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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de mayo de 2010 419297 SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada, de Tipo B, con zonifi cación Residencial de Densidad Media – RDM y Comercio Zonal – CZ, del predio de 14,700.00 m2, denominado Lote A-1 del Terreno Rústico Denominado Lote “A” Saldo Oeste del Fundo Naranjal, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, Provincia y Departamento de Lima, inscrita a favor de la Asociación de Vivienda Predio San Sebastián en el Asiento C00001 de la Partida Nº 44075075 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, que deberá sujetarse al Plano de Lotización Nº 043- 2010-SGCyHU-GDU-MDSMP-GDU/MDSMP y la Memoria Descriptiva debidamente aprobada por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Asociación de Vivienda Predio San Sebastián para que, dentro de los dieciocho (18) meses de notifi cado el presente acto administrativo, ejecute las obras necesarias para culminar con su Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, como son la obra de agua potable, alcantarillado, veredas (aceras), pistas (calzadas), señalización y ornamentación de parque, los cuales deberán sujetarse a los planos y memoria descriptiva debidamente aprobados por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, así como a las características y especifi caciones técnicas siguientes: El diseño se hará según los cuadros siguientes: CUADRO GENERAL DE AREAS DESCRIPCIÓN ÁREA (m2) Área Bruta del Terreno 14,700.00 Área Útil 10,139.50 Recreación Pública y Área Verde 767.63 Ministerio de Educación (Lt. 18 Mz. A) 181.69 Serpar (Lt. 16 Mz. A) 148.45 Renovación Urbana (Lt. 15 Mz. A) 106.70 Servicios Públicos (Lt. 19 Mz. A) 182.15 Local Comunal (Lt. 17 Mz. A) 83.54 Área de Vías 3,090.34 CUADRO DE MANZANAS Y LOTES MANZANA LOTES A 01 al 14 y 20 al 36 B 1 al 38 Total 69 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS - RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (RDM) Área Afecta a Aportes RDM: 9,083.71 m2 APORTES ORDENANZA Nº 836-MDSMP PROYECTO DEFICIT SUPERÁVIT % ÁREA (m2) % ÁREA (m2) % ÁREA (m2) % ÁREA (m2) Recreación Pública 7 635.87 - 710.58 - 0.00 - 74.71 SERPAR (Parque Zonales) 2 181.67 - 148.45 - 32.22 - 0.00 Renovación Urbana 1 90.84 - 106.70 - 0.00 - 15.86 Ministerio de Educación 2 181.69 - 181.69 - 0.00 - 0.00 Municipalidad Distrital 2 181.69 - 182.15 - 0.00 - 0.48 Los défi cit de aportes reglamentarios serán redimidos en dinero y pagados a la respectiva entidad, antes de la recepción de la obra. CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS - COMERCIO ZONAL (CZ) Área Afecta a Aportes CZ: 5,616.29 m2 APORTES ORDENANZA Nº 836-MDSMP PROYECTO DEFICIT SUPERÁVIT % ÁREA (m2) % ÁREA (m2) % ÁREA (m2) % ÁREA (m2) SERPAR (Parque Zonales) 5 280.81 - 0.00 5 280.81 - 0.00 Renovación Urbana 3 168.49 - 0.00 3 168.49 - 0.00 Municipalidad Distrital 2 112.32 - 0.00 2 112.32 - 0.00 Los défi cit de aportes reglamentarios serán redimidos en dinero y pagados a la respectiva entidad, antes de la recepción de la obra. Además, deberán tener en cuenta los aspectos técnicos siguientes: CALZADAS: Podrán ser del Tipo Flexible, con las dimensiones y características de los componentes de las calzadas, serán las que resulten del diseño estructural, debiendo obtener la autorización de ejecución en la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, tomando en cuenta la carga por efecto del tránsito vehicular a soportar en su vida útil y el tipo de terreno de fundación. ACERAS: Serán de concreto de calidad fc = 175 kg/cm2 de espesor 0.15 m y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material de préstamo, limpio de buena calidad debidamente nivelado y compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m y el acabado será con mezcla de cemento y arena fi na en proporción 1.2 de un centímetro de espesor y bruñas cada 1.00 m. conjuntas de 3/4” cada 5 ml. SARDINELES: En los extremos expuestos de la aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 m. ancho x 0.30 m altura de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. RAMPAS EN BERMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD: En los extremos de los abanicos (martillos) de las aceras, se construirán rampas peatonales que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Ministerial 069-2001-MTC/15.04 y el Reglamento Nacional de Edifi caciones; las obras serán sometidas a los controles establecidos por cuenta de los interesados. OBRAS SANITARIAS: Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de agua potable y alcantarillado que apruebe SEDAPAL. ELECTRICIDAD. Los interesados deberán poner en conocimiento de las empresas concesionarias, la fecha de inicio y término de las obras; los mismos que serán ejecutadas de acuerdo a los proyectos aprobados por la empresa prestadora de servicios. INSTALACIONES TELEFÓNICAS: Para las instalaciones telefónicas, instalaciones de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales, los interesados deberán coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónica. Artículo Tercero.- DISPONER a la Asociación de Vivienda Predio San Sebastián el pago del défi cit de aportes reglamentarios a redimirse en dinero por SERPAR (Parques Zonales) de un área de 314.03 m2, por Renovación Urbana de un área de 168.49 m2, y por Municipalidad Distrital (Servicios Públicos) de un área de 112.32 m2, antes de la recepción de obras, a favor del Servicio de Parques de Lima, la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima y la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, respectivamente, dejando en garantía los lotes 31 al 36 de la Manzana A del Programa de Vivienda Residencial. Artículo Cuarto.- DISPONER la inscripción de la presente resolución en el Sistema Nacional de Registros, así como su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, debiendo la Asociación de Vivienda Predio San Sebastián asumir los gastos para tales fi nes, dentro de los treinta (30) días hábiles de haber tomado válidamente conocimiento del citado acto administrativo. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración Tributaria, y Gerencia de Administración y Finanzas, de acuerdo a sus competencias, incorporar la Habilitación Urbana a que se refi ere el artículo primero de la presente resolución, al Plano Urbano del Distrito de San Martín de Porres, así como registrar los predios resultantes en el Registro de Contribuyentes y Margesí de Bienes Inmuebles de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, cuando corresponda, sin perjuicio de identifi car las infracciones administrativas e imponer las sanciones que corresponda por habilitar y vender lotes sin contar con autorización municipal o habilitación urbana aprobada. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano remitir copia certifi cada del Expediente Técnico y la presente resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratifi cación, sin perjuicio de comunicar el tenor