Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2010 (03/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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gestionar recursos economicos, para financiar cargos de personal asistencial, profesionales y tecnicos, con especialidad, necesarios para el funcionamiento de los equipos y sistemas electronicos y electromecanicos que se dispondra en dicho hospital. De otro lado manifesto que se debe tener presente que el financiamiento de las 320 plazas asistenciales y administrativas descritas en los documentos de gestion MORDAZA indicados, se viene gestionando ante el Ministerio de Economia y Finanzas, con Oficio N° 1087-2009-GR.CAJ/-GRPPAT-SGPT, para el ano fiscal 2011, en la Generica 2.1 Personal y Obligaciones Sociales, el monto de S/. 10' 929,635.00; - Que, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial ha elaborado el respectivo Informe Tecnico Sustentatorio Nº 25-2010-GR.CAJGRPPAT/SGDI, requisito para la aprobacion del ROF, de acuerdo a lo establecido en el articulo 14° del Decreto Supremo N° 043-2004-PCM; contandose ademas con la opinion legal favorable de la Direccion Regional de Asesoria Juridica, emitido con el Oficio Nº 301-2010-GRCAJ/DRAJ; - Que, mediante Dictamen N° 004-2010-GR.CAJCR/COP-COAJ-CODESO, de fecha 02 de agosto del ano 2010, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Planeamiento, Asuntos Juridicos y Desarrollo Social, se emite opinion favorable para la aprobacion del Cuadro de Asignacion de Personal - CAP del Hospital Regional MORDAZA, por las argumentos expuestos en el mismo y en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 06 de agosto del ano 2010; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-CR, con el MORDAZA unanime el Pleno aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- APROBAR el Cuadro de Asignacion de Personal - CAP del Hospital Regional MORDAZA el mismo que en treinta y seis (36) folios, debidamente visados forma parte de la presente ordenanza regional. Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, brinde el apoyo y asistencia tecnica necesarios para la implementacion de las acciones a que diere lugar, tal y como se establece en el Oficio Nº 1112-2010GR.CAJ-GRPPAT-SGP. Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Cuarto.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA la publicacion del CAP en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional MORDAZA (www.regioncajamarca.gob.pe) dentro de los 3 dias calendario siguientes a la fecha de publicacion en el Diario Oficial El Peruano, y en el MORDAZA del Estado Peruano; bajo responsabilidad de los funcionarios designados conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Quinto.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional MORDAZA, a los seis dias del mes de agosto del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA SALIRROSAS Presidente Regional 537509-4

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Disponen como requisito obligatorio para el ejercicio profesional en el ambito de la Region MORDAZA la colegiacion obligatoria de todo profesional, ademas de contar con el Certificado de Habilidad Profesional
ORDENANZA REGIONAL Nº 076-2010-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en sesion Ordinaria de fecha dieciseis de Agosto del ano Dos mil Diez, ha exonerado del tramite de Comision el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a exigir como requisito para el ejercicio profesional la Colegiacion obligatoria de profesionales en sus respectivos Colegios profesionales y contar con el Certificado de habilidad respectivo; el mismo que previo al Debate ha sido aprobado por unanimidad; por tanto: CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, establece: "Los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia...". Que, la gestion regional es parte de la gestion publica del Estado, por lo que es necesario que los Gobiernos Regionales organicen su gestion en torno a los planes y proyectos de desarrollo regional concertados, al cumplimiento de objetivos y metas explicitos y de publico conocimiento; asimismo, dicha gestion regional debe regirse en base a criterios de eficiencia, desarrollando las estrategias necesarias para la consecucion de los objetivos trazados; conforme lo dispone y establece el Articulo 8º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867, numerales 5) y 6). Que, el Congreso de la Republica ha expedido leyes mediante las cuales se han creado los Colegios Profesionales del MORDAZA, como los Colegios profesionales de Abogados ­ Ley Nº 1367; Contadores Publicos ­ Ley Nº 13253, Ingenieros ­ Ley Nº 14086, Medicos ­ Ley Nº 24291, Arquitectos ­ Ley Nº 14085, entre muchos otros; estableciendo imperativamente sino en todos, que para poder ejercer su respectiva profesion, deben estar obligatoriamente inscrito en su respectivo Colegio profesional. Que, igualmente los Estatutos de los Colegios profesionales MORDAZA referidos sino son todos, establecen taxativa y obligatoriamente, que todo profesional colegiado debe estar habilitado por su respectivo Colegio profesional, para poder ejercer su profesion en la administracion publica o en la actividad privada. Que, el Consejo Regional de Colegios Profesionales del MORDAZA - COREPRO, como ente representativo de todas las profesiones organizadas en Colegios profesionales de esta Region, al MORDAZA de lo establecido en el Articulo 107º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 79º inciso d) del Reglamento Interno de Organizacion y Funciones del Consejo Regional, ha formulado la presente proposicion legislativa con solicitud de exoneracion de tramite de Comision, en busca del cumplimiento de los deberes y obligaciones MORDAZA eticos que tienen los profesionales en una materia; y Proteccion de aquellas practicas profesionales que sin reunir los requisitos para el ejercicio profesional son realizadas por personas inescrupulosas, cometiendose incluso ilicitos penales como la usurpacion de titulos y honores; ejercicio Ilegal de la profesion, etc; siendo por tanto necesario, garantizar por parte de este Organo de gobierno los servicios profesionales a la sociedad Regional. Por lo que; el Consejo Regional de MORDAZA, en uso de la facultad conferida por el articulo 191° de la Constitucion

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