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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2010 (21/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 72

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de mayo de 2010 419298 del mencionado acto administrativo a la Superintendencia Nacional de Bienes Nacionales, Servicio de Parques de Lima, Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima y Ministerio de Educación. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Secretaría General la notifi cación del presente acto administrativo a la Asociación de Vivienda Predio San Sebastián. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ANDRÉS ALCALDE ARIAS Gerente Municipal 495727-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Reconocen a cuatro representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil elegidos como Miembros ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Perla DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2010-MDLP-ALC La Perla, 13 de mayo del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA Vistos: el Informe N° 002-2010-CE-CCLD/MDLP de fecha 13 de mayo del 2010 del Comité Electoral; y, CONSIDERANO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú “establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos del gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el numeral 2) del artículo 7° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece como órgano de coordinación el Consejo de Coordinación Local Distrital; Que, el artículo 102° de la acotada norma legal establece la defi nición y composición del Consejo de Coordinación Local Distrital; que, los representantes de la sociedad civil son elegidos democráticamente, por un periodo de 2 (dos) años, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel distrital y que la elección de representantes será supervisada por el organismo electoral correspondiente; Que, mediante Ordenanza N° 007-2008-MDLP publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 19 de Marzo del 2008 esta comuna aprobó el Reglamento para el Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad Distrital de La Perla; Que, en el primer párrafo del artículo 3° de la acotada Ordenanza establece que “el Comité Electoral es el responsable de la conducción y desarrollo del Proceso Eleccionario de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital en todas sus fases desde la convocatoria hasta la publicación de los resultados fi nales”; Que, mediante Informe N° 002-2010-CE-CCLD/ MDLP de fecha 13 de mayo del 2010, el Comité Electoral remite el Acta Electoral conteniendo el resultado final del Escrutinio, solicitando que el Despacho de Alcaldía expida el Decreto de Alcaldía que formalice la designación de los 4 (cuatro) representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD, para el periodo comprendido del 24.05.2010 al 23.05.2012; Estando a lo expuesto en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- Reconocer a los 4 (cuatro) Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil, elegidos como Miembros ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Perla para el período comprendido del 24.05.2010 al 23.05.2012 los mismos que son: Sr. Valdemar Palomino Carranza Delegado de la Junta Vecinal Confraternidad Sra. Ivonne Zarela Paz Iparraguirre Delegada de la Junta Vecinal La Primera del Pacífi co de La Perla Sr. Raúl Cesti Revollar Delegado de la Junta Vecinal Parque Santa Luisa Sra. Herminia Concepción Rosales Paredes Delegada de la Junta Vecinal Residentes Unidos de La Perla Artículo Segundo.- Encargar al Comité Electoral el cumplimiento de la Ordenanza Nº 007-2008-MDLP y del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General la publicación del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 496392-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia de la Enmienda al Acuerdo con la Confederación Suiza Relativo al Proyecto “Programa de Cooperación Comercial (PCC) Fase II - Vigencia del 01.09.2005 al 31.12.2008” Entrada en vigencia de la Enmienda al Acuerdo entre la Confederación Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) Relativo al Proyecto “Programa de Cooperación Comercial (PCC) Fase II- Vigencia del 01.09.2005 al 31.12.2008”, suscrita el 11 de marzo de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratifi cado por Decreto Supremo 050-2010-RE de fecha 21 de abril de 2010, publicado el 22 de abril de 2010. Entró en vigencia, el 12 de mayo de 2010. 496527-1 Entrada en vigencia del Acuerdo suscrito con Suiza Relativo al “Programa Regional de Gestión de Ecosistemas de Bosques Andinos - ECOBONA” Entrada en vigencia del Acuerdo entre Suiza, Representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación - COSUDE y la República del Perú, Representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores -Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI Relativo al “Programa Regional de Gestión de Ecosistemas de Bosques Andinos - ECOBONA” fase con vigencia del 1 de abril de 2006 al 31 de diciembre de 2009, suscrito el 25 de julio de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratifi cado por Decreto Supremo 042-2010-RE de fecha 7 de abril de 2010, publicado el 8 de abril de 2010. Entró en vigencia, el 12 de mayo de 2010. 496528-1