bienes y servicios prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Dirección Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y los alto funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y dicta otras medidas modifi catoria, siendo que todos los viajes se realizan en categoría económica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, dentro del marco de cooperación internacional entre los países integrantes de la Comunidad Latinoamericana y el Caribe de Inteligencia Policial - CLACIP, del cual nuestro país forma parte, para la lucha contra el crimen organizado nacional e internacional, es de importancia el viaje de los funcionarios referidos, para efectos de mejorar el intercambio de información y fortalecer la cooperación recíproca entre los países que integran dicha comunidad, el mismo que se encuentra presupuestado, por lo que resulta viable autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y Ley Nº 29334, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005-IN, y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 003-2007-IN;