Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2010 (05/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de MORDAZA de 2010

Beneficencia Publica de MORDAZA, en tanto se designe a su titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

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Dejan sin efecto la R.M. Nº 049-2010MIMDES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 369-2010-MIMDES MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2010
CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, contempla en el literal f) de su articulo 7 que una de las garantias de dicho Sistema es la transparencia en los procedimientos de adquisicion, administracion y disposicion de los bienes estatales, los cuales se encuentran sujetos a la facultad de fiscalizacion ciudadana; Que, asimismo, el articulo 3 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los actos administrativos deben expresar su respectivo objeto, de tal modo que pueda determinarse inequivocamente sus efectos juridicos, siendo que su contenido se debe ajustar a lo dispuesto en el ordenamiento juridico, debiendo ser licito, preciso, posible fisica y juridicamente; Que, del articulo precitado se desprende que la imposibilidad sobreviviente del cumplimiento del objeto genera la ineficacia del acto administrativo, MORDAZA cuando el objeto es incompatible con los supuestos de hecho y de derecho existentes en el ordenamiento juridico; Que, en el MORDAZA precitado se debe senalar que mediante Resolucion Ministerial Nº 049-2010-MIMDES publicada el 27 de enero de 2010, se autorizo a la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA para vender por subasta publica los siguientes inmuebles de su propiedad: - Inmueble de 1,202.78 m2, ubicado en Jr. Constitucion Nº 971-975-987 y Malecon Centenario MORDAZA MORDAZA Nº 333-417-421-425-433-468, inscrito en la Partida Registral Nº 11002349 del Registro de Predios de Huanuco; e - Inmueble de 1,065.65 m2, ubicado en Jr. 28 de MORDAZA Nº 500-510 y Jr. Tarapaca Nº 817, inscrito en la Partida Registral Nº 11002354 del Registro de Predios de Huanuco; Que, el articulo 3 de la precitada Resolucion Ministerial dispuso que el producto de la venta de los inmuebles MORDAZA mencionados seria destinado para la adquisicion del terreno y construccion del MORDAZA cementerio de la MORDAZA de Huanuco; Que, mediante Informe Tecnico Nº 003-2010-MIMDES/ SG-OGPP-OPPI del 31 de marzo de 2010, la Oficina de Presupuesto y Programacion de Inversiones, en su calidad de unidad organica encargada de llevar las acciones requeridas para la programacion y evaluacion de los proyectos de inversion del Sector, ha emitido opinion en relacion con el Proyecto de Construccion del MORDAZA Cementerio General de la MORDAZA de MORDAZA, en la provincia de MORDAZA ­ Departamento de MORDAZA, declarando observado el mismo en atencion a que: (i) el estudio de prefactibilidad no ha levantado las observaciones con las que se dio la aprobacion del Perfil con Oficio Nº 0442007/MIMDES/OGPP, (ii) el estudio no guarda coherencia con el Perfil previamente aprobado con Oficio Nº 044-2007/ MIMDES/OGPP asumiendo las caracteristicas de un MORDAZA proyecto, debido al cambio de localizacion del cementerio, y (iii) ha cambiado el monto de la inversion, las alternativas de evaluacion, las caracteristicas del servicio, volumen de demanda, volumen de oferta, los riesgos y las tecnologias para mitigarlos asi como los indicadores de evaluacion; Que, mediante Oficio Nº 085-2010-MIMDES-OGPP del 14 MORDAZA de 2010, la Oficina General de Planificacion y Presupuesto manifesto su conformidad respecto del contenido del Informe Tecnico Nº 003-2010-MIMDES/SG-OGPP-OPPI, declarandose observado el estudio de preinversion a nivel de factibilidad denominado construccion del MORDAZA cementerio general de la MORDAZA de MORDAZA, en la provincia de MORDAZA ­ Departamento de MORDAZA, con codigo SNIP Nº 35491; Que, en atencion al contenido del Oficio Nº 085-2010MIMDES-OGPP y del Informe Tecnico Nº 003-2010-MIMDES/ SG-OGPP-OPPI se advierte que se ha producido una imposibilidad sobreviviente para el cumplimiento del objeto de la Resolucion Ministerial Nº 049-2010-MIMDES, toda vez

que el estudio correspondiente al Proyecto de Construccion del MORDAZA Cementerio General de la MORDAZA de MORDAZA no guarda coherencia con el Perfil previamente aprobado con Oficio Nº 044-2007/MIMDES/OGPP asumiendo las caracteristicas de un MORDAZA proyecto, debido al cambio de localizacion del cementerio; Que, la Administracion se encuentra facultada para la revision de un acto o una resolucion con el fin de volver sobre los mismos a fin de modificarlos o hacerlos desaparecer del ambito juridico, todo ello en el MORDAZA de los principios que rigen al procedimiento administrativo; Que, en consecuencia, y en el MORDAZA legal MORDAZA citado resulta necesario dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 049-2010-MIMDES; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, la Ley Nº 27793 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 049-2010-MIMDES. Articulo 2º.- Comunicar la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

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PRODUCE
Suspenden actividades extractivas de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA en area maritima del litoral
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 114-2010-PRODUCE MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2010 VISTOS: El Oficio Nº DE-100-131-2010-PRODUCE/ IMP del 30 de MORDAZA de 2010 del Instituto MORDAZA del Peru IMARPE; el Informe Nº 342-2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi del 30 de MORDAZA de 2010 de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero; y, el Informe Nº 031-2010PRODUCE/OGAJ-cfva del 30 de MORDAZA de 2010 de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, el articulo 9º de la citada Ley, establece que el Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, determinara, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; ademas, que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de caracter general dicta el Ministerio; Que, por Resolucion Ministerial Nº 547-2009-PRODUCE publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2009, se autorizo el inicio de la Primera Temporada de Pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), en la MORDAZA comprendida entre los 16° 00' 00'' Latitud Sur y el extremo sur del dominio maritimo del Peru, correspondiente al periodo enero ­ junio de 2010; Que, el articulo 7º de la Resolucion Ministerial Nº 547-2009PRODUCE, establece que cuando se registren ejemplares juveniles de anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) en porcentajes superiores al 10% de los desembarques diarios de un determinado puerto, se suspenderan las actividades pesqueras, principalmente las

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