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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2010 (15/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de mayo de 2010 419002 Que, mediante Ofi cio N° 283-2010-MP-FN del 4 de mayo de 2010, la Doctora Gladys Margot ECHAIZ RAMOS, Fiscal de la Nación, solicita al Señor General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, se sirva adoptar, con carácter de MUY URGENTE, las acciones que correspondan para la designación y autorización de viaje de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, trasladar y custodiar al citado ciudadano desde la República de Argentina hacia nuestro país, teniendo en consideración el plazo señalado por las autoridades argentinas; Que, con Memorándum Múltiple N° 154-2010- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 10 de mayo de 2010, el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de Resolución Suprema de viaje al extranjero en comisión del servicio del Capitán de la Policía Nacional del Perú Carlos Alexis RIVAS ROJAS y del Subofi cial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú José Daniel DIAZ HUERTAS, a la ciudad de Buenos Aires - República de Argentina, del 15 al 19 de mayo de 2010, a fi n de que ejecuten la extradición activa del procesado Luis Alexander RAFAGLOSKY HERMOSA, solicitado por la autoridad judicial antes mencionada, por el delito Contra la Administración Pública - resistencia y desobediencia a la autoridad, en agravio del Estado peruano, (Exp. N° 254-2007); Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, mediante Ofi cio N° 414-2010-DIRECFIN-PNP/ DIVPRE. del 12 de mayo de 2010, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, remite el Informe N° 116-2010-DIRECFIN-PNP-DIVDyB-DEPADM. del 7 de mayo de 2010, sobre Proyecto de Liquidación por Comisión del Servicio en el Extranjero del 15 al 19 de mayo de 2010; asimismo la Unidad de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, hace conocer que se ha formulado la Certifi cación de Crédito Presupuestario N° 333-2010- DIRECFIN-PNP/DIVPRE del 12 de mayo de 2010, estableciendo que efectuado los cálculos, se atenderá lo solicitado con la Específi ca del Gasto 2.3.21.12 Viáticos y Asignaciones, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por la suma ascendente a US$ 2,000.00 (Dos Mil 00/100 Dólares Americanos), por comisión del servicio a la ciudad de Buenos Aires - República de Argentina, del Capitán de la Policía Nacional del Perú Carlos Alexis RIVAS ROJAS y del Subofi cial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú José Daniel DIAZ HUERTAS, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial antes mencionada; Que, el artículo 2° del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el inciso 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 29465 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, referido a las medidas en materia de bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley N° 28212, Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y dicta otras medidas y modifi catoria, siendo que todos los viajes se realizan en categoría económica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; en ese sentido resulta viable autorizar el viaje propuesto mediante el documento del visto; Que, el artículo 4° de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder califi car su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en consideración los dispositivos legales antes mencionados y en cuenta la importancia del viaje del personal policial referido, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta necesario autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 29465 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; la Ley N° 27238 - Ley de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2000-IN; la Ley N° 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004- 2005-IN, modifi cado por el Decreto Supremo N° 003- 2007-IN. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, a propuesta del Director General de la Policía Nacional del Perú, el viaje al exterior en comisión del servicio del Capitán de la Policía Nacional del Perú Carlos Alexis RIVAS ROJAS y del Subofi cial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú José Daniel DIAZ HUERTAS, a la ciudad de Buenos Aires - Argentina, del 15 al 19 de mayo de 2010, para ejecutar la extradición activa del procesado Luis Alexander RAFAGLOSKY HERMOSA, solicitado por el Primer Juzgado Especializado en lo Penal del Módulo Básico de Justicia de los Olivos de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito Contra la Administración Pública - Resistencia y Desobediencia a la autoridad, en agravio del Estado peruano. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Capitán de la Policía Nacional del Perú Carlos Alexis RIVAS ROJAS Viáticos (Art. 5º DS 047-2002-PCM) 5 x 200 US.$ 1,000.00 T O T A L US.$ 1,000.00 Subofi cial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú José Daniel DIAZ HUERTAS Viáticos (Art. 5º DS 047-2002-PCM) 5 x 200 US.$ 1,000.00 T O T A L US.$ 1,000,00 Artículo 3°.- Dentro de los QUINCE (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado deberá presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4°.- Dentro de los SIETE (7) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación.