Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2010 (05/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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actividades extractivas, por un periodo minimo de tres (3) dias consecutivos de las zonas de pesca o de ocurrencia, si dichos volumenes de desembarque pudiesen afectar el desarrollo poblacional del recurso mencionado; Que, mediante el Oficio Nº DE-100-131-2010-PRODUCE/ IMP el Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE, remitio el "Reporte de la Pesqueria de anchoveta en la Region Sur del Litoral Peruano (Del 25 al 28 de MORDAZA de 2010)" donde informa que durante dicho periodo se desembarco 15 476 toneladas metricas, siendo Ilo el puerto que registro la mayor captura. Ademas, que se registro un rango de tallas que fluctuo entre 8,5 y 16,5 cm de longitud total, con moda en 13 cm, siendo el porcentaje de juveniles de anchoveta de 16,3% y que la mayor incidencia de juveniles se observo entre los 17°00'00'' y 17°59'59'' Latitud Sur; por lo que recomienda adoptar las medidas preventivas de proteccion a los ejemplares juveniles de este recurso en el area en mencion; Que, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Nº 342-2010-PRODUCE/ DGEPP-Dchi, considerando lo informado por el IMARPE, recomienda suspender las actividades extractivas en el lugar donde se registra la presencia de ejemplares juveniles de anchoveta, por un periodo de cinco (5) dias consecutivos; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1027, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, asi como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 1047; y, Con el visado de la Viceministra de Pesqueria y de los Directores Generales de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), a partir de las 00:00 horas del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial, por un periodo de cinco (5) dias consecutivos en el area maritima comprendida entre los 17°00'00" (Mollendo) y 17°59'59'' Latitud Sur (Ilo). Articulo 2º.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial sera sancionado conforme al Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuicolas (RISPAC), aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE y demas normas concordantes, complementarias y/o ampliatorias. Articulo 3º.- Las Direcciones Generales de Extraccion y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Asuntos Ambientales de Pesqueria del Ministerio de la Produccion, asi como las Direcciones Regionales con competencia pesquera y la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, dentro del ambito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, realizaran las acciones de difusion que correspondan y velaran por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion

Visto, el Informe Nº 009-2010-SERVIR/GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Publicos; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM se aprobo el Reglamento del Regimen Laboral de los Gerentes Publicos creado por el Decreto Legislativo Nº 1024; Que, el citado Reglamento establece en su articulo 11º que la Autoridad Nacional del Servicio Civil definira, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva, previo acuerdo del Consejo Directivo, los cargos de direccion o de gerencia de mando medio de destino, susceptibles de asignacion de Gerentes Publicos, en el MORDAZA de lo establecido en el articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 1024; Que, atendiendo a lo informado por la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Publicos, corresponde emitir la resolucion respectiva conforme al Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo en la Sesion de fecha 08 de MORDAZA de 2010, de conformidad con el articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 1024 concordante con el articulo 11º del Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM; Con la visacion de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Publicos y la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar como cargo de destino para la asignacion de un profesional que conforme el Cuerpo de Gerentes Publicos, el que se indica a continuacion:
ENTIDAD SOLICITANTE Ministerio de Relaciones Exteriores CARGO DE DESTINO Director de Logistica

Articulo Segundo.- Publicar en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional de SERVIR la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ESPARCH MORDAZA Presidenta Ejecutiva

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Modifican Res. Nº 080-2009-ANSCPE en el extremo referido al cargo de destino de Gerente Publico
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 29-2010-SERVIR/PE MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2010
Visto el Informe Nº 009-2010-SERVIR/GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Publicos; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 0802009-ANSC-PE, de fecha 30 de diciembre de 2009, se asigno a diversos profesionales incorporados al Cuerpo de Gerentes Publicos mediante Resolucion Nº 078-2009-ANSCPE, a sus respectivos cargos de destino, entre los que se encuentra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA quien fue asignado al cargo de Director de la Division de Logistica del Fondo de Salud para el Personal de la Policia Nacional del Peru (FOSPOLI) del Ministerio del Interior; Que, la referida asignacion no se ha formalizado a la fecha por aspectos administrativos de cargo de la entidad de destino; Que, mediante Oficio RE (SGG) Nº 1-0-B/33 del 23 de marzo de 2010, el Ministro de Relaciones Exteriores solicito a SERVIR la asignacion de gerentes publicos para cubrir, entre otro, el cargo de Director de Logistica; Que, el Consejo Directivo en su sesion de fecha 08 de MORDAZA de 2010, acordo aprobar la modificacion de la asignacion dispuesta en la Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 0802009-ANSC-PE, en el extremo referido al cargo de destino del Gerente Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, entendiendose que su cargo de destino es el de Director de Logistica del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargando a la Presidenta Ejecutiva emitir la resolucion que formalice dicho acuerdo; Que, en tal sentido, resulta conveniente modificar la Resolucion Nº 080-2009-ANSC-PE; Con la visacion de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Publicos y la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad al Decreto Legislativo Nº 1024 y el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM y en uso de las

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ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Aprueban cargo de destino para asignacion de profesional que conforme el Cuerpo de Gerentes Publicos
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 28-2010-SERVIR-PE MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2010

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