Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2010 (25/11/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

429794

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de noviembre de 2010

en su Informe N° 53-2010-PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP, la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica, remite el calculo del PMCE y LMCE MORDAZA Norte-Centro y MORDAZA Sur de la incorporacion definitiva del PMCE de la embarcacion pesquera "MARITIMA 1" de matricula CE-6618-CM a la embarcacion pesquera "SAN MORDAZA 2" de matricula CE-3043-PM, correspondiente a la primera temporada de pesca del recurso anchoveta del 2010; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Tecnico Nº 6112010-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, El Decreto Legislativo N° 1084 y su Reglamento, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE y sus modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar a favor de PESQUERA MORDAZA S.A., la Asociacion o Incorporacion Definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) de la embarcacion pesquera "MARITIMA 1" de matricula CE-6618-CM a la embarcacion pesquera "SAN MORDAZA 2" de matricula CE-3043-PM. Articulo 2º.- La vigencia de la asociacion o incorporacion definitiva del PMCE referido al articulo 1º de la presente Resolucion, esta condicionada a que la empresa PESQUERA MORDAZA S.A. acredite hasta MORDAZA del 04 de junio del 2011, que la embarcacion pesquera "MARITIMA 1" de matricula N° CE-6618-CM se encuentre en uno de los supuestos del numeral 2) del articulo 7° de la Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion y en el numeral 1) del articulo 16° de su Reglamento. Articulo 3º.- En virtud a la asociacion o incorporacion definitiva del porcentaje MORDAZA de captura por embarcacion - PMCE, referido en el articulo 1º de la presente Resolucion, la embarcacion pesquera asociada con permiso de pesca vigente contara con un MORDAZA Porcentaje MORDAZA de Captura - PMCE, correspondiente a la MORDAZA Norte Centro y a la MORDAZA Sur, conforme se muestra en el cuadro siguiente:
Capacidad de Bodega (m3) 278.00 MORDAZA PMCE MORDAZA Norte Centro 0,19755% MORDAZA PMCE MORDAZA Sur 0,341974%

Articulo 7°.- Suspender durante la vigencia de la Medida de Ordenamiento Pesquero, el permiso de pesca de la embarcacion pesquera MARITIMA 1 de matricula CE-6618-CM, como consecuencia de la incorporacion definitiva aprobada en el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 8°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA UGARTE SERVAT Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 570456-4

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de Pesquera Hayduk S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 671-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 22 de octubre del 2010 Visto el escrito adjunto 10 con Registro Nº 00025553 de fecha 09 de agosto de 2010, presentado por la empresa PESQUERA HAYDUK S.A. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 341-98-PE/ DNE, de fecha 23 de noviembre de 1998, se autorizo a favor de PESQUERA MORDAZA MORDAZA E.I.R.L., el cambio de titular del permiso de pesca otorgado con Resolucion Ministerial Nº 371-94-PE, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional MORDAZA de matricula Nº CE-4025-PM; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 452-2010PRODUCE/DGEPP de fecha 12 de MORDAZA del 2010, se declaro improcedente el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula Nº CE-4025-PM, solicitado por la empresa PESQUERA HAYDUK S.A., por cuanto la Oficina de Ejecucion Coactiva informo que respecto a dicha embarcacion existen deudas cuya ejecucion se esta tramitando en dicha Dependencia; Que, a traves del escrito del visto, la empresa PESQUERA HAYDUK S.A. interpone recurso de reconsideracion contra la citada Resolucion Directoral, indicando que la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula Nº CE-4025-PM fue adquirida mediante Remate Judicial, por lo que se asume que la referida embarcacion queda libre de cargas y gravamenes, incluida aquellas ordenadas por la Oficina de Ejecucion Coactiva del Ministerio de la Produccion contra la anterior propietaria, a nombre de quien figuran las mencionadas deudas; Que, los articulos 207, 208 y 211 de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, establecen que el recurso de reconsideracion se interpone ante el mismo organo que dicto el primer acto que es materia de impugnacion y debe sustentarse en nueva prueba. El plazo para interponer este recurso es de quince (15) dias perentorios, y debe ser autorizado por letrado; Que, el recurso de reconsideracion interpuesto por la empresa PESQUERA HAYDUK S.A ha sido interpuesto dentro del plazo establecido, ha sido autorizado por letrado y adjunta como nueva prueba el Acta Judicial de Primera Convocatoria a Remate Judicial, por el cual se declaro como unico y exclusivo adjudicatario, segun lo ordenado por el MORDAZA Juzgado Civil del MORDAZA, con fecha 26 de octubre del 2007, en el expediente Nº 1822-2003;

Embarcacion SAN MORDAZA 2

Matricula CE-3043-PM

Articulo 4°.- Incorporar al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion - PMCE, correspondiente a la MORDAZA Norte Centro del litoral, aprobado por Resolucion Directoral N° 843-2008PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion pesquera "SAN MORDAZA 2" de matricula CE-3043-PM, cuyo PMCE se consigna en el articulo 3° de la presente Resolucion. Articulo 5°.- Incorporar al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion - PMCE, correspondiente a la MORDAZA Sur del litoral, aprobado por Resolucion Directoral N° 376-2009-PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion pesquera "SAN MORDAZA 2" de matricula CE-3043-PM, cuyo PMCE se consigna en el articulo 3° de la presente Resolucion. Articulo 6°.- La incorporacion de la embarcacion pesquera a los Listados aprobados por Resolucion Directoral N° 843-2008-PRODUCE/DGEPP y Resolucion Directoral N° 376-2009-PRODUCE/DGEPP, referidas en los articulos 1°, 2°, 3º, 4° y 5° de la presente Resolucion, no modifica los PMCE asignados a las embarcaciones pesqueras en las citadas Resoluciones.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.