Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2010 (11/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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VISTOS:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de marzo de 2010

Los expedientes con registros Nºs. 2009-023667, 2009-027204, 2010-001099 y 2010-0001609, la empresa S.O. CONTRATISTAS GENERALES S.A.C.-SOCGESAC solicita autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnico Vehicular para operar una (01) linea de inspeccion MORDAZA mixta en el local ubicado en Av. Pachacutec cuadra 3, Mz "O", Lote 10, Jicamarca, Provincia de Huarochiri, Departamento de MORDAZA y poder verificar las condiciones, requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos livianos y pesados de acuerdo a la normatividad vigente; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias, se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008MTC/15 y sus modificatorias se aprobo el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehiculos que circulan por las vias publicas terrestres a nivel nacional; asi como, verificar que estos cumplan con las condiciones y requisitos tecnicos establecidos en la normativa nacional, con el proposito de garantizar la seguridad del transporte y el MORDAZA terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, de acuerdo al Informe Nº 160-2010-MTC/15.03 de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada indicada en Vistos, cumplen con requisitos documentales establecidos en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, por lo que procede emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (05) anos a la empresa S.O. CONTRATISTAS GENERALES S.A.C.-SOCGESAC, como Centro de Inspeccion Tecnico Vehicular para operar una (01) Linea de Inspeccion MORDAZA Mixta, en el local ubicado en Av. Pachacutec cuadra 3, Mz "O", Lote 10, Jicamarca, Provincia de Huarochiri, Departamento de Lima. Articulo 2º.-La empresa autorizada debera obtener, dentro del plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias calendario a contarse a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedido por esta Direccion General, la misma que sera emitida luego de recepcionar los siguientes documentos: Certificado de Homologacion de Equipos, Certificado de Inspeccion Inicial y la MORDAZA de Calibracion de equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el MORDAZA y cuya MORDAZA matriz este asociada a la Internacional Federation Of Inspection Agencies-IFIA. Articulo 3º.- Es responsabilidad de la empresa autorizada renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos que respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobada por D.S. Nº 025-2008MTC durante la vigencia de la autorizacion. En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion.

Articulo 4º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil contratada, MORDAZA del vencimiento de los plazos senalados en el siguiente cuadro:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 04 de enero del 2011 04 de enero del 2012 04 de enero del 2013 04 de enero del 2014 04 de enero del 2015

En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una poliza de seguros MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 5º.La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, quedando el costo de esta publicacion a cargo de la empresa autorizada. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA G. MEDRI MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 464772-1

ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Delegan diversas facultades en la Subjefatura y en el Jefe de la Oficina de Administracion del Seguro Integral de Salud
RESOLUCION JEFATURAL Nº 038-2010/SIS MORDAZA, 3 de marzo de 2010 VISTOS: El Informe Nº 065-2010-SIS/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, se creo el Seguro Integral de Salud, como un Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Salud, cuya mision es administrar los fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud individual para la poblacion en estado de pobreza y pobreza extrema, carente de algun MORDAZA de seguro de salud, de conformidad con la politica del Sector; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2002-SA, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, se establecen las funciones de cada uno de los organos institucionales; Que, en el articulo 11° del citado Decreto Supremo se establecen las funciones que corresponde a la Jefatura del SIS, senalandose en el inciso o) la facultad de delegar en la Subjefatura o en otros funcionarios de la institucion las atribuciones que no le MORDAZA privativas; Que, la Jefatura Institucional a traves de las Resoluciones Jefaturales N° 037-2009/SIS y sus modificatorias 222-2009/SIS y 012-2010/SIS, asi como la Resolucion Jefatural N°205-2009/SIS, se han delegado diversas funciones en la Subjefatura; Que, del mismo modo la Jefatura Institucional mediante Resoluciones Jefaturales N° 179-2009/SIS, 205-2009/SIS,

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