Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2010 (19/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de junio de 2010

a) Un representante del Despacho Ministerial, quien lo presidira. b) El Director General de la Direccion General de Gestion del Desarrollo de Recursos Humanos o el representante que este designe, quien actuara como Secretario Tecnico. c) El Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos o el representante que este designe. d) El Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica o el representante que este designe. e) El Director General de la Direccion General de Salud de las Personas o el representante que este designe. f) El Director General de la Direccion General de Promocion de la Salud o el representante que este designe. g) Un representante de la Federacion Medica Peruana. h) Un representante del Sindicato Nacional de Enfermeras(os) del Ministerio de Salud. i) Un representante de la Federacion de Obstetras del Ministerio de Salud, j) Un representante de la Federacion Odontologica del Peru. Articulo 3º.- Instalacion y entrega de informe El Grupo de Trabajo debe instalarse en un plazo no mayor a los diez (10) dias habiles contados a partir de la publicacion de la presente resolucion. El Presidente del grupo de trabajo debe dar cuenta de su instalacion al Despacho Ministerial. El Grupo de Trabajo presentara su Informe Final al Despacho Ministerial en un plazo de noventa (90) dias habiles contados a partir de su instalacion. Todas las recomendaciones que formule dicho informe deberan estar sustentadas en el mismo. Articulo 4º.- Atribuciones del grupo de trabajo Los funcionarios y servidores de las entidades, institutos, direcciones y demas organos que integran el Sector Salud deben entregar oportunamente la documentacion que requiera el grupo de trabajo, asi como asistir a las reuniones a las que MORDAZA convocados. De igual forma, el Grupo de Trabajo podra convocar a especialistas en materia de MORDAZA publica, asi como a toda persona o institucion que pueda contribuir con el cumplimiento de sus fines. Articulo 5º.- Funcionamiento La instalacion y el desarrollo de las actividades del grupo de trabajo no generara gastos adicionales al tesoro publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 508875-3

Salud es el ente rector el Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a traves de la promocion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion de su salud y del desarrollo de un entorno saludable con pleno respecto de los derechos fundamentales de la persona, desde su MORDAZA hasta su muerte natural; Que, el articulo 41º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, dispone que la Direccion General de Salud de las Personas, es el organo tecnico normativo en los procesos relacionados, entre otros, a la atencion integral; Que, mediante documento del visto, el Director General de Salud de las Personas, ha propuesto para su aprobacion diez (10) Guias Tecnicas para la atencion, diagnostico y tratamiento de las condiciones obstetricas en el MORDAZA del Plan de Aseguramiento Universal (PEAS), las cuales han sido validadas por un grupo de expertos de los principales Hospitales de MORDAZA y de las Regiones pilotos del Aseguramiento Universal, representantes del EsSalud y de la Sanidad de las Fuerzas Armadas y Policiales; Con el visado del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; De conformidad con el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las Guias Tecnicas para la atencion, diagnostico y tratamiento de las condiciones obstetricas en el MORDAZA del Plan Esencial de Aseguramiento Universal (PEAS), que en numero de diez (10) forman parte de la presente resolucion: 1) Guia de practicas clinicas para la atencion, diagnostico y tratamiento de la Diabetes Mellitus que se origina en el embarazo. 2) Guia de practicas clinicas para la atencion diagnostico y tratamiento del Embarazo Multiple. 3) Guia de practica clinica para la atencion, diagnostico y tratamiento de la Hiperemesis Gravidica con trastornos metabolicos. 4) Guia de practica clinica para la atencion, diagnostico y tratamiento de Infeccion de Herida Quirurgica Obstetrica. 5) Guia de practica clinica para la atencion, diagnostico y tratamiento del Oligohidramnios. 6) Guia de la practica clinica para la atencion diagnostico y tratamiento de la Amenaza de Trabajo de Parto Pretermino y Trabajo de Parto Pretermino. 7) Guia de practica clinica para la atencion, diagnostico y tratamiento del Polihidramnios. 8) Guia de practica clinica para la atencion, diagnostico y tratamiento de alteracion del Bienestar Fetal. 9) Guia de practica clinica para la atencion, diagnostico y tratamiento de la Gestante con Tuberculosis. 10) Guia de practica clinica para la atencion, diagnostico y tratamiento de la Gestante por Isoinmunizacion Rh. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Salud de las Personas la difusion y supervision de las citadas Guias Tecnicas. Articulo 3º.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud o quien haga sus veces a nivel regional, son responsables de la difusion, implementacion, supervision y aplicacion de las citadas Guias Tecnicas, dentro del ambito de sus respectivas jurisdicciones. Articulo 4º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolucion Ministerial en la direccion electronica http://www.minsa. gob.pe/portada/transparencia/norma.asp del MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 508875-4

Aprueban Guias Tecnicas para la atencion, diagnostico y tratamiento de las condiciones obstetricas en el MORDAZA del Plan Esencial de Aseguramiento Universal (PEAS)
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 487-2010/MINSA MORDAZA, 16 de junio del 2010 Visto el Expediente Nº 09-099522-001 que contiene el Informe Nº 142/2009/DGSP/ESNSSYR/MINSA, de la Direccion General de Salud de las Personas y el Informe Nº 037-2010-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de

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