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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de noviembre de 2010 428874 y Decreto de Urgencia N° 039-2010, según el detalle establecido en el Resumen Ejecutivo N° 010-2010/DFPI/ PROINVERSIÓN. 2. Aprobar que los gastos que irrogue el cumplimiento del presente acuerdo sean asumidos con cargo al presupuesto del Pliego 055 – Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Jorge Merino Tafur Pasajes: US$ 4 365.26 Viáticos: US$: 1 040 TUUA: US$ 31.00 3. Lo establecido en los Numerales 1 y 2 precedentes no otorgará derechos a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. 4. Dentro de los quince (15) días siguientes de efectuado el viaje, se deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes que se aprueben mediante el presente acuerdo. 5. Gestionar la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. Transcribir el presente Acuerdo al Director de Asuntos Técnicos, al Director de Facilitación y Promoción de Inversiones, a la Ofi cina de Asesoría Jurídica y a la Ofi cina de Administración y Finanzas de PROINVERSIÓN.“ Lima, 8 de noviembre de 2010. GUSTAVO VILLEGAS DEL SOLAR Secretario de Actas PROINVERSIÓN 564811-1 Aprueban modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto Isla San Lorenzo ACUERDO PROINVERSIÓN N° 382-4-2010 Acuerdo adoptado en el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su Sesión N° 382 de fecha de 3 noviembre de 2010 “De acuerdo con lo solicitado por el Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Activos, Inmuebles y otros Proyectos del Estado – PRO VALOR mediante Memorandum N° 16-2010-CPV/PROINVERSIÓN, Acuerdo Comité Pro Valor 85-05-2010-Turismo, ambos de fecha 28 de octubre de 2010, Resumen Ejecutivo 054- 2010-JP/TUR/DAT, Informe Técnico N° 14-2010-JP-TUR- DAT/PROINVERSIÓN, ambos de fecha 25 de octubre de 2010, Informe N° 505-2010-OAJ-DPS de 26 de octubre de 2010, se acuerda: 1. Aprobar las modifi caciones efectuadas al Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto Isla San Lorenzo, a fi n que considere diversos tipos de inversión privada, concordantes con el marco legal vigente, que faciliten la implementación de mecanismos dinamizadores de alto impacto que incrementen la competitividad del país. Dicha inversión deberá encontrarse en armonía con las políticas nacionales de preservación y conservación del patrimonio arqueológico y natural y conexos, por su contribución al desarrollo sostenible del país. 2. Gestionar la publicación correspondiente en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 121-2009 concordado con el Decreto de Urgencia Nº 47-2008. Transcribir el presente Acuerdo al Comité de PROINVERSIÓN en Activos, Inmuebles y otros Proyectos del Estado – PRO VALOR, al Director de Asuntos Técnicos, a la Ofi cina de Asesoría Jurídica y al Jefe de Proyecto en Asuntos Inmobiliarios y Turísticos, dispensándolo de la aprobación y lectura del acta.” TABATA D. VIVANCO Secretaria de Actas PROINVERSIÓN 564810-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Aprueban adjudicación de predios ubicados en el Cercado de Lima en venta directa a favor de la Asociación Cámara Popular de Libreros Alameda de la Cultura Miguel Grau RESOLUCIÓN Nº 106-2010/SBN Lima, 3 de noviembre de 2010 Visto; el Expediente Nº 214-2009/SBNJAD, que contiene la solicitud de adjudicación en venta directa formulada por la Asociación Cámara Popular de Libreros Alameda de la Cultura Miguel Grau, respecto de los predios de propiedad del Estado de 1 160.91 m², 332.37 m² y 71.64 m², ubicados entre los Puentes Balta y Huánuco, en el Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN es un organismo público, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración están a su cargo y tiene como fi nalidad buscar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008- VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo N° 002- 2009-VIVIENDA, así como el Decreto Supremo N° 004- 2007-VIVIENDA; Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN es la titular del dominio de los siguientes predios, los cuales cuentan con zonifi cación municipal de Zona de Recreación Pública – ZRP: a) Predio con un área de 1 160.91 m², ubicado en la Cuarta Cuadra del Jirón Amazonas entre los Puentes Balta y Huánuco, en el Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 11945172, del Registro de Predios de Lima, y con Registro SINABIP Nº 16356 – Lima. b) Parcela 1, constituido por el predio de 332.37 m², ubicado a la altura de la Quinta Cuadra del Jirón Amazonas entre los Puentes Balta y Huánuco, en el Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 12363560, del Registro de Predios de Lima, y con Registro SINABIP Nº 17029 – Lima. c) Parcela 2, constituido por el predio de 71.64 m², ubicado a la altura de la Quinta Cuadra del Jirón Amazonas entre los Puentes Balta y Huánuco, en el Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 12363561, del Registro de Predios de Lima, y con Registro SINABIP Nº 17030 – Lima. Que, la asunción de la titularidad de dominio a favor de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, fue aprobada mediante Resolución Nº 010-2010/SBN- GO-JAR de fecha 22 de enero de 2010, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 002-2009-VIVIENDA,