Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2010 (03/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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Articulo Tercero.- Dispensar el plazo de la publicacion de Edictos Matrimoniales a los contrayentes, que participen en el II Matrimonio Civil Comunitario 2010 en concordancia a lo dispuesto en el articulo 252 del Codigo Civil. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General a traves de la Sub Gerencia de Registro Civil, el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 538368-1

y regulan el servicio publico de transporte MORDAZA e interurbano de personas en su jurisdiccion; Que, resulta necesario establecer las rutas de acceso y salida que obligatoriamente deberan utilizar los vehiculos del servicio publico de transporte que operan en el Terminal Terrestre concesionado por la Municipalidad Provincial de Huamanga; Que, en uso de las facultades conferidas en el articulo 20°, numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y la Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444, el Concejo Municipal de Huamanga en Sesion Ordinaria por Mayoria de Votos de los Regidores, con el unico MORDAZA en contra del Regidor MORDAZA Huancahuari MORDAZA, aprueba la siguiente ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LAS VIAS DE ACCESO Y SALIDA AL TERMINAL TERRESTRE INTERDEPARTAMENTAL CONCESIONADO POR LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA Articulo Primero.- APROBAR las Vias de Acceso y Salida al Terminal Terrestre Interdepartamental de MORDAZA Concesionado por la Municipalidad Provincial de Huamanga, de acuerdo al siguiente detalle: 1. Los que se desplacen de la MORDAZA de MORDAZA lo realicen por la Via Los Libertadores todo el Jr. MORDAZA MORDAZA de Cuellar; y de retorno MORDAZA MORDAZA de MORDAZA ­ Via los Libertadores. 2. Los que se desplacen de la MORDAZA de Ica lo realicen por la Via Los Libertadores todo el Jr. MORDAZA MORDAZA de Cuellar; y de retorno Jr. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA ­ Via Los Libertadores. 3. Los que se desplacen de la MORDAZA de Huancayo lo realicen por la Via Totorilla (Carretera Huanta) ­ Via Evitamiento; y de retorno Via Totorilla (Carretera Huanta). 4. Los que se desplacen de la MORDAZA de MORDAZA, Andahuaylas lo realicen por la Av. Cuzco - Av. Ejercito ­ Via Evitamiento ­ Totorilla (Carretera a Huanta) - Via Evitamiento; y de retorno ­ Via Evitamiento - Via Totorilla (Carretera Huanta) ­ Via Evitamiento ­ Av. Ejercito ­ Av. Cuzco. Articulo Segundo.- ENTIENDASE por obligados al uso de las rutas de acceso y de salida aprobadas por la presente ordenanza a toda persona natural o juridica que preste el servicio de transporte de pasajeros, equipajes, encomiendas y carga, tanto para el inicio, escalas y/o termino de las rutas que no corresponden al ambito MORDAZA, que operen en el Terminal Terrestre Concesionado por la Municipalidad Provincial de Huamanga. Articulo Tercero.- DISPONER quienes infrinjan lo dispuesto en la presente ordenanza seran pasibles de una multa equivalente a 1 UIT (Unidad Impositiva Tributaria) vigente al momento de la infraccion, sin perjuicio de la medida correctiva de internamiento al Deposito Oficial de la Municipalidad, hasta la cancelacion de la multa. Articulo Cuarto.- DELEGUESE al Despacho de Alcaldia la emision de las disposiciones complementarias para la mejor ejecucion de lo dispuesto en la presente ordenanza. Articulo Quinto.- AUTORIZAR a la Oficina de Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza, en el diario El Peruano asi como en el MORDAZA electronico de la Municipalidad Provincial de Huamanga (www.munihuamanga.gob.pe) y remitir a la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros para la publicacion en el MORDAZA del Servicio al Ciudadano para su difusion, bajo responsabilidad. Articulo Sexto.- NOTIFICAR la presente Ordenanza Municipal a la Policia Nacional del Peru, Fiscalia de Prevision de Delito y a los Organos Estructurados de la Municipalidad Provincial de Huamanga con las formalidades establecidas por Ley para sus fines consiguientes. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA S. MARTINELLI CHUCHON MORDAZA 537498-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA
Aprueban vias de acceso y salida al terminal terrestre interdepartamental concesionado por la Municipalidad Provincial de Huamanga
ORDENANZA MUNICIPAL N° 030-2010-MPH/A MORDAZA, 18 de agosto de 2010 EL SENOR MORDAZA DE LA HONORABLE MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 125-2010-MPH/CM de fecha 12 de agosto del 2010; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto por el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, concordante con el articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional; Que, de conformidad a la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, mediante el cual modifica el capitulo XIV del Titulo IV de la Constitucion Politica del Estado establece en el articulo 194º, que las Municipalidades Provinciales son organos de gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y les otorga potestad tributaria; correspondiendo al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del articulo 200º de nuestra Carta Magna; Que, el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por el Decreto Supremo Nº 0172009-MTC, establece que la Municipalidad Provincial es competente para senalar las vias de ingreso y salida que obligatoriamente deberan utilizar los vehiculos del servicio, para acceder a los terminales terrestres autorizados; Que, el inciso 4) del articulo 192º de la Constitucion Politica del Estado establece que las municipalidades son competentes para Organizar, Reglamentar y Administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad en concordancia con el articulo 11º del Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, el cual senala que las municipalidades provinciales, en materia de transporte terrestre, cuentan con las competencias previstas en el presente reglamento, se encuentran facultadas ademas para dictar normar complementarias aplicables a su jurisdiccion, sujetandose a los criterios previstos en la ley, al reglamento de administracion de transporte y demas reglamentos nacionales; Que, en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico de acuerdo a los numerales 1.2 y 1.7 del articulo 81º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establecen que las Municipalidades Provinciales MORDAZA

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