Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2010 (13/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

415517

Registrese, publiquese, comuniquese, y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 467706-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen que durante el Ano Judicial 2010 solo se tramitaran solicitudes de reinscripcion de Martilleros Publicos que integraron la nomina de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en el ano 2009
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 213-2010-P-CSJL/PJ MORDAZA, 12 de marzo de 2010 VISTO: El Oficio Nº 20-21010-REPEJ-CSJLI/PJ y el Oficio Nº 2821010-REPEJ-CSJLI/PJ, de fecha tres y diez de los corrientes, mediante los cuales se remite los Informes Nº 007-2010-REPEJCSJLI/PJ y 008-2010-REPEJ-CSJLI/PJ respectivamente; y la Resolucion Administrativa Nº 257-2009-P-CSJLI/PJ, de fecha veintiocho de MORDAZA de dos mil nueve; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Jefatural Nº 129-2010-SUNARPZ-R-Nº IX/JEF, de fecha 16 de febrero del ano en curso, la Superintendencia Nacional de Registros Publicos dispone la habilitacion anual de Martilleros Publicos a nivel nacional para el ano 2010. Que, mediante los informes de vistos, la Jefa del Registro de Martilleros Publicos de esta Corte Superior de Justicia precisa que, de la evaluacion de las estadisticas de designaciones correspondientes a los anos 2008, 2009 y primeros meses del 2010, se aprecia que el numero de Martilleros Publicos inscritos en la Nomina aprobada durante el Ano Judicial 2009 - 141 Martilleros Publicos resulta suficiente para atender los requerimientos de los diversos organos jurisdiccionales en materia de remates publicos, no requiriendose la inscripcion de nuevos Martilleros Publicos para el presente Ano Judicial. Que, en atencion a lo senalado por la Jefatura recurrente, esta Presidencia, al MORDAZA de la facultad prevista en el articulo 90º numeral 3 del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, acoge la propuesta formulada; disponiendo, en tal sentido, que durante el presente ano judicial solo se recepcione las carpetas o expediente de reinscripcion de los Martilleros Publicos que integran la Nomina de Martilleros del Ano Judicial 2009, aprobada por Resolucion Administrativa Nº 257-2009-P-CSJLI/PJ, no admitiendose ninguna nueva inscripcion. Por lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al suscrito por el articulo 90º, inciso 3) y 9) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; la Presidencia, RESUELVE: Primero.- DISPONER que durante el presente Ano Judicial dos mil diez no se aceptaran solicitudes de inscripcion de Martilleros Publicos, dandose tramite solo a las solicitudes de reinscripcion de los Martilleros que integraron la Nomina de Martilleros Publicos de esta Corte Superior de Justicia correspondiente al Ano Judicial 2009, aprobada por Resolucion Nº 257-2009-P-CSJLI/PJ. Segundo.- DISPONER que la MORDAZA de solicitudes de reinscripcion de Martilleros Publicos para integrar la Nomina de esta Corte Superior de Justicia para el Ano Judicial dos mil diez, se efectue entre el diecisiete y treinta y uno de marzo del ano en curso. Tercero.- DISPONER que la Oficina de Tramite Documentario de la Presidencia adopte las medidas pertinentes tendientes a viabilizar la recepcion de los expedientes de revalidacion durante el plazo MORDAZA senalado, dando estricto cumplimiento a lo dispuesto. Cuarto.- PONGASE la presente resolucion a conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema

Cesan por limite de edad a Juez Superior Titular del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 090-2010-CE-PJ MORDAZA, 11 de marzo de 2010 VISTO: El informe Nº 005-2010-GPEJ-GG/PJ remitido por la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, con relacion al cese por limite de edad del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Superior titular del Distrito Judicial de Lambayeque; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolucion N° 158-91-JUS de fecha 20 de setiembre de 1991, se nombro al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Vocal Superior titular del Distrito Judicial de Lambayeque; Segundo: Que, el articulo 107° de la Ley de la MORDAZA Judicial establece que el cargo de magistrado termina, entre otras causales, por alcanzar la edad limite de setenta (70) anos; Tercero: Al respecto, del informe Nº 005-2010-GPEJ-GG/ PJ, remitido por la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, asi como de la fotocopia de la ficha del Registro de Identidad - RENIEC anexa, aparece que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA nacio el 13 de marzo de 1940, y en consecuencia el 13 de marzo del ano en curso cumplira setenta (70) anos de edad; por ende, corresponde disponer su cese por limite de edad, de conformidad con lo previsto en la precitada normatividad; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- MORDAZA por limite de edad, a partir del 13 de marzo del ano en curso, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Juez Superior Titular del Distrito Judicial de Lambayeque; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 467706-2

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