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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de marzo de 2010 415604 Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, asimismo la Ley Orgánica de Municipalidades dispone que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 29476, que modifi ca y complementa la Ley Nº 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, establece que las municipalidades cuentan con un plazo de 60 días para adecuar sus respectivos TUPA a las modifi caciones incorporadas mediante la citada norma. Que, de conformidad al artículo 4º del Decreto Supremo Nº 003-2010-VIVIENDA que modifi ca el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación, publicado el 07 de febrero de 2010, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el término de 45 días contados a partir de la entrada en vigencia del citado decreto, publicará el Texto Unico Ordenado del referido Reglamento. Que, conforme lo establece el numeral 3 del artículo 36º y numeral 5 del artículo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse por Decreto de Alcaldía. Que, resulta conveniente cumplir de manera inmediata con el requisito de adecuación a las normas modifi catorias de la Ley Nº 29090 y su Reglamento, mediante Decreto de Alcaldía, mientras se concluye el proceso de aprobación de la Ordenanza que modifi cará el TUPA de manera defi nitiva. Estando a lo expuesto, con el visto de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano, conforme a lo establecido en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- Disponer la eliminación de los siguientes requisitos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San Borja, aprobado mediante Ordenanza Nº 416-MSB: a) Planos de Estructuras, para los casos de Licencia de Edifi cación en la Modalidad A, en los siguientes supuestos: - Licencias de Demolición Total de Edifi caciones menores a 5 pisos de altura, siempre que no requiera uso de explosivos. - Ampliación de vivienda unifamiliar, cuya edifi cación original cuente con licencia de construcción o declaratoria de fábrica y la sumatoria del área construida de ambas no supere los 200 m2. b) Carta de Responsabilidad de Obra fi rmada por el Ingeniero Civil, según formato publicado por el Ministerio de Vivienda, para los casos de Licencias de Edifi cación en la modalidad A, en los siguientes supuestos: - Vivienda unifamiliar de hasta 120 m2 construidos, que constituya la única edifi cación en el lote. - Ampliación de vivienda unifamiliar, cuya edifi cación original cuente con licencia de construcción o declaratoria de fábrica y la sumatoria del área construida de ambas no supere los 200 m2 Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Urbano. Artículo Tercero.- Disponer la publicación del presente decreto en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 467697-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Aprueban Sorteo de Artefactos Electrodomésticos por Pronto Pago de Arbitrios Municipales 2010 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2010-MDSL San Luis, 02 de Marzo del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS VISTO; el Memorando N°063-2010 de fecha 02 de Marzo del 2010, remitido por la Gerencia de Rentas; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía economía y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollada por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Orgánica de Municipalidades; Que, constituye función de la Administración Tributaria Municipal, la lucha contra la evasión y elusión tributaria, debiendo para ello, no solo estrechar los márgenes de control de cumplimiento de las obligaciones tributarias, sino también implantar políticas de promoción de la cultura tributaria; Que, forma parte de la política de incentivo al cumplimiento del pago voluntario, la organización de sorteos que favorezcan a los contribuyentes que de manera oportuna cumplen con el pago de los tributos a su cargo; Que, a través de la Ordenanza N° 100-2010-MDSL, publicada el 28.01.2010, que regula los Benefi cios Tributarios respecto a las tasas de Arbitrios Municipales 2010, en su artículo 6° el mismo que dispone realizar un sorteo de Artefactos Electrodomésticos programado para el 05 de Abril del 2010 para todos aquellos contribuyentes que al 31 de Marzo del 2010 se acojan a la presente Ordenanza. Que, resulta necesario que se establezca mecanismo que de manera progresiva, logren el incremento del universo de contribuyentes que cumplen de manera oportuna con sus obligaciones. Estando a las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero: APROBAR, el Sorteo de Artefactos Electrodomésticos por Pronto Pago de Arbitrios Municipalidades 2010. Artículo Segundo: COMPRENDER, en el Sorteo a todos los contribuyentes que cumplan con el pago oportuno de sus obligaciones tributarias de Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2010, hasta el 31 de Marzo del 2010. Artículo Tercero: ENCARGAR a la Sub Gerencia de Administración y Recaudación Tributaria que conforme a la cancelación de sus obligaciones tributarias, la entrega de los cupones para participar en el sorteo, a los contribuyentes que se refi ere el artículo anterior, los mismos que deberán ser depositados en las ánforas ubicadas en el Palacio Municipal, sito en la Av. Del Aire N° 1540-Urb. Villa Jardín –San Luis. Los cupones serán entregados de la siguiente manera: 1. Tres (03) cupones por pago de un año (04 Trimestres ) 2. Dos (02) cupones por pago de (03 Trimestres ) 3. Un (01) cupón por pago de (02 Trimestres) Artículo Cuarto: Los premios a entregarse serán los siguientes: 1. Tres (03) Refrigeradoras 2. Tres (03) Cocinas a Gas 3. Dos (02) Televisores LCD de 32” 4. Tres (03) Lavadoras El sorteo se realizara el 05 de Abril del 2010. Artículo Quinto: ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática la asignación de la partida presupuestal correspondiente, a la Gerencia de Administración y Finanzas la compra de los bienes que se entregarán en el sorteo respectivamente y a la Sub Gerencia de Imagen y Participación Vecinal la difusión de los alcances de la presente norma. Artículo Sexto: El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Registrese, publíquese y cúmplase FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 467629-1