TEXTO PAGINA: 9
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de mayo de 2010 418415 actividades extractivas, por un período mínimo de tres (3) días consecutivos de las zonas de pesca o de ocurrencia, si dichos volúmenes de desembarque pudiesen afectar el desarrollo poblacional del recurso mencionado; Que, mediante el Ofi cio Nº DE-100-131-2010-PRODUCE/ IMP el Instituto del Mar del Perú – IMARPE, remitió el “Reporte de la Pesquería de anchoveta en la Región Sur del Litoral Peruano (Del 25 al 28 de abril de 2010)” donde informa que durante dicho período se desembarcó 15 476 toneladas métricas, siendo Ilo el puerto que registró la mayor captura. Además, que se registró un rango de tallas que fl uctuó entre 8,5 y 16,5 cm de longitud total, con moda en 13 cm, siendo el porcentaje de juveniles de anchoveta de 16,3% y que la mayor incidencia de juveniles se observó entre los 17°00’00’’ y 17°59’59’’ Latitud Sur; por lo que recomienda adoptar las medidas preventivas de protección a los ejemplares juveniles de este recurso en el área en mención; Que, la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Nº 342-2010-PRODUCE/ DGEPP-Dchi, considerando lo informado por el IMARPE, recomienda suspender las actividades extractivas en el lugar donde se registra la presencia de ejemplares juveniles de anchoveta, por un período de cinco (5) días consecutivos; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, modifi cada por el Decreto Legislativo Nº 1027, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 1047; y, Con el visado de la Viceministra de Pesquería y de los Directores Generales de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, por un período de cinco (5) días consecutivos en el área marítima comprendida entre los 17°00’00” (Mollendo) y 17°59’59’’ Latitud Sur (Ilo). Artículo 2º.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial será sancionado conforme al Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC), aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE y demás normas concordantes, complementarias y/o ampliatorias. Artículo 3º.- Las Direcciones Generales de Extracción y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Asuntos Ambientales de Pesquería del Ministerio de la Producción, así como las Direcciones Regionales con competencia pesquera y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ NICANOR GONZALES QUIJANO Ministro de la Producción 489503-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Aprueban cargo de destino para asignación de profesional que conforme el Cuerpo de Gerentes Públicos RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 28-2010-SERVIR-PE Lima, 3 de mayo de 2010 Visto, el Informe Nº 009-2010-SERVIR/GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM se aprobó el Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo Nº 1024; Que, el citado Reglamento establece en su artículo 11º que la Autoridad Nacional del Servicio Civil defi nirá, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva, previo acuerdo del Consejo Directivo, los cargos de dirección o de gerencia de mando medio de destino, susceptibles de asignación de Gerentes Públicos, en el marco de lo establecido en el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1024; Que, atendiendo a lo informado por la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos, corresponde emitir la resolución respectiva conforme al Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo en la Sesión de fecha 08 de abril de 2010, de conformidad con el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1024 concordante con el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM; Con la visación de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar como cargo de destino para la asignación de un profesional que conforme el Cuerpo de Gerentes Públicos, el que se indica a continuación: ENTIDAD SOLICITANTE CARGO DE DESTINO Ministerio de Relaciones Exteriores Director de Logística Artículo Segundo.- Publicar en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. NURIA ESPARCH FERNANDEZ Presidenta Ejecutiva 488997-1 Modifican Res. Nº 080-2009-ANSC- PE en el extremo referido al cargo de destino de Gerente Público RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 29-2010-SERVIR/PE Lima, 3 de mayo de 2010 Visto el Informe Nº 009-2010-SERVIR/GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos; CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 080- 2009-ANSC-PE, de fecha 30 de diciembre de 2009, se asignó a diversos profesionales incorporados al Cuerpo de Gerentes Públicos mediante Resolución Nº 078-2009-ANSC- PE, a sus respectivos cargos de destino, entre los que se encuentra el señor Juan Emiliano Flores del Castillo quien fue asignado al cargo de Director de la División de Logística del Fondo de Salud para el Personal de la Policía Nacional del Perú (FOSPOLI) del Ministerio del Interior; Que, la referida asignación no se ha formalizado a la fecha por aspectos administrativos de cargo de la entidad de destino; Que, mediante Ofi cio RE (SGG) Nº 1-0-B/33 del 23 de marzo de 2010, el Ministro de Relaciones Exteriores solicitó a SERVIR la asignación de gerentes públicos para cubrir, entre otro, el cargo de Director de Logística; Que, el Consejo Directivo en su sesión de fecha 08 de abril de 2010, acordó aprobar la modifi cación de la asignación dispuesta en la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 080- 2009-ANSC-PE, en el extremo referido al cargo de destino del Gerente Público Juan Emiliano Flores del Castillo, entendiéndose que su cargo de destino es el de Director de Logística del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargando a la Presidenta Ejecutiva emitir la resolución que formalice dicho acuerdo; Que, en tal sentido, resulta conveniente modifi car la Resolución Nº 080-2009-ANSC-PE; Con la visación de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad al Decreto Legislativo Nº 1024 y el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM y en uso de las