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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2010 (15/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de mayo de 2010 418996 Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$. 31.00 x 2 personas El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4°.- El mencionado Personal Naval, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 5°.- El mencionado Personal Naval revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a la exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 494364-5 ECONOMIA Y FINANZAS Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN DECRETO SUPREMO N° 109-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado modifi cada por Ley N° 27899, establece que las normas de organización y funciones de los Organismos Públicos, serán aprobadas por Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, por el Decreto Supremo N° 027-2002-PCM, se dispuso la absorción de la Comisión de Promoción de la Inversión Privada -COPRI, la Comisión Nacional de inversiones y Tecnologías Extranjeras -CONITE y de la Gerencia de la Comisión de Económica de la Comisión de Promoción del Perú -PROMPERÚ, por la Dirección Ejecutiva FOPRI, pasando a denominarse esta entidad Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; Que, mediante Decreto Supremo N° 034-2008-PCM se aprobó la califi cación de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN- como Organismo Público Ejecutor, ateniendo lo dispuesto por el Título IV de la Ley N° 29158; Que, la actualización de dicha califi cación fue aprobada mediante Decreto Supremo N° 048-2010- PCM, manteniendo PROINVERSIÓN la califi cación de Organismo Público Ejecutor; Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN y su modifi catoria, fueron aprobados a través de Decreto Supremo N° 042-2009-EF y Decreto Supremo N° 310-2009-EF, respectivamente; Que, resulta necesario modifi car el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada PROINVERSIÓN, con la fi nalidad que los Comités Especiales conformados por los Comités de PROINVERSIÓN, estén integrados por hasta cinco (5) miembros; Que, se cuenta con la opinión técnica favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, sobre la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, objeto del presente Decreto Supremo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 28660, Ley que determina la Naturaleza Jurídica de PROINVERSIÓN, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones Modifíquese el Artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2009-EF y modifi cado mediante Decreto Supremo N° 310-2009-EF, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 10.- Los Comités Especiales están conformados por los Comités de PROINVERSIÓN, los cuales tienen el encargo de dirigir y diseñar la ejecución de los procesos de promoción de la inversión privada. El número de miembros de cada Comité será de tres (3) o cinco (5). Se constituyen y conforman por Resolución Suprema del Sector Economía y Finanzas a propuesta del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN. Les corresponden las funciones previstas en las normas de la materia y las que les asigne el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN. Los Comités Especiales dependen del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, salvo delegación a favor del Director Ejecutivo. Los Comités Especiales cuentan con un equipo técnico, a cargo de uno o más Jefes de Proyecto designados por el Director Ejecutivo. Los equipos técnicos se constituyen considerando la carga de trabajo de cada Comité y especialidad.” Artículo 2.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del día de su publicación. Artículo 3.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los catorce días del mes de mayo del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 494364-3 Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito con la Autoridad Portuaria Nacional sobre el servicio de la deuda derivada de la operación de endeudamiento interno aprobada por D.S. Nº 316-2010-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 245 -2010-EF/75 Lima, 14 de mayo de 2010