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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (20/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de noviembre de 2010 429506 de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Honduras, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Helí Adelfo Peláez Castro. Artículo 2º.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3º.- La fecha en la que deberá asumir funciones, será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4º.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 569479-6 Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al Protocolo Complementario y Ampliatorio a los Convenios de Ilo suscritos entre Bolivia y Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 484-2010-RE Lima, 19 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Protocolo Complementario y Ampliatorio a los Convenios de Ilo suscritos entre Bolivia y Perú, fue suscrito el 19 de octubre de 2010, en la ciudad de Ilo, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Artículo 1º.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al Protocolo Complementario y Ampliatorio a los Convenios de Ilo suscritos entre Bolivia y Perú, suscrito el 19 de octubre de 2010, en la ciudad de Ilo, República del Perú. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 569482-1 Convocan a Concurso Público de Admisión a la Academia Diplomática del Perú para el Año Lectivo 2011 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0984/RE-2010 Lima, 18 de noviembre de 2010 VISTA: La necesidad de convocar a Concurso Público de Admisión de la Academia Diplomática del Perú para el Año Lectivo 2011; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 64° de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318, determina que la Academia Diplomática del Perú es el centro de formación profesional en relaciones internacionales, diplomacia y gestión pública externa, de los aspirantes y miembros del servicio diplomático; Que, conforme al artículo 65° de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318, en concordancia con el Reglamento Orgánico de la Academia Diplomática del Perú, aprobado por el Decreto Supremo N° 013- 1984-RE, la Academia Diplomática goza de autonomía académica y administrativa, y el Ministerio de Relaciones fi ja anualmente el número de vacantes para el ingreso al Ciclo de Formación Profesional de la Academia Diplomática; Que, según el artículo 67° de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318, para postular a la Academia Diplomática del Perú, se requiere haber obtenido el grado académico de Bachiller universitario. El Reglamento Orgánico de la Academia Diplomática del Perú fi ja los demás requisitos de ingreso; Que, la selección de los aspirantes al Servicio Diplomático de la República, es responsabilidad de la Academia Diplomática; Teniendo en cuenta las necesidades de personal previstas para el Servicio Diplomático de la República; y el Memorándum (ADP) N° ADP0235/2010, de la Academia Diplomática del Perú, de 05 de noviembre de 2010; De conformidad con el Decreto Supremo N° 16-89-RE, el Decreto Supremo N° 01-1994-RE, el Decreto Supremo 045-1997-RE, el Decreto Supremo N° 089-2004-RE, el Decreto Supremo N° 024-2005-RE; y la Ley N° 28598; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Convocar a Concurso Público de Admisión a la Academia Diplomática del Perú para el Año Lectivo 2011. Artículo 2°.- Fijar hasta un máximo de veinte (20) las plazas vacantes para el Primer Año del Ciclo de Formación Profesional de la Academia Diplomática del Perú. Artículo 3°.- El ingreso a la Academia Diplomática del Perú será por estricto orden de méritos y dentro del número de vacantes señaladas. Artículo 4°.- El Rector de la Academia Diplomática del Perú podrá contar con el apoyo y colaboración que sean necesarios, de la Fundación Academia Diplomática del Perú, para lograr una mejor organización del proceso de admisión correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 569199-1