Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2010 (11/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

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autorizacion y de modificacion de caracteristicas tecnicas observara su estricto cumplimiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 464685-1

Otorgan autorizacion a la Compania Peruana de Radiodifusion S.A. para prestar servicio de radiodifusion por television comercial en VHF en la localidad de Chimbote
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 180-2010-MTC/03 MORDAZA, 26 de febrero de 2010 VISTO, el Escrito con Registro Nº 942870, del 21 de MORDAZA de 1994, presentada por la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., sobre otorgamiento de autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, en el distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 701-90-TC/15.17, del 21 de MORDAZA de 1990, se otorgo a la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo de un (1) ano que se computara a partir de la fecha de expedicion de la presente resolucion para que proceda a instalar y operar una estacion transmisora de television, en el distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; Que, mediante Escrito con Registro Nº 942870, la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., solicita la inspeccion tecnica de su estacion de radiodifusion por television comercial en VHF, en el distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; Que, el articulo 185º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado con Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, aplicable en virtud de lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria y Final del Reglamento de la Ley de Radio y Television, senala que realizada la inspeccion tecnica se emitira el informe tecnico correspondiente, en el que se indicara, entre otros, si las instalaciones se han realizado, los resultados de las pruebas de funcionamiento y el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorizacion, en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y en el Reglamento Especifico del Servicio de Radiodifusion; Que, con Informe Nº 0249-1998-MTC/15.19.03.3, del 09 de setiembre de 1998, emitido por la Subdireccion de Control de Estaciones Radioelectricas de la Direccion de Administracion de Frecuencias, concluye que la estacion de radiodifusion por television comercial en VHF, en el distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, perteneciente a la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A. cumplio con su obligacion de instalar y operar el servicio de radiodifusion autorizado; por lo tanto, es favorable la inspeccion tecnica realizada; Que, el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se conceden por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, iniciandose con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables; Que, el articulo 5º, numeral 2) del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC modificado mediante Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, establece que los titulares de concesiones o autorizaciones vigentes que utilicen espectro radioelectrico, deben realizar anualmente el monitoreo de sus estaciones radioelectricas de acuerdo a los protocolos que para tal efecto dicte el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fin de garantizar que las radiaciones que sus estaciones emitan no excedan los limites establecidos en la referida norma; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion por television comercial,

correspondiente al departamento de MORDAZA, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 331-2005-MTC/03, modificado con Resolucion Viceministerial Nº 422-2007-MTC/03, ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008MTC/03, modificada por Resolucion Viceministerial Nº 0812009-MTC/03 y Resolucion Viceministerial Nº 185-2009MTC/03, se observa que dentro de la localidad denominada Chimbote, se incluye el distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, ubicacion consignada en la Resolucion Ministerial Nº 701-90-MTC/15.17; Que, mediante Informe Nº 1326-2009-MTC/28, la Direccion General deAutorizaciones en Telecomunicaciones, considera que habiendo obtenido la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., el informe tecnico favorable de la inspeccion tecnica realizada a su estacion de radiodifusion, es procedente otorgarle autorizacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 701-90TC/15.17, del 21 de MORDAZA de 1990; y que por lo tanto su vigencia sera hasta el 21 de MORDAZA de 2010; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; el Reglamento la Ley de Radio y Television aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, actualizado con Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; y, el Decreto Supremo Nº 0382003-MTC modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006MTC, que establecen los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No lonizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la COMPANIA PERUANA DE RADIODIFUSION S.A., autorizacion, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en VHF, en localidad de Chimbote, departamento de Ancash. Articulo 2º.- El plazo de vigencia de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, comprende un periodo de instalacion y prueba computandose a partir de la fecha de expedicion de la Resolucion Ministerial Nº 70190-TC/15.17, el cual vencera el 21 de MORDAZA de 2010. Articulo 3º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente Licencia de Operacion. Articulo 4º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 464742-1

Autorizan a la Escuela de Conductores Integrales Inversiones Educativas y Culturales S.A.C. la ampliacion de plana docente
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 101-2010-MTC/15 MORDAZA, 12 de enero de 2010

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