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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2010 (15/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de mayo de 2010 419006 beneplácito de estilo para que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Harold Winston Forsyth Mejía, se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República Popular Democrática de Corea, con residencia en la ciudad de Pekín, República Popular China; De conformidad con los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318, y los artículos 62º, 63º literal B) y 64º inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Popular China, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Harold Winston Forsyth Mejía, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente del Perú ante la República Popular Democrática de Corea, con residencia en la ciudad de Pekín, República Popular China. Artículo 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 494364-8 Elevan de categoría a la Sección Consular de la Embajada del Perú en Estocolmo, Reino de Suecia, a Consulado General RESOLUCIÓN SUPREMA N° 195-2010-RE Lima, 14 de mayo de 2010 Vista la Resolución Suprema Nº 152-2010-RE, de fecha 20 de abril de 2010, mediante la cual se dispone cerrar temporalmente la Embajada del Perú en el Reino de Suecia; Considerando la necesidad de no afectar signifi cativamente la labor consular a favor de los aproximadamente 12,000 connacionales que conforman la comunidad peruana asentada en la región de Escandinavia; Teniendo en cuenta el consentimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores del Reino de Suecia para el establecimiento del Consulado General del Perú en la ciudad de Estocolmo; lo que implica la consecuente conformidad del gobierno sueco para la elevación de categoría de la Sección Consular de la Embajada del Perú en Estocolmo, a Consulado General; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Embajada del Perú en Estocolmo, Reino de Suecia; De conformidad con lo establecido en el artículo 118º, inciso 11, de la Constitución Política del Perú; en el artículo 38º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 05 de octubre de 2005; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Elevar de categoría a la Sección Consular de la Embajada del Perú en Estocolmo, Reino de Suecia, a Consulado General. Artículo 2º.- Asignar los recursos que resulten necesarios para el sostenimiento del Consulado General del Perú en Estocolmo, Reino de Suecia, con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 494364-9 Autorizan viaje de funcionario diplomático a la República de Corea para participar en el Foro de Alto Nivel para Cooperación Corea - América Latina y El Caribe RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 196-2010-RE Lima, 14 de mayo de 2010 CONSIDERANDO: Que, entre los días 26 y 27 de mayo de 2010, se desarrollará en la ciudad de Seúl, República de Corea, el Foro de Alto Nivel para Cooperación Corea-América Latina y El Caribe; Que, el gobierno de la República de Corea, ha extendido una invitación formal al señor Viceministro de Relaciones Exteriores, Embajador Néstor Francisco Popolizio Bardales, para que participe en este evento; Que, adicionalmente el señor Viceministro de Relaciones Exteriores, sostendrá, el 25 de mayo de 2010, reuniones bilaterales con autoridades del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Agencia de Cooperación Internacional de la República de Corea; Que, las relaciones bilaterales del Perú con la República de Corea han experimentado un importante dinamismo en los últimos años como consecuencia, entre otras razones, de un permanente contacto político al más alto nivel entre autoridades de ambos países; Que, es de interés para el Perú asegurar su participación en este importante evento como parte de su proyección externa hacia la región del Asia Pacífi co; Teniendo en cuenta los Memoranda (SAP) Nº SAP0205/2010, de la Subsecretaría para Asuntos de Asia, Cuenca del Pacífi co, África y Medio Oriente, de 28 de abril de 2010; y (FIN) Nº FIN0227/2010, de la Dirección de Finanzas, de 30 de abril de 2010, que otorga disponibilidad presupuestaria al presente viaje; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el artículo 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357, la Ley Nº 27619 y su modifi catoria la Ley Nº 28807 y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Néstor Francisco Popolizio Bardales, Viceministro de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Seúl, República de Corea, del 25 al 27 de mayo de 2010, a fi n de atender una invitación especial formulada por el gobierno de la República de Corea, para participar en el Foro de Alto Nivel para Cooperación Corea-América Latina y El Caribe, y sostener reuniones de trabajo con autoridades del gobierno de ese país. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes y alojamiento serán cubiertos por el gobierno coreano, debiendo el Ministerio de Relaciones Exteriores asumir los gastos correspondientes a alimentación y la tarifa