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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2010 (21/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de mayo de 2010 419285 disposiciones técnicas y legales establecidas en el marco legal para su aprobación y vigencia. Artículo Segundo.- Dejar constancia que el presente Acuerdo ratifi catorio para su vigencia, se encuentra condicionada al cumplimiento de su publicación y del Texto de la Ordenanza Nº 0208-MDI, así como la última versión de los Anexos; que contiene los cuadros de estructura de costos y estimación de ingresos respectivamente, por lo que su aplicación sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la Municipalidad, la cual tiene carácter de declaración jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 496695-1 Ratifican derechos correspondientes a 77 procedimientos y servicios administrativos contenidos en la Ordenanza N° 103-MDSL de la Municipalidad Distrital de San Luis ACUERDO DE CONCEJO N° 186 Lima, 14 de mayo de 2010 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de mayo del 2010, el Informe N° 004-181-00000148 mediante el cual la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administración Tributaria, emite opinión técnica y legal con relación a la solicitud de ratifi cación de la Ordenanza N° 103- MDSL, que aprueba los derechos por los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San Luis; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, para la entrada en vigencia y exigibilidad de las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales, éstas deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción. Que, en el caso de la Provincia de Lima, a través del Edicto N° 227 se otorgó al Servicio de Administración Tributaria, la facultad de emitir opinión técnica acerca de las Ordenanzas que sobre materia tributaria hubieren aprobado las Municipalidades Distritales y que sean sometidas a la ratifi cación del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, en esa misma línea y de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ordenanza Metropolitana Nº 607, respecto a que las Municipalidades Distritales integrantes de la Provincia de Lima deberán formular sus solicitudes de ratifi cación ante el Servicio de Administración Tributaria, dentro de los plazos establecidos en la Ordenanza N° 727, la cual precisa que la presentación de las solicitudes de ratifi cación de las Ordenanzas que aprueban derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) deberán de efectuarse hasta el último día hábil del mes de junio. Que en el presente caso, mediante Ofi cio N° 004-2010- MDSL-GM de fecha 02 de febrero del 2010, la Municipalidad Distrital de San Luis, solicitó la ratifi cación de la Ordenanza N° 102-MDSL, que modifi có la Ordenanza N° 093, a través de la cual se dispone la aprobación de los derechos por los procedimientos y servicios administrativos contenidos en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos institucional, siendo ésta materia de observaciones técnicas y legales detectadas por el Servicio de Administración Tributaria mediante Ofi cio Nº 004-090-00006480 de fecha 22 de marzo del 2010; por lo que mediante Ofi cio N° 286-2010-MDSL de fecha 29 de abril del 2010, la Municipalidad Distrital de San Luis procede al envío de la Ordenanza N° 103-MDSL, que deroga la norma inicialmente enviada a ratifi car, así como información sustentatoria correspondiente. Que, cabe señalar que dicha solicitud ha sido tramitada y evaluada según la Ordenanza N° 607, de acuerdo con lo establecido en su Sexta Disposición Final, en la que se dispone su aplicación respecto de las solicitudes de ratifi cación de ordenanzas que aprueben derechos administrativos ingresadas a partir del 1 de julio del 2004, así como, de conformidad con los lineamientos de la Directiva N° 001-006-00000001; en atención a lo preceptuado en la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 001-2009- PCM/SGP, en cuyo artículo 1 se dispuso que los Gobiernos Locales pueden utilizar la metodología y formatos de costos aprobados en una norma distinta a la Directiva N° 001- 95-INAP/DTSA (referida en el Decreto Supremo N° 079- 2007-PCM), para efectos de sustentar técnicamente los Procedimientos Administrativos de sus TUPA, siempre que ésta haya sido expedida con anterioridad a la publicación del citado Decreto Supremo. Que, el Servicio de Administración Tributaria ha procedido a la evaluación legal y técnica correspondiente, siguiendo para tal efecto las disposiciones de la Ordenanza N° 607, la Directiva N° 001-006-00000001, a través de las cuales se estableció el procedimiento para la ratifi cación de las ordenanzas tributarias por las Municipalidades Distritales integrantes de la Provincia de Lima, así como las normas legales vigentes a efectos de determinar la legalidad y racionalidad del establecimiento de los derechos de trámite correspondiente a cada procedimiento establecido, respectivamente, emitiendo en este caso la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administración Tributaria, el Informe Técnico Legal N° 004-181-00000148 de fecha 05 de mayo del 2010, el mismo que concluye en lo siguiente: 1. Los 101 derechos correspondientes a un total de 77 procedimientos y servicios administrativos contenidos en la Ordenanza N° 103-MDSL, que aparecen detallados en el Anexo N° 1 del Informe N° 004-181-00000148, han sido establecidos de conformidad con las normas que defi nen las competencias municipales y la simplifi cación administrativa. 2. De la evaluación técnica efectuada se concluye que los ingresos que la Municipalidad Distrital de San Luis piensa percibir, producto de la aplicación de los derechos de trámite por los procedimientos y servicios administrativos listados en el Anexo N° 1, fi nanciarán el 98.30% de los costos por la prestación de los mismos, la diferencia de los costos deberá ser cubierta por la Municipalidad Distrital. Costo Proyectado (S/.) Ingreso Proyectado (S/.) Procedimientos y servicios administrativos: 77 Derechos: 101 422,838.78 415,647.60 Total 422,838.78 415,647.60 Fuente: Expediente Ord. 103-MSDL Elaboración: SAT - Gerencia de Asuntos Legales 3. Los 101 derechos de trámites correspondientes a los 77 procedimientos listados en el Anexo N° 1 del Informe N° 004-181-00000148, cumplen con los requisitos técnicos establecidos en la Ordenanza N° 607, que regula el procedimiento de ratifi cación de ordenanzas distritales para la provincia de Lima, debiéndose precisar además que la estructura de costos de los derechos está de acuerdo a los lineamientos de la Directiva N° 001-006-00000001, encontrándose por ello justifi cados. 4. La procedencia de la solicitud de ratifi cación, se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicación de la Ordenanzas N° 103-MDSL y en especial del anexo que contiene el listado de los derechos de trámite por los procedimientos y servicios administrativos que brinda dicha comuna, en las formas y mecanismos establecidos en el marco legal vigente. 5. Sin perjuicio de lo antes mencionado, en aplicación del artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su entrada en vigencia; por lo que su aplicación sin la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano resulta de responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva. 6. Asimismo, cabe precisar que también es responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad la aplicación estricta de las disposiciones contenidas en la