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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (20/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de noviembre de 2010 429513 Partida Registral Nº P09031068 del registro de Predios de Chimbote e inventariado en el Registro SINABIP N° 2023 del Libro de Ancash, respecto del cual la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ejerce su representación, correspondiendo al predio materia de la solicitud del visto; Que, mediante escritos ingresados a la SBN con fecha 17 de noviembre y 28 de diciembre de 2009 y 02 de febrero de 2010, la señora Rosa Matilde Cortez Lector de Lozano, solicita la adjudicación en venta directa del predio descrito en el considerando precedente. Asimismo mediante escrito de fecha 16 de marzo de 2010, la señora Cortez Lector de Lozano solicita que la venta sea otorgada también a favor de su esposo Hugo Joel Lozano Costa; Que, mediante la Resolución Nº 044-2010/SBN- GO-JAD de fecha 15 de marzo de 2010, se declara la desafectación de dominio público del predio de 42,80 m2 correspondiente Lote 2 de la Manzana M, del Pueblo Tradicional Samanco, ubicado en el distrito de Samanco, provincia de Santa, departamento de Ancash a fi n de que se incorpore al dominio privado del Estado; Que, según el Informe N° 0369-2010/SBN-GO-JAD de fecha 24 de mayo de 2010, con la conformidad de la Jefatura de Adjudicaciones, se opina por la factibilidad de la adjudicación en venta directa del terreno anteriormente descrito a favor del señor Hugo Joel Lozano Costa y señora Rosa Matilde Cortez Lector de Lozano, toda vez que se ha determinado que los recurrentes se encuentran en posesión plena sobre la totalidad del predio solicitado con fi nes de vivienda desde antes del 12 de abril de 2006; razón por la cual la solicitud se enmarca en el supuesto establecido en el literal c) del artículo 77° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; Que, el artículo 13° de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, señala que la SBN, constituye un pliego presupuestal; Que, el artículo 75.2 del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008- VIVIENDA, establece que la solicitud de venta directa deberá ser presentada ante la entidad propietaria del bien o el Gobierno Regional, según corresponda y será aprobada por Resolución del Titular del Pliego sustentada en el respectivo Informe Técnico – Legal, previa opinión técnica de la SBN; Que, siendo el Estado propietario del predio de 42,80 m2 respecto del cual la SBN ejerce su representación, corresponde al Superintendente Nacional de Bienes Estatales, en su condición de Titular del Pliego, aprobar las adjudicaciones en venta directa; Que, mediante Carta ingresada a la SBN con fecha 21 de abril de 2010, la empresa Servicios Generales de Valorización y Consultoría SAC- SGV, remitió el informe de valuación comercial del terreno antes referido, cuyo valor asciende a la suma de US $ 1 714.00 (Mil setecientos catorce con 00/100 Dólares Americanos); Que, en mérito a lo dispuesto por el artículo 78° del Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y a lo señalado en la Directiva N° 001-2007/SBN “Procedimientos para la aprobación de la venta de predios del dominio privado del Estado de libre disponibilidad” aprobada por Resolución N° 018-2007/SBN de fecha 29 de marzo de 2007 y su modifi catoria, se publicó con fecha 10 de junio de 2010 en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Diario “Prensa Regional”, así como en la página Web de esta Superintendencia, el aviso que publicita el valor de tasación comercial del inmueble descrito, con la fi nalidad que cualquier interesado pueda por única vez y dentro del plazo de diez (10) días útiles, presentar una mejor oferta para la compra, sin embargo transcurrido dicho plazo no se recibió oferta alguna; Que, la señora Rosa Matilde Cortez Lector de Lozano mediante carta ingresada a la SBN con fecha 14 de mayo de 2010, ha manifestado su aceptación expresa respecto del valor de la tasación del terreno materia de venta; Que, mediante Informe Técnico Legal N° 0461-2010/ SBN-GO-JAD de fecha 25 de junio de 2010, la Jefatura de Adjudicaciones ha opinado favorablemente por la adjudicación en venta directa del citado terreno a favor de Hugo Joel Lozano Costa y señora Rosa Matilde Cortez Lector de Lozano, dado que su solicitud se enmarca en el supuesto contemplado en el literal c) del artículo 77° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29151 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007- 2008-VIVIENDA y su modifi catoria aprobada por Decreto Supremo N° 002-2009-VIVIENDA, así como por el Decreto Supremo N° 004-2007-VIVIENDA, el Decreto de Urgencia N° 071-2001 y la Resolución Nº 094-2010/SBN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la adjudicación en venta directa a favor de Hugo Joel Lozano Costa y señora Rosa Matilde Cortez Lector de Lozano, respecto del predio de 42,80 m², signado como Lote 2 de la Manzana M, del Pueblo Tradicional Samanco, ubicado en el distrito de Samanco, provincia de Santa, departamento de Ancash, inscrito en la Partida Registral Nº P09031068 del Registro de Predios de Chimbote e inventariado en el Registro SINABIP N° 2023 del Libro de Ancash. Artículo 2°.- El valor comercial del terreno cuya venta se aprueba asciende a la suma de US $ 1 714.00 (Mil setecientos catorce con 00/100 Dólares Americanos), conforme a la valorización efectuada por la la empresa Servicios Generales de Valorización y Consultoría SAC- SGV, precio que debe ser cancelado en un plazo de 30 días hábiles a partir de la fecha de publicación de la presente resolución. Artículo 3°.- Los ingresos que se obtengan de la venta del terreno constituirán recursos del Tesoro Público y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Artículo 4°.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales otorgará la Escritura Pública de transferencia a favor de la adjudicataria, una vez que cancele el precio de venta. Artículo 5°.- La Zona Registral N° VII - Sede Chimbote de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, inscribirá la transferencia de propiedad a que se refi ere el artículo 1° de la presente Resolución, por el mérito de la correspondiente Escritura Pública. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VILLANUEVA CARBAJAL Superintendente 568569-1 Aprueban adjudicación en venta directa de predio ubicado en el distrito de Los Órganos, provincia de Talara, departamento de Piura RESOLUCIÓN Nº 109-2010/SBN Lima, 17 de noviembre de 2010 Visto, el expediente Nº 011-2010/SBN-JAD, que contiene la solicitud de adjudicación en venta directa a favor del señor Luis Felipe Pinillos Casabonne, del predio de 883,64 m², ubicado en el sector de Vichayito Norte, a la altura del Km. 1211+607 de la antigua carretera Panamericana Norte, frente a la Playa Vichayito Norte, distrito de Los Órganos, Provincia de Talara, departamento de Piura; y la sustentación de la desafectación de la zona de dominio restringido de dicho predio; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN es un organismo público, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales,