Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2010 (30/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- Las Direcciones Generales de Extraccion y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Asuntos Ambientales de Pesqueria del Ministerio de la Produccion, asi como las Direcciones Regionales o Gerencias Regionales con competencia pesquera y la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, dentro del ambito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, realizaran las acciones de difusion que correspondan y velaran por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 500590-2

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de Grupo Nunton S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 283-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 27 de MORDAZA del 2010 Visto el expediente con escritos de registro Nº 00094470-2009 de fechas 28 de noviembre de 2009, 02 10 y 24 de febrero y 18 de marzo de 2010, presentados por la empresa GRUPO NUNTON S.A.C. CONSIDERANDO : Que, los Articulos 44° y 46° del Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, establecen que los permisos de pesca ­ entre otros derechos administrativos ­ son derechos especificos que el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determinado y a nivel nacional para el desarrollo de actividades pesqueras, conforme a lo dispuesto en la Ley y en las condiciones que determine su Reglamento; Que, el Articulo 34° del Reglamento de Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca, y asimismo, no procede la autorizacion de cambio de titular del mismo en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, el numeral 116.2 del Articulo 116° de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que "Pueden acumularse en un solo escrito mas de una peticion siempre que se trate de asuntos conexos que permitan tramitarse y resolverse conjuntamente, pero no planteamientos subsidiarios o alternativos", en ese orden de ideas, teniendo en cuenta que la solicitud de cambio de titular de permiso de pesca de las embarcaciones MI ANDREITA y VIRGEN DE CHAPI 2, no se podran resolver de manera conjunta, toda vez que la embarcacion pesquera VIRGEN DE CHAPI 2, se encuentra inmersa en un conflicto judicial, es pertinente desacumular las solicitudes presentadas por la empresa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 765-2008PRODUCE/DGEPP del 04 de diciembre de 2008, se otorgo a favor del senor MORDAZA NUNTON MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA PUICAN, permiso de pesca a plazo determinado para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "MI ANDREITA" de matricula PL-29219-CM de 43.81 m3 de capacidad de bodega, via sustitucion de la embarcacion pesquera "MI ANDREITA" de matricula Nº PL-12280-CM, para

la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano indirecto, utilizando red de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa; Que, por intermedio de los escritos del visto, el GRUPO NUNTON S.A.C., solicita el cambio de titular del permiso de pesca de las embarcaciones pesqueras "MI ANDREITA" y "VIRGEN DE CHAPI 2", alcanzando los requisitos pertinentes; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en los expedientes se ha determinado que el administrado ha cumplido con presentar los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE y normatividad sustantiva, por lo que resulta procedente atender el pedido de cambio de titular de permiso de pesca de la embarcacion pesquera MI ANDREITA, en los mismos terminos y condiciones con la que fue otorgado; sin embargo a traves de Oficio Nº 242-2010-PRODUCE/PP de fecha 31 de marzo de 2010 emitido por la Procuraduria Publica encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de la Produccion, nos informa que el 9° Juzgado Transitorio Especializado en lo Contencioso Administrativo emitio Sentencia con fecha 23 de noviembre notificada el 18 de diciembre de 2009, declarando fundada la demanda interpuesta por el Ministerio de la Produccion y en consecuencia nulas las Resoluciones Directorales Nº 315-2003-PRODUCE/ DNEPP y 196-2004-PRODUCE/DNEPP (Resoluciones que dieron origen al permiso de pesca de la E/P VIRGEN DE CHAPI 2), y no habiendo sido aun notificados de algun recurso de apelacion interpuesto por los demandados, es pertinente mantener en evaluacion el cambio de titular de permiso de pesca respecto de esta embarcacion; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 265-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi, Nº 418-2010-PRODUCE/ DGEPP y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE; y En uso de las facultades otorgadas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Desacumular el procedimiento de cambio de titular de las embarcaciones pesqueras MI ANDREITA de matricula PL-29219-CM y VIRGEN DE CHAPI 2 de matricula PL-17923-CM. Articulo 2º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera de bandera nacional "MI ANDREITA" de matricula PL-29219-CM, otorgado por Resolucion Directoral Nº 765-2008-PRODUCE/DGEPP del 04 de diciembre de 2008, a los senores MORDAZA NUNTON MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA PUICAN, a favor de la empresa GRUPO NUNTON S.A.C., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado. Articulo 3°.- Dejar sin efecto en el extremo relativo a la titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera indicada en el MORDAZA Articulo de la presente Resolucion que fuera otorgado a los senores MORDAZA NUNTON MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA PUICAN. Articulo 4°.- Incorporar a la empresa GRUPO NUNTON S.A.C., como titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "MI ANDREITA" de matricula PL-29219-CM, asi como la presente Resolucion al literal correspondiente del Anexo I de la Resolucion Ministerial N° 085-2007-PRODUCE, excluyendo a los senores MORDAZA NUNTON MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA PUICAN, del indicado anexo. Articulo 5°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento Control y

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