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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2010 (15/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de mayo de 2010 419005 - Jefe de la Ofi cina de Asuntos Internacionales del Instituto del Mar del Perú – IMARPE; - Dos representantes del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; y, - Un representante de la Ofi cina General de Administración.” Artículo 3º.- Constituir el “Comité Organizador de la Reunión Ministerial de los Océanos – 2010”, encargado de realizar todas las coordinaciones y actividades con las entidades públicas y/o privadas necesarias para llevar a cabo el evento internacional denominado “Reunión Ministerial de los Océanos – 2010”, que estará conformado de la siguiente manera: - Presidente de Directorio del Fondo de Compensación para el Ordenamiento Pesquero - FONCOPES, quien lo presidirá; - Dos asesores económicos y una coordinadora administrativa adscritos al Despacho Ministerial; - Tres asesores legales adscritos al Despacho Viceministerial de Pesquería; - Dos representantes de la Ofi cina General de Administración; y, - Dos representantes de la Ofi cina de Comunicación e Imagen Institucional. Artículo 4º.- El “Comité Organizador de la Reunión Ministerial de los Océanos – 2010”, deberá instalarse dentro de los dos (2) días hábiles de publicada la presente resolución, bajo responsabilidad. Artículo 5º.- El Grupo de Trabajo encargado de efectuar el seguimiento a los acuerdos adoptados en la XVI Reunión de Líderes del APEC; dentro del plazo de cuatro (4) días hábiles de publicada la presente resolución, transferirá el personal y acervo documentario relacionados a la organización de la Reunión Ministerial de los Océanos, a realizarse en el presente año, al “Comité Organizador de la Reunión Ministerial de los Océanos – 2010”; remitiendo al Despacho Ministerial el Acta de término de la transferencia. Artículo 6º.- El Grupo de Trabajo y el “Comité Organizador de la Reunión Ministerial de los Océanos – 2010” antes mencionados, deberán de presentar dentro de un plazo máximo de seis (6) días de publicada la presente resolución, un cronograma y esquema de trabajo y/o actividades a realizar, tendientes a asegurar el cumplimiento de las funciones encargadas. Artículo 7º.- El Grupo de Trabajo y el “Comité Organizador de la Reunión Ministerial de los Océanos – 2010”, deberán de sesionar como mínimo una vez por semana, con la fi nalidad de realizar todas las actividades relacionadas con sus encargos, debiendo al fi nal de cada sesión levantar un acta y presentar un informe por escrito al Despacho Ministerial, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ NICANOR GONZALES QUIJANO Ministro de la Producción 494311-1 RELACIONES EXTERIORES Crean el Consulado Honorario del Perú en la ciudad de Lieja, Reino de Bélgica DECRETO SUPREMO N° 074-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es prioridad del Gobierno del Perú mantener una activa labor de protección y promoción de los intereses y derechos de los peruanos, a través de un constante apoyo y asistencia consular a las comunidades peruanas en el exterior; así como también promover los intereses del país, especialmente los vinculados a las esferas económico-comercial, cultural y turística; Que el establecimiento de una Ofi cina Consular del Perú en la ciudad de Lieja, Reino de Bélgica, a cargo de un funcionario honorario, promoverá la presencia consular del Perú en la Región de Valonia, y permitirá fomentar el desarrollo de las relaciones comerciales, económicas, culturales y científi cas entre el Reino de Bélgica y la República del Perú, sin irrogar gastos al Estado; Que, el Servicio Público Federal de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Cooperación al Desarrollo del Reino de Bélgica, a través de la Nota Nº 27389/1, comunicó la no objeción de su gobierno para la apertura de la Ofi cina Consular del Perú en la ciudad de Lieja, con circunscripción en las provincias de Lieja y Luxemburgo; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Embajada del Perú en Bruselas, Reino de Bélgica; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 37º y 38º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE de 05 de octubre de 2005; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; DECRETA: Artículo 1º.- Crear el Consulado Honorario del Perú en la ciudad de Lieja, Reino de Bélgica, a cargo de un funcionario consular honorario, con circunscripción en las provincias de Lieja y Luxemburgo. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de mayo del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 494364-4 Nombran a Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Popular China, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente del Perú ante la República Popular Democrática de Corea RESOLUCIÓN SUPREMA N° 194-2010-RE Lima, 14 de mayo de 2010 VISTAS: La Resolución Suprema N° 199-2009-RE, que nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Popular China, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Harold Winston Forsyth Mejía; y, La Resolución Ministerial N° 1043-2009-RE, que fi jó el 01 de agosto de 2009, como la fecha en que el citado funcionario diplomático debió asumir funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Popular China; CONSIDERANDO: Que, el inciso 12) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Que, con el Memorándum (PRO) Nº PRO0060/2010, de 18 de febrero de 2010, la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, informa que las autoridades de la República Popular Democrática de Corea, han otorgado el