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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de noviembre de 2010 428859 las capacidades gerenciales necesarias en el ámbito nacional, regional y local; Que, para el presente año 2010, según el Plan de Trabajo Anual de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, ha programado realizar el SEMINARIO NACIONAL: “POLÍTICAS PÚBLICAS Y GESTIÓN PÚBLICA EN EL SECTOR EDUCACION”, en el Centro de Convenciones Huampaní, los días 24, 25, 26 y 27 de noviembre de 2010, por lo que resulta necesario su ofi cialización mediante Resolución del titular del Sector Educación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510; y, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OFICIALIZAR el SEMINARIO NACIONAL: “POLÍTICAS PÚBLICAS Y GESTIÓN PÚBLICA EN EL SECTOR EDUCACION”, dirigido a los Jefes de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica del Sector Educación, organizado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación, que se realizará los días 24, 25, 26 y 27 de noviembre de 2010, en la ciudad de Lima, en el Centro de Convenciones Huampaní. Artículo 2º.- Las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada, brindarán las facilidades para que los Jefes de las Oficinas de Asesoría Jurídica puedan concurrir al taller oficializado por el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese, JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 564857-1 Autorizan a Institutos y Escuelas de Educación Superior dependientes del Sector Educación a exonerar a alumnos egresados del Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú del concurso de admisión RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0331-2010-ED Lima, 8 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior, regula la creación y el funcionamiento de institutos y escuelas de educación superior, públicos o privados, conducidos por personas naturales o jurídicas, que forman parte de la etapa de educación superior del sistema educativo nacional, de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Educación; Que, el artículo 17º de la Ley citada establece que el proceso de admisión a los Institutos y escuelas se realiza por concurso de admisión u otra modalidad establecida por el sector al que se encuentran vinculados; Que, el Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú, creado por Resolución Suprema Nº 034-2009-ED, es una institución educativa pública que presta servicios educativos de excelencia en los grados de 3º, 4º y 5º del nivel secundario, a los alumnos que habiendo ocupado el 1º y 2º puesto en el grado anterior a su ingreso, del cuadro de méritos de su institución educativa de procedencia, ingresaron al referido Colegio Mayor mediante un proceso de admisión a nivel nacional, por estricto orden de méritos; Que, por consiguiente, el Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú constituye una institución educativa pública de carácter especial, toda vez que acoge y presta servicios educativos a los alumnos del nivel secundario más destacados del país, contando con una organización pedagógica e institucional diferenciada y un nivel de exigencia superior; Que, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 29394, el Ministerio de Educación considera necesario autorizar a los Institutos y escuelas de educación superior dependientes del Sector Educación, exonerar a los alumnos egresados del Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú, del concurso de admisión; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 29394 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, y sus normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a los Institutos y Escuelas de Educación Superior dependientes del Sector Educación, a exonerar a los alumnos egresados del Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú, del concurso de admisión. Artículo 2º.- La Dirección General de Educación Superior y Técnico-Profesional, establecerá las disposiciones complementarias para la aplicación de las normas aprobadas por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese, JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 564857-2 Otorgan Palmas Magisteriales en los Grados de Amauta, Educador y Maestro, a diversas personalidades RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0332-2010-ED Lima, 9 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, la condecoración de las Palmas Magisteriales constituye un reconocimiento y una distinción honorífi ca que el Estado otorga a todo profesional en educación o con título distinto que se encuentre con vida, y que ha contribuido en forma extraordinaria en el ejercicio de sus actividades pedagógicas, o con un aporte ejemplar a la educación, la ciencia, la cultura, y la tecnología del país; Que, la condecoración en el Grado de “AMAUTA” se confi ere a todo profesional en educación o con título distinto que en su labor educativa ostente una trayectoria académica y profesional de excepcional relieve, cuya obra plasmada en publicaciones, investigaciones, o sistematización de experiencias e innovaciones educativas haya contribuido notoriamente y con impacto evidente a la consecución de los fi nes generales de la educación, y que sea considerada un aporte signifi cativo a la educación, ciencia o cultura del país; Que, el artículo 21° del Reglamento de la Condecoración de Palmas Magisteriales, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2005-ED señala, entre otros, que la Condecoración de las Palmas Magisteriales será otorgada anualmente; Estando a lo acordado por el Consejo de la Orden; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 11192, el Decreto Ley N° 25762, modifi cado por la Ley N° 26510, el Decreto Supremo N° 007-2005-ED y el Decreto Supremo N° 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar las Palmas Magisteriales en el Grado de Amauta al señor ARCE RODRIGUEZ, Elías Melitón. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 564933-1